BOLETÍN Nº 155 - 18 de diciembre de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Notificación de resolución

La Dirección del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona resolvió el día 24 de noviembre de 2009, la aprobación del Plan de Inspección Tributaria para el año 2010. De conformidad con lo establecido en el artículo 137 de la Ley Foral 13/2000 General Tributaria se procede a la publicación de los Criterios Generales que informan dicho Plan:

Criterios generales que informan el plan de inspección
de los tributos municipales para el año 2010

La Inspección Tributaria Municipal tiene encomendada la función de comprobar la situación tributaria de los sujetos pasivos o demás obligados tributarios con el fin de verificar el exacto cumplimiento de sus obligaciones y deberes tributarios con el ayuntamiento, procediendo, en su caso, a la regularización correspondiente.

El alcance y contenido de las actuaciones a realizar por la Inspección Tributaria Municipal se encuentran definidos en la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria y en el Reglamento de Inspección Tributaria de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 152/2004, de 11 de junio.

El ejercicio de las funciones propias de la Inspección Tributaria Municipal se adecuará a los correspondientes Planes de Inspección, aprobados por el órgano competente.

Cada Plan de Inspección debe establecer los criterios que hayan de ser tenidos en cuenta para seleccionar e incluir a los sujetos pasivos en el mismo.

Los criterios generales que informan cada Plan de Inspección son objeto de publicación en el Boletín Oficial de Navarra, con lo que se da cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 137 de la Ley Foral 13/2000 General Tributaria y en el artículo 10.4 del Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio, que aprueba el Reglamento de Inspección tributaria de la Comunidad Foral de Navarra.

1. Objetivo del plan

El presente Plan de Inspección tiene como objetivo comprobar la situación tributaria de los sujetos pasivos de todos los tributos municipales, a excepción del Impuesto de Actividades Económicas que es objeto de un Plan de Inspección específico, siendo de atención preferente los siguientes tributos:

Impuesto Sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Tasas por otorgamiento de licencias y realización de actuaciones urbanísticas.

Tasa por aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local por la empresas explotadoras de servicios públicos de suministros.

2. Áreas de atención prioritarias

Personas que hayan promovido y/o realizado construcciones, instalaciones u obras, para su venta y/o alquiler o para su propio inmovilizado, cuyo presupuesto sea elevado y estén finalizadas.

Empresas explotadoras de servicios públicos de suministro que realicen un aprovechamiento especial el suelo, vuelo y subsuelo municipal.

Pamplona, 10 de diciembre de 2009.-El Director del Área de Hacienda Local, Iñigo Huarte Huarte

Código del anuncio: L0928022