BOLETÍN Nº 99 - 22 de mayo de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 2061E/2026, de 27 de abril, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se autoriza el gasto para 2026 de la subvención para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social de Navarra mediante la realización de Inversiones en los mismos y modificación de bases. Código BDNS: 883319.

De acuerdo con lo establecido en los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo- Nafar Lansare, aprobados por Decreto Foral 13/2024, de 7 de febrero, constituye la finalidad del mismo la planificación, ejecución y control de las políticas de empleo, consensuadas con los agentes sociales, mediante la gestión coordinada de los servicios y programas que se establezcan en relación con la promoción del empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la colocación, la intermediación, orientación y formación para el empleo y el análisis de las políticas y situación del empleo en Navarra, para lo que, entre otras funciones, financia, concede y gestiona diversas subvenciones relacionadas con la creación de empleo y la inserción laboral cuyas bases reguladoras han sido aprobadas con anterioridad al año 2026.

El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece que las convocatorias de subvenciones deberán llevar aparejada la autorización de gasto en los términos establecidos en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. Procede, por ello, autorizar el gasto de la subvención para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en los Centros Especiales de Empleo sin ánimo de lucro de Navarra mediante la realización de inversiones en los mismos para el año 2026.

La Economía Social se ha consolidado como un modelo económico esencial para promover la inclusión laboral, la cohesión social y la generación de empleo de calidad para las personas con discapacidad. Los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social asumen, comparten y actúan en base a los principios y objetivos fundamentales que se promueven desde la economía social, primando a las personas con discapacidad sobre el capital, especialmente las personas con discapacidad que mayores dificultades de empleabilidad. Son además empresas sin riesgo de deslocalización y cuyos objetivos están fuertemente ligados y responden a las necesidades del propio tejido social en el que tienen la actividad. En definitiva, los Centros Especiales de Empleo son entidades sociales con el objetivo de fomentar políticas de cooperación, de solidaridad, de equidad entre las personas y de responsabilidad con la cohesión social. Es por esto que se decide dirigir la convocatoria para fomentar las inversiones en los centros especiales de empleo a los de iniciativa social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

Por Resolución 1198/2017, de 5 de mayo, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare se aprobaron las bases de la mencionada convocatoria, siendo modificadas por la Resolución 1462E/2020, de 20 de mayo, Resolución 2322E/2023, de 27 de abril y Resolución 1974E/2024, de 11 de junio.

En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 14 del Decreto Foral 13/2024, de 7 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria de subvenciones para para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social de Navarra mediante la realización de inversiones en los mismos para el año 2026.

2. Autorizar un gasto de 150.000 euros para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria, que será financiado con cargo a la siguiente partida de los Presupuestos Generales de Navarra de Gastos de 2026:

PARTIDA PRESUPUESTARIA

EJERCICIO

IMPORTE

950001 96100 7709 241203. Ayudas a la inversión en Centros Especiales de Empleo

2026

150.000

3. Modificar las siguientes bases de la Resolución 1198/2017, de 5 de mayo, de 23 de septiembre:

3.1. Modificar la base 1 que queda redactada de la siguiente manera:

"1.–Objeto y ámbito de aplicación.

El objeto de estas bases es regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social de Navarra por la realización de inversiones en los mismos, contribuyendo así a reforzar su competitividad y favoreciendo el desarrollo de su actividad, la generación de empleo y la calidad del mismo.

Para poder acogerse a estas bases los Centros Especiales de Empleo deberán realizar las inversiones en centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, con independencia del domicilio social de la empresa."

3.2. Modificar la base 3 que queda redactada de la siguiente manera:

"3.–Beneficiarios de las subvenciones.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se recogen en estas bases reguladoras, las entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo cuando tengan personalidad jurídica propia, figuren inscritos como tales en el Libro de Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo, sean de iniciativa social y lleven al menos 2 años funcionando desde su calificación en Navarra.

Tendrán la consideración de Centros Especiales de Empleo de iniciativa social aquellos Centros Especiales de Empleo que están promovidos y participados en más de un 50%, directa o indirectamente, por una o varias entidades, ya sean públicas o privadas, que no tengan ánimo de lucro o que tengan reconocido su carácter social en sus Estatutos, ya sean asociaciones, fundaciones, corporaciones de derecho público, cooperativas de iniciativa social u otras entidades de la economía social.

También están incluidos dentro de esta definición aquellos Centros Especiales de Empleo cuya titularidad corresponda a sociedades mercantiles en las que la mayoría de su capital social sea propiedad de alguna de las entidades señaladas anteriormente (ya sea de forma directa o bien indirecta a través del concepto de sociedad dominante regulado en el artículo 42 del Código de Comercio), y siempre que en todos los casos en sus estatutos o en acuerdo social se obliguen a la reinversión íntegra de sus beneficios para la creación de oportunidades de empleo para personas con discapacidad y la mejora continua de su competitividad y de su actividad de economía social, teniendo en todo caso la facultad de optar por reinvertirlos en el propio centro especial de empleo o en otros centros especiales de empleo de iniciativa social."

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 27 de abril de 2026.–La directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, María Esther Fernández Razquin.

Código del anuncio: F2606317

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es