BOLETÍN Nº 120 - 23 de junio de 2015

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

PAMPLONA

Convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de auxiliar administrativo

El Director de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 12 de junio de 2015 aprobó la convocatoria conforme a las siguientes

BASES

1.–Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Auxiliar Administrativo, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Pamplona.

Esta relación de aspirantes a la contratación temporal tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados fijos, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Asimismo quedará, en todo caso, supeditada a la inexistencia, en la última convocatoria pública celebrada o a celebrarse, de personal que, habiendo superado pruebas selectivas para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos para el puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo, no hubiera obtenido plaza, dado que los aprobados sin plaza de la última convocatoria pública resuelta gozarán de un derecho preferente para la provisión temporal de puestos de trabajo.

2.–Requisitos de los participantes.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado en E.S.O., Formación Profesional de Grado Medio o equivalente, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

2.2. Los aspirantes que resulten seleccionados para formar parte de la relación de aspirantes a la contratación temporal como Auxiliares Administrativos a que se refiere la presente convocatoria, podrán optar a la contratación de aquellas plazas para las que el conocimiento de vascuence constituya requisito específico, siempre y cuando, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, estén en posesión del título de aptitud en euskera (EGA) expedido por el Gobierno de Navarra o titulación equivalente oficialmente reconocida, y en concreto los títulos reconocidos como equivalentes del nivel C1 del Marco Común Europeo de referencia para las Lenguas.

3.–Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I, que será facilitado en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, calle Mayor 2, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.pamplona.es, y desde el Boletín Oficial que publica la convocatoria.

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación los aspirantes deberán aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite la identidad del aspirante, así como de la titulación y restantes requisitos exigidos en la base segunda.

3.2. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido, expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

4.–Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

5.–Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pamplona aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona, trasera de la Casa Consitorial, así como en la web del mismo www.pamplona.es en la sección de Empleo Público.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

6.–Listas definitivas.

Terminado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Pamplona aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el tablón de anuncios y en la web del Ayuntamiento, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria.

7.–Tribunal calificador.

7.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Julio Sucunza Azcona, Director del Área de Recursos Humanos.

Vocal: Doña Paula Unanua Albéniz, letrada de Recursos Humanos.

Vocal: Doña María Izkue Apesteguía, oficial administrativa de Recursos Humanos.

Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

Vocal-Secretario: Don Juan Sáez Leclercq, Secretario Técnico de Recursos Humanos.

7.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Área de Recursos Humanos, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

7.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario.

7.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

7.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a éstas.

8.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.

8.1. Consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas con varias opciones de respuesta, de las que sólo una de ellas será válida, sobre aptitudes verbales, numéricas, ortográficas y sobre la materia contenida en el temario que figura en el Anexo II de la convocatoria. Penalizarán las respuestas erróneas

La duración máxima de la prueba será fijada por el Tribunal antes del comienzo de la misma.

8.2. La prueba selectiva se calificará con un máximo de 50 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, 25 puntos, esto es, la mitad de la puntuación máxima asignada a la prueba.

8.3. La convocatoria para las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparezcan quedarán eliminados.

8.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

9.–Relación de aprobados y llamamiento.

9.1. Terminada la calificación de la prueba, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en la web del Ayuntamiento de Pamplona, la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida y la remitirá al Director del Área de Recursos Humanos para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de aquellos aspirantes que cuenten con un mayor número de aciertos obtenidos en la prueba, si persistieran se tomará en consideración el menor número de errores y, si siguieran produciéndose, se dirimirá a favor del aspirante de mayor edad.

9.2. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Pamplona, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

9.3. Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley Foral 13/2015, de 10 de abril, de modificación del texto refundido del Estatuto del Personal al servicio de las administraciones públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en lo relativo al acceso al empleo público de las personas con discapacidad.

9.4. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

10.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Pamplona, 12 de junio de 2015.–El Director de Recursos Humanos, Julio Sucunza Azcona.

ANEXO I

Don/Doña

DNI/ carta de identidad

Fecha nacimiento

Natural de

Nacionalidad

Domicilio actual (calle, número, piso)

Código postal / población

Teléfono móvil

Teléfono fijo

EXPONE:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusvalía, expedida por organismo competente.

SOLICITA:

Ser admitido/a a la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Auxiliar Administrativo, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ..........., de fecha .......

Pamplona, ............................ de ................................. de 20.......

(Firma)

Protección de datos: En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados van a ser incorporados al fichero “Empleados municipales” titularidad del Ayuntamiento de Pamplona, con la finalidad de gestionar la convocatoria. Asimismo, le informamos que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (calle Mayor 2, 31001 Pamplona) o la Sede Electrónica en www.pamplona.es.

ANEXO II

1.–Conocimientos generales de informática: Word y Excel 2003.

2.–La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Principios generales. Los Organos Colegiados: régimen, composición y funciones. Los interesados. Normas generales que rigen la actividad de la Administración Pública.

3.–Los actos y disposiciones administrativas. Términos y plazos en el procedimiento administrativo. Iniciación del Procedimiento. Ordenación e Instrucción: Alegaciones, informes y prueba. Participación del interesado.

4.–Finalización del procedimiento administrativo. El silencio administrativo. Recursos administrativos: recurso de alzada, potestativo de reposición y de revisión.

5.–Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Titulo X: Régimen de organización de los municipios de gran población

6.–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: Funcionamiento de los Ayuntamientos. Particularidades del régimen de organización aplicable al Municipio de Pamplona

7.–La Administración Local de Navarra: Organización, administración y régimen de funcionamiento. Actividades y sistemas de gestión. Control y fiscalización de las Haciendas Locales.

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