BOLETÍN Nº 93 - 14 de mayo de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 124E/2026, de 15 de abril, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se acepta el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de gestión de residuos no peligrosos, cuyo titular es Reciclajes, Transporte y Gestión de Contenedores SL, ubicada en término municipal de Cintruénigo, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Tipo de expediente

Modificación de condiciones de autorización ambiental unificada

Código expediente

0001-0061-2025-000067

Fecha de inicio

24/11/2025

Unidad gestora

Servicio de Economía Circular e Innovación

Teléfono

848426254-848427587

Correo-e

autprema@navarra.es

Clasificación

Legislación

Actividad

Ley Foral 17/2020, de 16-12

Anejo 1 / Grupo 5.1

R.D.L. 1/2016, de 16-12

Anejo I / Centro no incluido

Directiva 2010/75/UE, de 24-11

Anejo I / Centro no incluido

Ley 21/2013, de 9-12

Anexo II / Grupo 9.b)

Instalación

GESTION DE RESIDUOS NO PELIGROSOS

Titular

Reciclajes, Transporte y Gestión de Contenedores SL

NIMA

3107200902

Emplazamiento

C/ Estella número 24 - Polígono 4, parcela 2383

Coordenadas

UTM-ETRS89, huso 30N, x: 599.160,309 e y: 4.657.997,000

Municipio

CINTRUÉNIGO

Proyecto

Inclusión de un nuevo código gestionado código LER 020104

Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada concedida mediante la Resolución 536E/2024, de 10 de diciembre, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación, encontrándose incluida en el anejo 1, grupo 5.1 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.

Con fecha 24/11/2025 el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental unificada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos gestionados del anejo III de la autorización ambiental unificada, de un nuevo residuo con código LER 020104 en el proceso de gestión autorizado R130107.

El Servicio de Economía Circular e Innovación ha revisado la solicitud presentada, concluyendo con la siguiente valoración:

CÓDIGO
LER

DESCRIPCIÓN

VALORACIÓN

02 01 04

Residuos plásticos (excepto embalajes)

Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar mediante el proceso de gestión autorizado R130107 Almacenamiento de residuos, en el ámbito de la recogida. Otros

Los cambios aceptados permiten el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y son acordes con los valores límite de emisión y las exigencias establecidas en su autorización ambiental unificada, así como con la aplicación de las mejores técnicas disponibles.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, procede llevar a cabo la modificación de la autorización ambiental unificada.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Aceptar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de gestión de residuos no peligrosos, cuyo titular es Reciclajes, Transporte y Gestión de Contenedores SL, ubicada en término municipal de Cintruénigo, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Segundo.–En relación con la seguridad contra incendios (Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre), la cantidad de residuos almacenados en la instalación no deberá suponer el incremento del nivel de riesgo intrínseco calculado en la documentación técnica del expediente de concesión de la autorización ambiental unificada.

Tercero.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Quinto.–Trasladar la presente resolución a Reciclajes, Transporte y Gestión de Contenedores SL, al Ayuntamiento de Cintruénigo, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de abril de 2026.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Francisco Javier Larrañeta Nido.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - planta baja, Servicio de Economía Circular e Innovación; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/ConsultasAAU.html#/ConsultaAutorizacionesAmbientalesUnificadas.

Código del anuncio: F2605705

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