BOLETÍN Nº 154 - 10 de agosto de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ANDOSILLA

Resolución de alcaldía 116/2015
Nombramiento de segundo Teniente
de Alcalde y delegación de atribuciones

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Andosilla, el día veinticuatro de junio de dos mil quince, dictó la Resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Resolución 116/2015, de 24 de junio, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Andosilla, en virtud de la cual se designa Segundo Teniente de Alcalde de esta Entidad y se efectúa, en favor del mismo, delegación genérica de atribuciones correspondientes al Área de Deporte.

Don José Manuel Terés Azcona, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Andosilla.

Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20.1.a) y 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los Tenientes de Alcalde serán nombrados libremente por el Alcalde de entre los miembros de la Comisión de Gobierno y, donde ésta no exista, de entre los Concejales.

Atendido artículo 47.1 del Real Decreto 2658/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que establece que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibiliten a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.

Vistos artículos 43, 44, 114 y concordantes del mismo texto legal, en virtud de los cuales el Alcalde, en aquellos Ayuntamientos donde no exista Comisión de Gobierno, puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los Tenientes de Alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda efectuar en favor de cualquier concejal.

Teniendo en cuenta que razones de eficacia hacen conveniente la delegación, a favor del Segundo Teniente Alcalde, de atribuciones correspondientes al Área de Deporte, a los efectos de posibilitar mayor eficacia en la prestación de los servicios, teniendo en cuenta que según el artículo 46.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en los Ayuntamientos que no tengan Comisión de Gobierno podrán ser objeto de una sola Resolución de Alcaldía el nombramiento como Teniente de Alcalde y la delegación de atribuciones a que se refiere el artículo 43 aludido, en ejercicio de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 21.2 y 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

HE RESUELTO:

Primero.–Designar, ex artículo 23.3 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, como Segundo Teniente de Alcalde del Ayuntamiento Andosilla a doña María Dolores Marin Monasterio.

Segundo.–El Segundo Teniente de Alcalde designado ejercerá, por orden de nombramiento, junto con los designados mediante Resolución de Alcaldía número 115 de 23 de junio y 118 de 24 de junio, las funciones del Alcalde en los supuestos contemplados en el artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Tercero.–Delegar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 43.3 citado, de forma genérica, en el Segundo Teniente de Alcalde, doña María Dolores Marin Monasterio, las competencias atribuidas a la Alcaldía en matera de Deporte, comprendiendo las facultades de dirección y gestión del área correspondiente, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, exceptuándose de la presente delegación aquellas atribuciones no susceptibles de delegación de conformidad con la normativa vigente.

Cuarto.–Indicar al Concejal Delegado que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, esta Alcaldía recibirá información de la gestión de las atribuciones objeto de delegación, y de los actos y disposiciones emanados en virtud de la misma.

Quinto.–La designación como Teniente de Alcalde y la delegación de atribuciones efectuada requieren, para su eficacia, la aceptación por parte de la Concejal interesada, entendiéndose aceptadas si en el término de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la correspondiente notificación, no efectúa manifestación expresa en contrario.

Sexto.–Proceder, en cumplimiento de los artículos 44 y 46.1 in fine del citado Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la firma del presente Decreto.

Séptimo.–Dar traslado de la presente Resolución al interesado, y dar cuenta de la misma al Pleno en la próxima Sesión que dicho órgano colegiado celebre.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida por el artículo 21.1.r) del mismo texto legal.

Andosilla, 24 de junio de 2015.–El Alcalde-Presidente, José Manuel Terés Azcona.

Código del anuncio: L1511068