BOLETÍN Nº 40 - 30 de marzo de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

DECRETO FORAL 46/2001, de 26 de febrero, por el que se aprueba la desafectación de 71.536 metros cuadrados de terreno comunal del Concejo de Berrioplano, para su posterior cesión de uso.

El Concejo de Berrioplano solicita la preceptiva aprobación por el Gobierno de Navarra de la desafectación de 71.536 metros cuadrados de terreno comunal, desglosados de la forma siguiente:

-68.597 metros cuadrados, correspondientes a parte de la parcela 718 del polígono número 13.

-2.939 metros cuadrados, correspondientes a toda la parcela 728 del polígono número 13.

El objeto de la desafectación propuesta es la cesión de uso de los terrenos referidos a don Marcelo Jiménez Garrido y don Alfredo Resano Moreno, por un plazo de 10 años, prorrogable por periodos de 2 años, mediante el cobro de un canon anual, para la instalación de un pequeño campo de golf.

Por el Concejo de Berrioplano se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiséis de febrero de dos mil uno,

DECRETO:

Artículo 1.º Se aprueba la desafectación de 71.536 metros cuadrados de terreno comunal del Concejo de Berrioplano, desglosados de la forma siguiente:

-68.597 metros cuadrados, correspondientes a parte de la parcela 718 del polígono número 13.

-2.939 metros cuadrados, correspondientes a toda la parcela 728 del polígono número 13.

Artículo 2.º Se autoriza al Concejo de Berrioplano a la cesión de uso de los terrenos desafectados a don Marcelo Jiménez Garrido y don Alfredo Resano Moreno, por un plazo de 10 años, prorrogable por periodos de 2 años, mediante el cobro de un canon anual, para la instalación de un pequeño campo de golf.

Artículo 3.º La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado al efecto por el Concejo de Berrioplano, en especial a la cláusula de reversión en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación.

Artículo 4.º El Concejo de Berrioplano deberá proceder a la realización del deslinde de los terrenos objeto de este expediente.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintiséis de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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