BOLETÍN Nº 80 - 24 de abril de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1E/2026, de 23 de marzo, del director del Servicio de Gestión, Ordenación de Transportes y Movilidad, por la que se convoca la realización de las pruebas para la obtención y para la renovación del certificado de capacitación profesional de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

El Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) ha impuesto a las empresas cuya actividad comprenda la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones conexas de embalaje, de carga, de llenado o de descarga relacionadas con estos transportes, designar a uno o a varios consejeros de seguridad, en adelante llamados "consejeros", para el transporte de mercancías peligrosas, encargados de ayudar en la prevención de riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente, inherentes a estas actividades.

El Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, regula las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. El artículo 26 de dicho Real Decreto establece que, para poder ejercer sus funciones, la persona que ostente el cargo de consejero/a deberá superar previamente un examen sobre las obligaciones que le corresponden y sobre las materias detalladas en los mismos.

La Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable, determina las modalidades de los exámenes y la estructura de los ejercicios así como el procedimiento para la renovación de los certificados de consejeros de seguridad, dejando como única posibilidad para la renovación de los certificados la superación de la correspondiente prueba de control en el último año anterior a la finalización de su plazo de vigencia establecido en 5 años.

El citado Real Decreto 97/2014 derogó el artículo 4 de la Orden FOM/605/2004 que establecía la obligación de las personas aspirantes de concurrir a las pruebas convocadas y realizadas por los órganos competentes en el territorio en que tuviesen su residencia habitual.

La Sección de Gestión propone realizar la convocatoria anual para la realización de las pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, así como la renovación de los certificados cuya validez finalice en los próximos meses.

Las personas aspirantes a la obtención del certificado podrán optar entre examinarse globalmente de todas las especialidades a la vez o de forma separada para alguna o algunas de ellas.

Por su parte, las personas que deseen renovar el certificado deberán examinarse de la modalidad o modalidades que obtuvieron en su día.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el apartado 7 de la Disposición Adicional Segunda del Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial, y de conformidad con lo propuesto por la Sección de Gestión,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la realización de las pruebas para la obtención y para la renovación del certificado de capacitación profesional de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, que se regirán por las Bases que se incorporan como Anexo a la presente Resolución.

2.º Notificar esta Resolución a la Sección de Gestión.

3.º Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Indicar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Directora General de Transportes y Movilidad Sostenible en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 23 de marzo de 2026.–El director del Servicio de Gestión, Ordenación de Transportes y Movilidad, Santiago Alemán Carrica.

ANEXO.–BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE CAPACITACIÓN PROFESIONAL DE CONSEJERO/A DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR CARRETERA Y PARA LA RENOVACIÓN DE LOS CERTIFICADOS CUYA VALIDEZ FINALIZA EN LOS PRÓXIMOS MESES

Primera.–Objeto.

1. Esta convocatoria tiene por objeto la realización de las pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y para la renovación de los certificados que se encuentren en el último año anterior a la finalización de su plazo de validez de 5 años.

2. Para la obtención de los certificados de capacitación profesional de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera las personas candidatas deberán superar un examen, pudiendo optar entre examinarse globalmente para todas las especialidades o de forma separada para algunas de las siguientes especialidades:

–Clase 1 (materias y objetos explosivos).

–Clase 2 (gases).

–Clase 7.

–Clase 3; 4.1; 4.2; 4.3; 5.1; 5.2; 6.1; 6.2; 8 y 9. Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR).

–Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (gasóleo), 1203 (gasolina) y 1223 (queroseno).

La opción de examinarse globalmente para todas las especialidades será incompatible con las distintas modalidades de examen de especialidades separadas, constituyendo causa de exclusión de éstas últimas.

3. Para la renovación de los certificados de capacitación profesional de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, las personas candidatas deberán superar un examen de la especialidad de transporte de cuyo certificado estén en posesión.

Segunda.–Presentación de las solicitudes y documentación.

