BOLETÍN Nº 82 - 28 de abril de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 96E/2026, de 11 de marzo, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención a las organizaciones sindicales para el ejercicio de sus actividades ordinarias, en proporción al número de representantes obtenido en Navarra, correspondiente a 2026. Código BDNS: 892618.

Mediante Orden Foral 26E/2017, de 16 de junio, del Consejero de Desarrollo Económico, se establece el régimen de las subvenciones a conceder a las organizaciones sindicales para el ejercicio de sus actividades ordinarias, en proporción al número de representantes obtenido en Navarra.

La disposición adicional primera de la Orden Foral 26E/2017, de 16 de junio citada, dispone que cada año se aprobará la correspondiente convocatoria de este tipo de subvenciones mediante resolución de la Dirección General competente en materia de trabajo.

Esta subvención ha quedado recogida dentro del Plan Estratégico de Subvenciones 2026-2028 con el número 351.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria de subvenciones a las organizaciones sindicales para el ejercicio de sus actividades ordinarias, en proporción al número de representantes obtenido en Navarra, correspondiente a 2026.

2. Autorizar un gasto de 2.300.000 euros, con cargo a la partida 970000 97000 4819 494108, denominada "Transferencias a centrales sindicales en proporción a su representatividad", del Presupuestos de Gastos de 2026, para atender los compromisos derivados de esta convocatoria.

PARTIDA PRESUPUESTARIA

EJERCICIO

IMPORTE

970000-97000-4819-494108: Transferencias a centrales sindicales en proporción a su representatividad

2026

2.300.000,00

3. Las solicitudes se deberán presentar obligatoriamente de manera telemática a través de la ficha correspondiente del Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es. En la solicitud se deberá señalar que se desea recibir las notificaciones por medios telemáticos. Para ello los solicitantes deberán disponer de una Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).

En el caso de que los solicitantes no dispongan de ella, la Administración les creará de oficio una DEHú, en la cual les serán practicadas todas las notificaciones.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria anual en el Boletín Oficial de Navarra y concluirá el mismo día en que se produjo la publicación en el mes de vencimiento.

El periodo de realización de los gastos subvencionables será del 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre del año 2026. Por gasto realizado se entenderá el que haya sido facturado y pagado en el indicado periodo.

El IVA tendrá la consideración de gasto subvencionable siempre que las actividades que realicen las beneficiarias estén exentas de IVA y no puedan disfrutar del derecho de deducción.

4. Las organizaciones sindicales que hubiesen obtenido en Navarra el 10 por 100 o más de representantes en empresas y Administraciones públicas podrán solicitar el pago a cuenta de la subvención antes del 30 de junio de 2026, por la actividad sindical realizada desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 30 de mayo de 2026. Para ello, deberán presentar su solicitud junto con una memoria valorada de la actividad realizada en ese periodo.

5. Las organizaciones sindicales que reciban una subvención igual o superior a 40.000 euros deberán presentar, junto con la justificación final de gastos, la memoria explicativa señalada en el artículo 7 de la Orden Foral 26E/2017, de 16 de junio, del Consejero de Desarrollo Económico.

6. En lo no previsto en los apartados anteriores la convocatoria se regirá por las bases reguladoras establecidas en la Orden Foral 26E/2017, de 16 de junio, del Consejero de Desarrollo Económico.

7. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

8. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 11 de marzo de 2026.–El director general de Economía Social y Trabajo, Iñaki Mendióroz Casallo.

Código del anuncio: F2604215

Hace cien años

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