BOLETÍN Nº 113 - 21 de septiembre de 1998

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

ORDEN FORAL 3772/1998, de 7 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba definitivamente la unificación de las concesiones Pamplona-Villava, con hijuelas a Oricáin, Huarte y Olaz y Pamplona-Zizur Mayor-Gazólaz, con hijuela a Barañáin (expediente número 34).

La empresa La Montañesa, S.A.L., solicitó la unificación de las concesiones de transporte público regular permanente y de uso general de viajeros por carretera entre Pamplona - Zizur Mayor - Gazólaz, con hijuelas a Barañáin, de las que es titular. Asimismo, solicitó autorización para realizar en esta misma concesión una hijuela desviación a Gorráiz.

Por Orden Foral 1439/1998, de 15 de abril (BOLETIN OFICIAL de Navarra de 22 de mayo de 1998) se aprobó de forma provisional la unificación de las concesiones Pamplona-Villava, con hijuelas a Oricáin, Huarte y Olaz y Pamplona-Zizur Mayor-Gazólaz, con hijuela a Barañáin, asimismo se aprobó someter a información pública el pliego de bases modificado, por el plazo de un mes.

El Ayuntamiento de Pamplona, en oficio de 22 de junio de 1998, solicitó que se le tuviera por personado en el expediente y se iniciaran las oportunas conversaciones con el objeto de armonizar sus competencias con las de la Administración Foral y preservar los derechos de la concesionaria del transporte urbano de dicho municipio.

Con fecha 30 de junio se mantuvo una reunión entre representantes de ambas Administraciones, como consecuencia de la cual, el 2 de julio se remitió al Ayuntamiento de Pamplona el Pliego de Bases y se le solicitó que informara sobre las paradas a realizar en Pamplona, no habiéndose recibido hasta el momento contestación alguna.

En el plazo concedido al efecto se han presentado las alegaciones que a continuación se transcriben y contestan:

-La Montañesa, S.A.L., solicita se realicen varias modificaciones en el Pliego de Bases, referentes a horarios e itinerarios, así como que se autorice en refuerzos y sustituciones la utilización de vehículos de mayor antigüedad.

Dichas alegaciones se han estimado, incluyendo las oportunas modificaciones en el Pliego de Bases, al considerarse que se ajustan a la realidad actual de paradas y servicios que se vienen realizando.

-La Cooperativa de Transportes Urbanos de Pamplona (COTUP) solicita que se desista de la unificación proyectada, alegando que:

1.º Dado el carácter de urbano del transporte desde Villava-Huarte hasta Zizur Mayor y Cizur Menor, el Gobierno de Navarra carece de competencia.

En contra de lo manifestado por el alegante, los servicios de transporte objeto de unificación tienen el carácter de interurbanos, por lo que son de la competencia de la Administración de la Comunidad Foral.

Por otra parte, ha de tenerse en cuenta que la Disposición Transitoria Segunda de la Ley Foral 8/1998, de 1 de junio, del transporte regular de viajeros en la Comarca de Pamplona-Iruñerria, establece que en tanto no se asuman por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona las competencias de transporte reguladas en aquélla, asunción que todavía no se ha producido, "se mantendrán las competencias preexistentes a su entrada en vigor, en sus mismos términos".

2.º En el citado Pliego de Bases se autorizan distintas paradas en Pamplona y que, al tener COTUP el "monopolio" del transporte urbano en Pamplona, no pueden autorizarse estos tráficos.

A este respecto ha de manifestarse que, tratándose de líneas interurbanas, corresponde a la Administración Foral la determinación de las paradas, en cuanto titular del servicio público.

Ha de hacerse constar, en todo caso, que se ha añadido al Pliego de Bases regulador de la concesión unificada un nuevo punto 4.º prohibiendo expresamente la realización de tráfico urbano en Pamplona, esto es, tomar viajeros en tal municipio con destino en el mismo. Asimismo se establecen limitaciones adicionales en ciertas paradas.

3.º El artículo 75 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), dispone que "la determinación de los puntos de parada que hayan de realizarse en suelo urbano o urbanizable, así como su modificación, se realizará previo informe o a propuesta del Ayuntamiento afectado", no existiendo en el presente caso tal informe o propuesta.

