BOLETÍN Nº 108 - 8 de septiembre de 2006

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo

ORDEN FORAL 284/2006, de 22 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela 3B-12 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren, promovido por Miguel Rico y Asociados, S.A.

Por Orden Foral 196/2006, de 21 de junio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, se aprobó inicialmente el Estudio de Detalle de la parcela 3B-12 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren, promovido por Miguel Rico y Asociados, S.A.

Dicha Orden Foral fue publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 87, de 21 de julio de 2006, sometiéndose el citado Estudio de Detalle a información pública durante el plazo de veinte días. En dicho periodo no se han presentado alegaciones.

En su virtud, visto el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo y de conformidad con lo preceptuado en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela 3B-12 del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Ecociudad de Sarriguren, promovido por Miguel Rico y Asociados, S.A.

2.º Señalar que contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes. Y contra el expediente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

3.º Notificar esta Orden Foral a Miguel Rico y Asociados, S.A., al Ayuntamiento del Valle de Egüés y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a los efectos oportunos.

Pamplona, 22 de agosto de 2006
El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, José Andrés Burguete Torres.

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