BOLETÍN Nº 139 - 15 de noviembre de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Subasta pública. Ejecución número 28/2010-A

Mónica Pérez Orozco, Secretaria Judicial.

Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de Ejecución hipotecaria bajo el número 28/2010-A, en los que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la sala de audiencias de este órgano, el día 3 de febrero de 2011 a las doce quince horas, sirviendo la publicación del presente edicto como notificación a los demandados Joseph Okojie y Amezemercy Alyagbonrhuele, que se hallan en ignorado paradero y a Clifford Efionayi para el caso de que no pueda llevarse a cabo la notificación en el domicilio indicado en el título ejecutivo, con los requisitos siguientes:

1. Requisitos para pujar: Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones 3161 0000 06 0028 10 por importe del 30 por 100 del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, no siendo necesario, en su caso, la consignación de cantidades para intervenir en la subasta. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero (Artículo 647, 669.1.º y 666 Ley de Enjuiciamiento Civil).

2. Posturas por escrito. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (Artículo 648 Ley de Enjuiciamiento Civil).

3. Titulación y cargas. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso. Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar subrogados en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.

La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (Artículo 668 y 669.2.º Ley de Enjuiciamiento Civil).

-Finca urbana.-Vivienda sita en Pamplona, Calle Villafranca número Tres-1.º C

Inscrita.-En el Registro de la Propiedad número Uno de Pamplona al tomo 4217, folio 13, finca 228.

Valoración.-El valor de tasación a efectos de subasta de la finca arriba indicada es de 240.000,00 euros (doscientos cuarenta mil euros).

Pamplona, 26 de octubre de 2010.-La Secretaria Judicial, Mónica Pérez Orozco.

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