BOLETÍN Nº 139 - 15 de noviembre de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

HUARTE

Aprobación definitiva. Modificación pormenorizada
del polígono de servicios Itaroa

Por acuerdo de Pleno de fecha 16 de septiembre de 2010, se aprobó definitivamente el documento de modificación de las determinaciones de ordenación pormenorizada del polígono de servicios Itaroa, promovido por A.C. Itaroa, S.L., y redactado por los arquitectos Agustín Del Pozo Yruegas, Eva Ganuza Fernández y Jose G. Barbería Legarra. Expediente 2009MPGO0002.

A los efectos determinados en los artículos 49, 80.-1, en relación con los artículos 79.-3, 74, 81.-1 y concordantes de la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se procede a la publicación del presente anuncio así como el texto de la modificación en el Boletín Oficial de Navarra.

TEXTO NORMATIVO

Normativa urbanística actual.

Se acompaña al presente expediente:

-Como Anexo número 5 plano número 1 de usos pormenorizados de la vigente normativa urbanística.

-Como Anexo número 6 plano número 9 de ubicación actual plazas de aparcamiento de uso público.

Actualmente, los coeficientes de usos son, según la normativa de la modificación aprobada definitivamente el año 2005, son los siguientes:

-Suelo: 0,20.

-Parcelas libre de carácter privado: 0,40.

-Comercial sala de ventas: 1,00.

-Almacén de espacio comercial 20% sobre superficie total: 0,40.

-Ocio y restauración: 0,50.

-Almacén y servicios de ocio y restauración (20% s/superficie t.): 0,20.

-Mall y circulación: 0,05.

-Terrazas: 0,03.

Según la normativa vigente, el suelo del llamado vial desafectado, no consume aprovechamiento urbanístico.

5.º Determinaciones y ordenamiento urbanístico que se introduce con la modificación de los cambios de uso del suelo y que sustituye a la precedente.

Modificaciones que se introducen a la normativa urbanística particular.

1.ª) Modificación de usos.

Acompañamos como Anexo número 7 plano número 2, con modificaciones de uso que se introducen a la normativa urbanística particular.

-En superficie:

A.) Una superficie de 514 m², actualmente viales y aceras de uso público, pasan a infraestructuras y servicios.

B.) Una superficie de 332 m², actualmente propiedad privado de uso público, pasa a infraestructuras y servicios.

C.) Una superficie de 110 m², actualmente propiedad privada de uso público, pasa a mall y circulaciones (antiguo vial desafectado).

D.) Una superficie de 228,22 m² actualmente infraestructuras y servicios, pasa a propiedad privada libre de edificación.

E.) Una superficie de 5.299,21 m² actualmente vial desafectado, pasa a mall y circulaciones.

-En subsuelo:

  • Una superficie de a.) de 262,90 m² actualmente vial de uso público en la zona norte del centro comercial, el uso del subsuelo del mismo pasa a aparcamiento subterráneo.
  • Una superficie de B) de 1.389,65 m² actualmente vial de uso público en la zona este del centro comercial, el uso del subsuelo del mismo pasa a aparcamiento subterráneo y locales técnicos.
  • Una superficie de B.1.) 20 m² actualmente zona verde en la zona este del centro comercial, el uso del subsuelo del mismo pasa a aparcamiento subterráneo y locales técnicos.

Acompañamos como Anexo número 8 plano número 3 con los usos pormenorizados resultantes de la aprobación de este expediente:

-Una superficie de 846 m² con uso de infraestructuras y servicios.

-Una superficie de 110 m² con uso de mall y circulaciones.

-Una superficie de 228,22 m² con uso de propiedad privada libre de edificación.

-Una superficie de 5.299,21 de mall y circulaciones (proviene de vial desafectado).

Acompañamos como Anexo número 9 plano número 11, con los usos pormenorizados en subsuelo resultantes de la aprobación de este expediente:

-Una superficie de 3.533,92 m² (A, A1, A2, B, B1 y B2) con uso en subsuelo de aparcamiento subterráneo y locales técnicos.

2.ª) Justificación del cumplimiento del aprovechamiento urbanístico y de la edificabilidad máxima.

Acompañamos como Anexo número 10 planos número 4, 5, 6, 7 y 8 y fichas de cálculo con la justificación del cumplimiento de las unidades de aprovechamiento y de la edificabilidad máxima.

Por lo tanto, los coeficientes de usos que no se modifican son, los siguientes:

-Suelo: 0,20.

-Parcelas libre de carácter privado: 0,40.

