BOLETÍN Nº 79 - 4 de julio de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

AURITZ/BURGUETE

Aprobación definitiva de modificación del Plan Municipal

El M.I. Ayuntamiento de Auritz/Burguete en sesión celebrada el día 21 de mayo de 2005, habiendo realizado los trámites legales pertinentes adoptó acuerdo aprobando definitivamente la modificación con carácter pormenorizado de las vigentes normas subsidiarias de planeamiento de Auritz/Burguete en categoría de suelo no urbanizable y cuya parte dispositiva es la siguiente:

1. Objeto de la presente modificación.

La presente Modificación con Carácter Pormenorizado de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Auritz/Burguete tiene por objeto el modificar la categoría de unos suelos que en las vigentes NN.SS. se señalan cono No Urbanizables de Alta Productividad Agrícola, pasando a Suelos No Urbanizables con categoría de Preservación, subcategoría de Suelo de Valor para su Explotación Natural (de Mediano Valor).

2. Encargo del documento y redactor.

Se redacta el presente documento por encargo del Ayuntamiento de Auritz/Burguete, siendo el redactor el Arquitecto Superior D. Gonzalo Galbete Martinicorena, asesor de este mismo Ayuntamiento, colegiado en la Delegación en Navarra del Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro.

3. Contenido de la modificación.

Una de las principales actividades económicas del municipio de Auritz/Burguete es la ganadera, con un importante carácter de ganadería extensiva, pero que debido a los rigores invernales tiene también un marcado carácter de ganadería extensiva durante los meses en que no es posible que el ganado viva a la intemperie.

Dadas estas características de la actividad ganadera, y teniendo en cuenta que propiamente las características intrínsecas de los suelos que conforman las praderas de pasto constituyen un suelo que se podría considerar como de Mediana Productividad Agrícola y Ganadera, no parece lógica la restricción que la Calificación de suelos como de Alta Productividad Agrícola impone.

Es por ello por lo que, dadas las necesidades puntuales de la implantación de algunas actividades de estas características, se propone la presente Modificación de Categoría de suelo No urbanizable para las parcelas 115, 116, 117, 118, 119 120, 121, 122, 123, 124, 127, 128, 129, 130, 131 y 255 del polígono 5 del Catastro de Auritz/Burguete.

4. Justificación de la categoría de los suelos propuestos.

Como se puede comprobar por las fichas catastrales que se acompañan a la presente Memoria como Anexo, la práctica totalidad de lo suelos se conceptúan en ellas como "prados", "pastos" o "terrenos de labor" (únicamente un total de 403 m² frente a los 71.101,50 m² propuestos se conceptúan como "arbolado variado", los que no es significativo).

De conformidad con lo dispuesto en la vigente Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo estos suelos pueden considerarse como Suelos no Urbanizables en categoría de Preservación y subcategoría Suelo de Valor para su Explotación Natural (de Mediano Valor), quedando las actividades a desarrollar sujetas a los señalado en los Artos. 111, 112 y 114 de esta misma Ley Foral.

Auritz/Burguete, 31 de mayo de 2005
El Alcalde, Iñaki Cilveti Lecumberri.

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