BOLETÍN Nº 102 - 30 de mayo de 2013

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ARAS

Retribuciones de cargos corporativos

El Pleno del Ayuntamiento de Aras, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de abril, de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:

Por la Presidencia se informa sobre el acuerdo adoptado en sesión, de fecha 29 de diciembre de 2008, por el que se modificaba el régimen de retribuciones a los cargos corporativos y se aprobaban retribuciones a los corporativos por asistencia a sesiones plenarias.

Considerando la asignación máxima establecida por Resolución 129/2013 de 18 de marzo, del Director General de Administración Local, por la que se aprueba la concesión y abono del importe a percibir por abono a cargos electos correspondiente al año 2013.

Vistos los artículos 56 y 57 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 13 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, referidos todos ellos a la dedicación y retribuciones de los miembros de las Corporaciones Locales.

Considerando lo establecido en el artículo 15 de la Ley Foral 20/2012, de 26 de diciembre, por la que se establecen la cuantía y la fórmula de reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los Tributos de Navarra por Transferencias Corrientes para los ejercicios presupuestarios de 2013 y 2014.

Debatida la propuesta que sobre retribuciones, asistencias e indemnizaciones a los miembros de la Corporación presenta el señor Alcalde, el Pleno por unanimidad de los asistentes,

ACUERDA:

Segundo.–Mantener el régimen de indemnizaciones y asistencias de corporativos, aprobando las siguientes retribuciones a corporativos por asistencia a sesiones plenarias: 264 euros por sesión con un máximo de 1.059,60 euros anuales.

Tercero.–Abonar al señor Alcalde la cantidad de 5.298 euros anuales en concepto de indemnización por los gastos ocasionados en el ejercicio de su cargo.

Cuarto.–Determinar que los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por gasto efectivo ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente justificados, en los términos y cuantías que se establezcan cada año en materia retributiva para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Quinto.–Las cuantías señaladas en los números anteriores serán objeto de actualización anual conforme a lo establecido en el artículo 15 de la Ley Foral 20/2012, de 26 de diciembre, por la que se establecen la cuantía y la fórmula de reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los Tributos de Navarra por Transferencias Corrientes para los ejercicios presupuestarios de 2013 y 2014.

Sexto.–Disponer la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos de la entidad.

Aras, 6 de mayo de 2013.–El Alcalde, Francisco Javier Murguiondo Marquínez.

Código del anuncio: L1306586