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 75.1 del ROTT, mediante oficio de 2 de julio de 1998 se remitió al Ayuntamiento de Pamplona el Pliego de Bases de la unificación de concesiones de referencia, al objeto de que emitiera informe sobre las paradas a realizar en su término municipal, sin que haya sido remitida al Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones contestación alguna.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, en uso de las facultades que este Departamento tiene conferidas por el Decreto Foral 150/1984, de 27 de junio,

ORDENO:

Primero.-Aprobar definitivamente la unificación de las concesiones Pamplona - Villava, con hijuelas a Oricáin, Huarte y Olaz y Pamplona - Zizur Mayor - Gazólaz, con hijuela a Barañáin.

Segundo.-Adjudicar la concesión resultante de la unificación Villava - Pamplona - Barañáin, con hijuelas a Oricáin, Huarte, Olaz, Zizur Mayor, Gazólaz y Gorráiz (expediente número 34) a La Montañesa, S.A.L., según las condiciones del Pliego de Bases que figura como Anexo a la presente Orden Foral.

Tercero.-Publicar la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cuarto.-Notificar la presente Orden Foral al Servicio de Transportes, al Ayuntamiento de Pamplona, a La Montañesa, S.A.L. y a la Cooperativa de Transportes Urbanos de Pamplona (COTUP), a los efectos oportunos.

Pamplona, siete de septiembre de mil novecientos noventa y ocho.-El Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, José Ignacio Palacios Zuasti.

PLIEGO DE BASES MODIFICADO QUE REGULA LA CONCESION DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR PERMANENTE DE VIAJEROS DE USO GENERAL ENTRE VILLAVA-PAMPLONA-BARAÑAIN, CON HIJUELAS A ORICAIN, HUARTE, OLAZ, ZIZUR MAYOR, GAZOLAZ Y GORRAIZ (EXPEDIENTE NUMERO 34)

Por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, según lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, se ha iniciado el expediente de unificación de las concesiones Pamplona-Villava con hijuelas a Oricáin, Huarte, Olaz y Gorráiz; y Pamplona, Zizur mayor, Gazólaz con hijuela a Barañáin, actualmente explotadas por la empresa La Montañesa, S.A.L. y la autorización en la concesión unificada de una hijuela a Gorráiz, con arreglo a las siguientes condiciones:

1.º En todo lo concerniente a la explotación del servicio se cumplirá lo establecido en la Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y en las normas de desarrollo de la misma.

2.º Itinerario:

a) De Oricáin por Arre y Villava a Pamplona por la N-121 y de Pamplona a Barañáin, con un total de 12,5 kilómetros recorridos.

b) De Olaz a Huarte y de Huarte a Pamplona por la N-121 y de Pamplona a Barañáin, con un total de 11,5 kilómetros recorridos.

c) De Pamplona a Zizur Mayor por la NA-111, con un total de 5 kilómetros recorridos.

d) De Huarte a Pamplona por la N-121-A y de Pamplona a Barañáin, con un total de 10,5 kilómetros recorridos.

e) De Gorráiz a Pamplona por la C-135, con un total de 3 kilómetros recorridos.

3.º Paradas:

-Itinerario a): Oricáin (Hotel Aguirre), Arre (Mundo Mueble), Villava, Burlada, Pamplona y Barañáin.

-Itinerario b): Cruce de Olaz, Pamplona, Barañáin.

-Itinerario c): Pamplona, Zizur Mayor (pueblo), Urbanización Zizur.

-Itinerario d): Huarte, Villava, Burlada, Pamplona, Barañáin.

-Itinerario e): Gorráiz, Pamplona.

En los itinerarios a), b) y d), en Pamplona se realizarán paradas en los siguientes puntos: Avenida Baja Navarra (frente Seminario); Avenida Baja Navarra número, 14; C/ Yanguas y Miranda (aparcamiento de Intendencia); Avenida Navas de Tolosa (Hotel Tres Reyes), Avenida Pío XII (cruce M.º de Urdax); Avenida Pío XII, número 20, Avenida Pío XII (Clínica Universitaria); Hospital de Navarra; Hospital Virgen del Camino; Avenida Barañáin (frente a Centro de Consultas Externas). En el regreso se sustituirán las paradas de la calle Yanguas y Miranda y Avenida Navas de Tolosa por una parada en la Avenida de Conde Oliveto, número 5.