-Comercial sala de ventas: 1,00.

-Almacén de espacio comercial 20% sobre superficie total): 0,40.

-Ocio y restauración: 0,50.

-Almacén y servicios de ocio y restauración (20% s/superficie t.): 0,20.

-Mall y circulación: 0,05.

-Terrazas: 0,03.

En cuanto a las oficinas y aseos, dado que no tienen carácter comercial y por tanto aprovechamiento económico, se les aplica un coeficiente de 0,05 como elementos anexos al mall.

Por lo tanto, no computan el resto de usos, es decir, vías de evacuación, vías de circulación para servicios de bomberos y ambulancias, locales técnicos, porches, cubiertas ajardinadas etc. ni edificabilidad, ni aprovechamiento urbanístico.

3.ª) Cumplimiento de la superficie comercial máxima (SBA).

La superficie comercial total (SBA) del establecimiento comercial Itaroa, aprobada en la modificación del año 2005, y que se eleva a 23.162 m², sólo se podrá aumentar, sin necesidad de PSIS, en un máximo de 500 m² de superficie de venta, (art. 19 número 2 de la vigente Ley de Comercio de Navarra).

4.ª) Cambio de ubicación de la zona de aparcamiento de uso público.

Acompañamos como Anexo número 11 plano número 10, con la zona definitiva de aparcamiento uso público, con una superficie total de 14.913,35 m², de los cuales 1.861,37 m² están en la zona de Areacea, S.A. (derecho de subedificación), y el resto, esto es, 13.051,98 m² estarían dentro de la propiedad privada de AC Itaroa, S.L., todo ello, tal y como se explica en el apartado 3.º, punto 5.º) de la memoria de justificación.

5.º Servidumbres y derechos de subedificación.

Se hace constar que simultáneamente a la presentación de este expediente, se presenta otro de modificación de la reparcelación, en el que se recogen como definitivos, los siguientes derechos subedificatorios y servidumbres, tal y como aparecen descritos en el expediente de reparcelación en cada una de las parcelas:

"1.ª) Parcela Centro Comercial (PCC): Parcela con uso comercial y de servicios sita en el polígono de servicios Itaroa. Tiene una superficie total de 36.605,01 m², de los cuales 33.786,98 m² son edificables y 2.818,03 m² son libres de edificación. Linda por norte con parcela del Ayuntamiento de Huarte destinada a viales y aceras y finca de Areacea, S.A.; sur, este y oeste con la ya citada parcela del Ayuntamiento de Huarte destinada a viales y aceras.

Tiene una edificabilidad máxima de 52.612,00 m² y 36.771,77 unidades de aprovechamiento.

Adjudicataria: AC Itaroa, S.L.

-Cargas: Se constituye dentro del aparcamiento subterráneo de propiedad privada, una servidumbre de uso público consistente en una zona o área de aparcamiento de uso público.

Se acompaña como Anexo número 13 plano número 11 donde figura la zona de aparcamiento de uso público.

-Derechos subedificatorios:

1.º Se modifica el derecho subedificatorio siguiente del que es titular esta finca:

Por escritura pública de fecha 1 de octubre de 2004 otorgada ante el Notario de Pamplona Anastasio Herrero Casas al número de protocolo 1.570, la Sociedad Municipal de Gestión Urbanística Areacea, S.A., cedió y trasmitió a AC Itaroa, S.L., un derecho de subedificación, situado en la zona en la que la transmitente es titular de pleno dominio, de una porción de subsuelo de dicha finca de una superficie de 2.196 m², para su vinculación en subsuelo con la finca propiedad de AC Itaroa, S.L., con la finalidad del aprovechamiento para la construcción de parte de la edificación que luego fue objeto de declaración de obra nueva; derecho que, por no afectar a la totalidad de la finca, se concreta en una porción que se destinará a aparcamiento subterráneo y se encuentra ubicada en el lindero suroeste de la finca propiedad de Areacea, S.A.

El objeto de la modificación solamente es la superficie objeto del derecho que pasa de 2.196 m² a 1.861,37 m² quedando el derecho descrito de la siguiente manera:

Por escritura pública otorgada ante el Notario de Pamplona Anastasio Herrero Casas al número de protocolo 1.570, la Sociedad Municipal de Gestión Urbanística Areacea, S.A., cedió y trasmitió a AC Itaroa, S.L., un derecho de subedificación, situado en la zona en la que la transmitente es titular de pleno dominio, de una porción de subsuelo de dicha finca de una superficie de 1.861,37 m², para su vinculación en subsuelo con la finca propiedad de AC Itaroa, S.L., con la finalidad del aprovechamiento para la construcción de parte de la edificación que luego fue objeto de declaración de obra nueva; derecho que, por no afectar a la totalidad de la finca, se concreta en una porción que se destinará a aparcamiento subterráneo y se encuentra ubicada en el lindero suroeste de la finca propiedad de Areacea, S.A.

