BOLETÍN Nº 154 - 10 de agosto de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

VIDÁNGOZ

Aprobación inicial ponencia de valoración

En la sesión que el Pleno del Ayuntamiento celebró el día veintitrés de julio de dos mil quince se adoptó el acuerdo cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Teniendo en cuenta que el Plan Municipal de Vidángoz se elaboró en 1999, es preciso se proceda a la revisión de la Ponencia de Valoración de la Riqueza Urbana de este municipio.

Visto que la segunda revisión de la Ponencia de Valoración de la Riqueza Urbana de Vidángoz, fue aprobada definitivamente por acuerdo de la Comisión Mixta encargada de la misma, por acuerdo de 10 de octubre de 2001, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 156, de 26 de diciembre de 2001.

Vista la propuesta de Ponencia de Valoración efectuada por Trabajos Catastrales S.A. (en adelante Tracasa).

La Corporación acuerda por unanimidad:

1.º Proceder a la Revisión de la Ponencia de Valoración de este municipio, lo cual ha sido adjudicado a Tracasa por un importe de 2.665,94 euros IVA incluido.

2.º Aprobar la propuesta de Ponencia de Valoración de la Riqueza Urbana de este municipio elaborada por Tracasa.

3.º Designar como representantes de este Ayuntamiento en la Comisión Mixta a don Alberto Mainz Urzainqui, don David Lalana Salvoch y doña Silvia Erlanz Roda.

4.º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra en aplicación de lo dispuesto en el artículo 36.4 de la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra, al objeto de someter el proyecto de ponencia de valoración de Vidángoz a información pública durante el plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, plazo durante el cual el expediente se encontrará a disposición de los interesados en las oficinas municipales, a fin de que puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra dicho acuerdo podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra o, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses contados a partir desde el día siguiente a esta notificación o, previamente y con carácter potestativo, algunos de los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

Mientras que las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala de la Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Vidángoz, 23 de julio de 2015.–El Alcalde-Presidente, Alberto Mainz Urazinqui.

Código del anuncio: L1511079