4.º Tráficos: Prohibición de realizar tráfico urbano en Pamplona (tomar o dejar viajeros en Pamplona con destino Pamplona).

En los itinerarios a), b) y d) en el sentido Burlada-Barañáin no podrá tomar viajeros en las paradas de la Avenida Baja Navarra y no podrá dejar viajeros en las paradas Avenida de Navas de Tolosa, en todas las de la Avenida Pío XII, en las de Hospital de Navarra y en las del Hospital Virgen del Camino. Asimismo, en el sentido Barañáin-Burlada no podrá tomar viajeros en las paradas de Hospital Virgen del Camino, Hospital de Navarra y en todas las de la Avenida de Pío XII y no podrá dejar viajeros en las de Avenida de Baja de Navarra.

5.º Calendario, Expediciones y Horario:

-Itinerario a): cuatro expediciones diarias de ida y vuelta.

-Itinerario b): de Olaz a Pamplona.

.De lunes a viernes en días laborables 16 expediciones de ida y vuelta.

.Sábados 7 expediciones de ida y vuelta.

.Domingos y festivos 3 expediciones de ida y vuelta.

-Itinerario c): de Pamplona a Zizur Mayor.

.De lunes a viernes en días laborables una expedición cada 15 minutos desde las 6,45 hasta las 22,15.

.Sábados: una expedición cada 30 minutos desde las 6,45 horas hasta las 22,15 horas.

.Domingos y festivos: desde las 7,00 horas una expedición cada 60 minutos hasta las 14,00 horas y a partir de dicha hora una expedición cada 30 minutos hasta las 22,15 horas.

-Itinerario d) Huarte-Pamplona-Barañáin:

.De lunes a viernes en días laborables 1 expedición desde Villava a Barañáin cada 7,5 minutos y 1 expedición desde Huarte cada 15 minutos desde las 6,45 hasta las 21,00 horas. A partir de las 21,00 horas la frecuencia será de 10 minutos desde Villava a Barañáin y de 20 desde Huarte hasta las 22,30 horas.

.De lunes a viernes no lectivos y sábados una expedición cada 10 minutos desde las 6,45 horas hasta las 22,30 horas.

.Domingos y festivos una expedición cada 20 minutos, hasta las 18,00, desde las 18,00 horas y hasta las 22,30 cada 10 minutos.

-Itinerario e) Gorráiz-Pamplona:

.De lunes a viernes se realizarán 10 expediciones desde Pamplona y 9 desde Gorráiz.

Los horarios de las expediciones a realizar deberá comunicarlas a la Administración para su conocimiento y aprobación.

6.º Vehículos: Para la explotación de esta concesión se adscribirán 11 vehículos de tipo urbano con antigüedad máxima de 12 años. Los autobuses que realicen refuerzos o sustituciones por avería de los titulares podrán rebasar dicha antigüedad máxima. El concesionario queda obligado a solicitar de la Administración la correspondiente autorización para la adscripción de los vehículos en la concesión.

7.º Instalaciones: No son necesarias instalaciones fijas afectas a la concesión, pero se utilizarán los despachos de billetes y lugares de espera que se determinen previa aprobación por la Administración.

8.º Régimen tarifario: Dadas las características de la concesión existirán las tarifas siguientes:

.Billete sencillo con origen/destino en Villava, Burlada y Barañáin: 80 pesetas.

.Billete sencillo con origen/destino en Arre, Oricáin, Huarte y Olaz: 85 pesetas.

.Billete reducido de ida y vuelta, con origen en Villava, Burlada, Huarte y Barañáin hasta las 9,00 horas: 115 pesetas.

.Billete sencillo con origen en Gorráiz: 85 pesetas.

9.º Fianza: Se deberá constituir una fianza en metálico o un aval bancario o de entidades de afianzamiento legalmente reconocidas a disposición del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra, por importe de 1.865.000 pesetas.

10. Plazo de concesión: De acuerdo con la Disposición Transitoria 2.º de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, se fija el límite de la concesión al día: 22 de septiembre del 2007.

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