2.º Previa desafectación por parte del Ayuntamiento de Huarte, se constituye un derecho subedificatorio para su vinculación a la presente parcela que se describe de la siguiente forma:

Un derecho de subedificación, situado en la zona norte del centro comercial Itaroa, consiste en la cesión de una porción de subsuelo destinado a vial público (parcela PVA) en su superficie de 262,90 m², para su vinculación en subsuelo con esta finca propiedad de AC Itaroa, S.L., y destino a aparcamiento subterráneo y escalera de emergencia al exterior.

Dicho derecho de subedificación se constituye con el carácter de perpetuo e inscribible en el Registro de la Propiedad.

3.º Previa desafectación por parte del Ayuntamiento de Huarte, se constituye un derecho subedificatorio para su vinculación a la presente parcela que se describe de la siguiente forma:

Un derecho de subedificación, situado en la zona este del centro comercial Itaroa, consiste en la cesión de una porción de subsuelo destinado a vial público (parcela PVA) en su superficie de 1.389,65 m², todo ello para su vinculación en subsuelo con esta finca propiedad de AC Itaroa, S.L., y destino a aparcamiento subterráneo y locales técnicos.

Dicho derecho de subedificación se constituye con el carácter de perpetuo e inscribible en el Registro de la Propiedad

4.º Previa desafectación por parte del Ayuntamiento de Huarte, se constituye un derecho subedificatorio para su vinculación a la presente parcela que se describe de la siguiente forma:

Un derecho de subedificación, situado en la zona este del centro comercial Itaroa, parcela PZV zona verde, consiste en la cesión de dos porciones de subsuelo destinado a zona verde en su superficie de 20 m², todo ello para su vinculación en subsuelo con esta finca propiedad de AC Itaroa, S.L., y destino a aparcamiento subterráneo y locales técnicos.

Dicho derecho de subedificación se constituye con el carácter de perpetuo e inscribible en el Registro de la Propiedad.

Se acompaña como Anexo número 14 planos número 10 y 11 donde figuran los derechos subedificatorios definitivos.

-Servidumbres:

1.º Se cancela, extinguiéndose, la siguiente servidumbre por confusión entre parte del predio sirviente y del predio dominante:

-Servidumbre de paso, apoyo y vuelo que consiste en el derecho a instalar una escalera peatonal mecánica de un metro y medio de anchura y doce metros de longitud para acceso, en su zona norte, a la planta alta, nivel *1, del Centro Comercial y de Ocio Itaroa, ubicada en la zona sur-oeste del predio sirviente y próxima al sistema viario, en la unión de la calle de acceso al Frontón Euskal Jai Berri con el predio sirviente.

2.º Se modifica la servidumbre siguiente de la que es predio dominante esta finca:

-Servidumbre aérea, que consiste en el derecho a instalar una pérgola con cuatro postes de apoyo y cuatrocientos metros cuadrados aproximadamente de superficie, de estructura apergolada área, ubicada en la zona sur-oeste del predio sirviente y en la zona norte del predio dominante.

La nueva redacción de la servidumbre queda de la siguiente manera:

-Servidumbre aérea, que consiste en el derecho a instalar parte de una pérgola o marquesina de entrada al centro comercial, con dos de los postes de apoyo, y de 50,08 m² metros cuadrados superficie de marquesina, ubicada en la zona sur-oeste del predio sirviente y en la zona norte del predio dominante.

2.ª) Parcela M.3.: Parcela con uso comercial y de servicios sita en el polígono de servicios Itaroa. Tiene una superficie total de 978,22 m², de los cuales 750,00 m² son de uso infraestructuras y servicios, y 228,22 m² son de propiedad privada libre de edificación. Linda por norte, sur, este y oeste con parcela del Ayuntamiento de Huarte destinada a viales y aceras.

Tiene una edificabilidad máxima de 761,00 m² y 581,23 unidades de aprovechamiento.

Adjudicataria: AC Itaroa, S.L.

Sin cargas.

