50. ALDIZKARIA - 2005eko apirilaren 27a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

SANGÜESA

Notificación de denuncias

No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por los Agentes Municipales por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia de los denunciados.

I N F R A C T O R MATRICULA L U G A R DIA EXPTE. IMPORTE INFRACCION

Aizba, S.L. 3741-DCW Balate, número 6 09/02/2005 38/2005 50 11.1 (Ord.)

Asenjo Lacabe, María Lourdes NA-0807-AL San Babil, número 25 24/12/2004 347/2004 95 39.2F (L.T.)

Erdozáin Arboniés, Eduardo 1641-BJD Mayor, número 14 04/01/2005 1/2005 95 38.3 (L.T.)

Erdozáin Arboniés, Eduardo 1641-BJD Mayor, número 14 25/01/2005 10/2005 50 11.11 (Ord.)

Erdozáin Arboniés, Eduardo 1641-BJD Plaza de los Fueros 16/02/2005 47/2005 50 94.2 (L.T.)

Erles Arregui, José Antonio 9185-CJL Juan de Berrueta 09/02/2005 39/2005 450 16 (Ord.)

Hernández Jiménez, Antonio NA-1257-AP Nueva, número 32 29/01/2005 19/2005 50 11.1 (Ord.)

Jiménez Jiménez, Miguel GR-8831-AC Travesía San Miguel 04/01/2005 21/2005 50 11.1 (Ord.)

Razquin Urroz, José Javier NA-6486-AH Mayor, número 6 25/01/2005 13/2005 50 11.10 (Ord.)

Remón Larrán, María Jesús NA-0437-AC Plaza Portal de Peñalta 03/02/2005 29/2005 50 11.1 (Ord.)

Ustárroz Córdoba, Ignacio Juan NA-0841-Y Plaza de los Fueros 07/12/2004 338/2004 50 11.11 (Ord.)

L.T.: Ley sobre Tráfico.

R.C.: Reglamento de Circulación.

Ord.: Ordenanza Municipal.

1. Los expedientes incoados caducarán transcurridos treinta días desde la finalización del plazo de seis meses desde la iniciación del procedimiento, salvo que concurra algunas de las causas de suspensión recogidas en el artículo 42.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

2. En el plazo de los diez días hábiles siguientes al de publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, el interesado podrá hacer efectiva la misma con un 30 por 100 de descuento sobre su cuantía, todo ello en cumplimiento de lo previsto en el artículo 67 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. El pago podrá realizarse en Depositaría municipal (primer piso de la Casa Consistorial) de nueve a catorce horas, o por giro postal en el que conste nombre y dos apellidos, matrícula del vehículo y número de expediente.

3. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se requiere al titular del vehículo para que, si él no fuera el responsable de la infracción, en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a tal efecto en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, un escrito en el que consten el nombre y dos apellidos, número del documento nacional de identidad y domicilio del infractor. En caso de negativa a realizar tal identificación, se formulará al titular del vehículo denuncia por infracción grave que podrá ser sancionada con multa de hasta cincuenta mil pesetas.

4. Si la propietaria del vehículo es una persona jurídica (sociedades), deberá identificarse en todo caso al conductor responsable de la infracción, puesto que en caso contrario se incoará expediente a la sociedad por no proceder a tal identificación.

5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el presente edicto, se notifica la denuncia al titular del vehículo como presunto infractor.

6. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone prueba alguna, la presente notificación se considerará propuesta de resolución y se elevará al ilustrísimo señor Alcalde, que es el órgano competente para sancionar según dispone el artículo 68.2 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, estimándose como hechos probados, infracción que constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la sanción que se propone los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciados", "precepto infringido", "calificación", "denunciado" e "importe". Se señala así mismo, que el expediente se encuentra a su disposición en las oficinas municipales, donde de ocho a catorce horas y en días laborales podrá examinarlo y solicitar las copias que desee de los documentos en él obrantes.

7. En todo caso el interesado dispone de un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto, para presentar alegaciones y proponer las pruebas que considere convenientes para su defensa, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el Registro General de Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sangüesa, 2005eko martxoaren 14a
El Alcalde, José Luis Lorenzo Elvás.

Iragarkiaren kodea: L0504577