BOLETÍN Nº 16 - 23 de enero de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
DE LAS VILLAS DE ARGUEDAS, VALTIERRA,
VILLAFRANCA, MILAGRO Y CADREITA

Creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal

Acuerdo para la creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal en la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de Arguedas, Cadreita, Milagro, Valtierra y Villafranca.

La Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de Arguedas, Cadreita, Milagro, Valtierra y Villafranca ha implantado un sistema de gestión de Quejas, Sugerencias y Reconocimientos que implica la recogida de datos personales. A tal efecto la Mancomunidad ha elaborado unos formularios a través de los cuales los interesados pueden realizar sus quejas, sugerencias o reconocimientos, llevándose a cabo tratamientos en soporte papel de los datos recogidos para posibilitar la tramitación de las mismas.

Los datos recogidos con estos fines constituyen un fichero que es necesario crear por disposición general.

Por otra parte, la Mancomunidad recaba datos e informaciones de carácter personal para la gestión de convocatorias de selección de personal sin que hasta el momento se haya creado ningún fichero con estos fines. Debería, por tanto, modificarse el fichero PERSONAL para incluir los fines indicados y cesiones previstas.

Así mismo como consecuencia de la modificación de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor “Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales”. Por tanto la Mancomunidad debe solicitar este certificado a todas aquellas personas que contrate y vayan a trabajar de forma habitual con menores. Será necesario incluir estos fines y datos nuevos en el fichero PERSONAL.

El artículo 20 LOPD establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

Las disposiciones de creación o de modificación de ficheros deberán indicar:

–La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

–Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.

–El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

–La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo.

–Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros.

–Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

–Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

–Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En las disposiciones que se dicten para la supresión de los ficheros se establecerá el destino de los mismos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción.

Primero.–Creación del siguiente fichero cuya descripción y características se describen a continuación:

Quejas, sugerencias y reconocimientos.

Finalidad del fichero: gestión de las quejas, sugerencias y reconocimientos que se hagan a los servicios de la Mancomunidad y mantenimiento de un registro.

Origen de los datos y procedimiento de recogida: de los propios interesados o representantes legales a través de formularios.

Personas o colectivos afectados: personas que realizan una queja, sugerencia o reconocimiento dirigida la Mancomunidad de Servicios Sociales.

Nivel de seguridad asignado al fichero: Básico.

Estructura básica del fichero:

Datos identificativos:

a) Nombre y apellidos.

b) Teléfono.

c) DNI.

d) Correo electrónico.

e) Dirección postal.

f) Firma.

Sistema de tratamiento: soporte papel.

Comunicaciones de datos: no están previstas.

Órgano responsable: Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de Arguedas, Cadreita, Milagro, Valtierra y Villafranca.

Servicio ante el que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: mancomunidad de servicios sociales de base de Arguedas, Cadreita, Milagro, Valtierra y Villafranca.

Nivel de seguridad: básico.

Segundo.–Modificación del fichero PERSONAL en los apartados estructura del fichero, finalidades y usos previstos, cesiones de datos y nivel de seguridad asignado al fichero, que quedarán como sigue:

Personal

Estructura básica del fichero:

Datos identificativos:

Nombre y apellidos, DNI/NIF, Dirección, Teléfono, N.º de la seguridad Social, firma.

Datos de características personales.

Datos de salud.

Datos de detalle del empleo.

Datos de circunstancias sociales.

Datos de información comercial.

Datos académicos y profesionales.

Datos económicos, financieros y de seguros.

Datos de infracciones administrativas y penales.

Finalidad del fichero: Gestión de personal: nóminas, seguros sociales, prevención de riesgos laborales, contratos. Gestión de la contratación de personal, convocatorias de empleo. Control del cumplimiento del artículo 13. 5.º de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor tanto por parte de personal propio como externo.

Cesiones de datos: Organismos de la Seguridad Social, Dep. de Hacienda del Gobierno de Navarra, entidades aseguradoras, Bancos y Cajas de Ahorro para pago de nóminas, Servicio de Prevención externo. Web de la Mancomunidad y de las entidades que la conforman. Jueces y Tribunales.

Nivel de seguridad: Medio.

Tercero.–Publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, disponiendo la inscripción del fichero creado y la modificación del fichero personal en el Registro correspondiente de la Agencia Española de Protección de Datos.

Cadreita, 28 de diciembre 2017.–La Presidenta, Asunción Aguirre Navarro.

Código del anuncio: L1715219