3.ª) Parcela Reserva de Infraestructuras (PRI): Parcela con uso vial de gran capacidad y con una superficie de 11.060,45 m². Linda al norte con finca número 163, sur y este con actual carretera a Aoiz, y al oeste con parcela zona verde del Ayuntamiento de Huarte.

Adjudicatario: Gobierno de Navarra, y no tiene aprovechamiento urbanístico.

Sin cargas.

4.ª) Parcela Zona Verde (PZV) Parcela con uso de zona verde pública y con una superficie de 10.600,40 m². Linda al norte con finca número 163, sur con rotonda de nueva creación, este con la parcela de reserva de infraestructuras señalada en el número anterior, y oeste con parcela viales y acera descrita en el número siguiente.

Adjudicatario: Ayuntamiento de Huarte, y no tiene aprovechamiento urbanístico.

Cargas:

1.ª) Constitución de derecho de subedificación, por el cual, y previa desafectación por parte del Ayuntamiento de Huarte, se constituye un derecho subedificatorio para su vinculación a la parcela propiedad de AC Itaroa, S.L. finca PCC número 1 anterior que se describe de la siguiente forma:

Un derecho de subedificación, situado en la zona este del Centro Comercial Itaroa, consiste en la cesión de dos porciones de subsuelo destinado a zona verde en su superficie de 20 m² entre las dos porciones, todo ello para su vinculación en subsuelo con la citada parcela PCC N.º 1 propiedad de AC Itaroa, S.L., y destino a aparcamiento subterráneo y locales técnicos.

5.ª) Parcela Viales y Aceras (PVA) Parcela con uso de aceras, viales y aparcamientos públicos, con una superficie de 14.207,68 m². Linda al norte con vial de nueva creación, sur con rotonda de nueva creación, este con la parcela zona verde señalada en el número anterior, y oeste con carretera de acceso a Huarte y parcela propiedad de AC Itaroa, S.L.

Adjudicatario: Ayuntamiento de Huarte, y no tiene aprovechamiento urbanístico.

Cargas:

1.ª) Constitución de derecho de subedificación, por el cual, y previa desafectación por parte del Ayuntamiento de Huarte, se constituye un derecho subedificatorio para su vinculación a la parcela propiedad de AC Itaroa, S.L. finca PCC número 1 anterior, y que se describe de la siguiente forma:

Un derecho de subedificación, situado en la zona norte del centro comercial Itaroa, consiste en la cesión de una porción de subsuelo destinado a vial público en su superficie de 262,90 m², para su vinculación en subsuelo con la citada parcela PCC número 1 propiedad de AC Itaroa, S.L., y destino a aparcamiento subterráneo y escalera de emergencia al exterior.

2.ª) Constitución de derecho de subedificación, por el cual, y previa desafectación por parte del Ayuntamiento de Huarte, se constituye un derecho subedificatorio para su vinculación a la parcela propiedad de AC Itaroa SL finca PCC número 1 anterior que se describe de la siguiente forma:

Un derecho de subedificación, situado en la zona este del centro comercial Itaroa, consiste en la cesión de una porción de subsuelo destinado a vial público en su superficie de 1.389,65 m², todo ello para su vinculación en subsuelo con la citada parcela PCC número 1 propiedad de AC Itaroa, S.L., y destino a aparcamiento subterráneo y locales técnicos.

3.ª) Previa desafectación por parte del Ayuntamiento de Huarte, se constituyen sobre esta finca como predio sirviente, y a favor de la parcela propiedad de AC Itaroa, S.L. finca PCC número 1 anterior, como predio dominante, las siguientes servidumbres:

A.) Una servidumbre aérea que consiste en el derecho a instalar parte de una pérgola o marquesina de entrada con dos de los postes de apoyo y de 40,35 m² metros cuadrados superficie de marquesina, ubicada en la zona norte del predio dominante.

B.) Una servidumbre paso peatonal y acceso con vehículos en la zona norte del centro comercial, en el túnel de acceso principal al aparcamiento subterráneo, y que transcurre por el vial público hasta el interior del citado aparcamiento subterráneo.

Se distingue la primera parte del acceso en superficie, con 418,92 m², y otra al fondo cuando ya es un túnel, con una superficie en subsuelo de 359,23 m².

C.) Una servidumbre de paso peatonal y acceso con vehículos en su zona este con una superficie de 558,57 m², sobre la parte en que se encuentran las rampas de acceso y salida con vehículos al aparcamiento subterráneo propiedad de AC Itaroa, S.L."

Huarte, 21 de octubre de 2010.-El Alcalde, Francisco Javier Basterra Basterra.

Código del anuncio: L1017311