1. Las personas que deseen participar en las pruebas de la presente convocatoria deberán cumplimentar el formulario disponible en la ficha de la convocatoria recogida en el Portal del Gobierno de Navarra. Se localiza esta ficha en la siguiente dirección:

https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/capacitacion-de-consejeros-as-de-seguridad

2. En el momento de cumplimentar el formulario de inscripción, las personas solicitantes deberán adjuntar el justificante de haber ingresado en la cuenta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad de 22 euros, en concepto de tasa por la presentación al examen, por cada una de las especialidades de certificado de capacitación que se desee obtener o renovar.

Tercera.–Plazo de inscripción.

El plazo de inscripción a las pruebas para la obtención y/o renovación del certificado será de quince días hábiles desde la fecha que se indicará en la ficha web de la convocatoria recogida en el Portal del Gobierno de Navarra.

Cuarta.–Lista provisional y definitiva de personas admitidas y excluidas.

Finalizado el plazo de inscripción, se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas en la ficha de la convocatoria.

Las personas aspirantes excluidas podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido durante un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de las listas provisionales. Una vez finalizado el periodo de subsanación, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se hará pública de igual forma que la provisional.

Quinta.–Tribunal.

El tribunal que presidirá la realización de las pruebas estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidenta: María Aránzazu Murillo Zabalza, jefa de la Sección de Gestión.

Suplente: Santiago Alemán Carrica, director del Servicio de Gestión, Ordenación de Transportes y Movilidad.

Vocales:

–Charo Loitegui Biurrun, jefa de la Sección de Régimen Jurídico del Transporte.

–Loreto Gabari Sorozabal, jefa del Negociado de Gestión de Actividades de Transporte.

–Ana Serrano Herrera, jefa del Negociado de Autorizaciones de Transporte.

Suplentes:

–Raquel Remírez Barragán, directora del Servicio de Inspección y Régimen Jurídico de Transporte.

–Miguel Angel Jiménez de Cisneros y Fonfría, jefe de la Sección de Movilidad, Logística y Transportes.

–María Begoña Goñi Encinas, jefa del Negociado de Sanciones de Transportes.

Secretario: Oscar Molviedro Barea, jefe del Negociado de Convocatorias y Tarjetas.

Suplente: Laura Echeverría Iturbide, jefa del Negociado de Control Jurídico de Transportes.

Sexta.–Contenido de las pruebas.

Las pruebas versarán sobre las obligaciones que correspondan a la persona consejera de seguridad y sobre las materias recogidas en el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de mercancías peligrosas por carretera en el estado español, y en el Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), en vigor a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Séptima.–Estructura de los ejercicios.

1. Las pruebas para la obtención del certificado constarán de dos ejercicios.

El primer ejercicio consistirá en contestar a 50 preguntas tipo "test", con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias contenidas en la Base Sexta. Para la realización de este ejercicio no se permitirá la consulta de ningún texto. El tiempo máximo para su realización será de una hora.

El segundo ejercicio, en el que se permitirá la consulta de textos, excepto en los que figure la solución a los supuestos, consistirá en la realización de un estudio o supuesto que, con referencia a la especialidad correspondiente versará sobre las tareas y obligaciones a realizar y/o cumplir por el consejero/a. El tiempo máximo para su realización será de una hora.

En el caso de que la persona aspirante opte por realizar un ejercicio independiente para alguna o algunas de las especialidades señaladas en el apartado 2 de la Base Primera, los ejercicios mantendrán el mismo esquema y versarán únicamente sobre aquellas materias que puedan afectar a la especialidad de que se trate.

2. El examen para la renovación del certificado consistirá en la realización de un solo ejercicio, en el que se habrá de responder a 50 preguntas tipo "test", con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias contenidas en la Base Sexta, teniendo una duración de una hora. Para su realización no se permitirá la consulta de ningún texto.

Octava.–Calificación de los ejercicios.

Cada ejercicio se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superado cuando se obtenga una puntuación igual o superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

Novena.–Fechas y lugar de realización de las pruebas.

1. Las pruebas se realizarán en el aulario de la Facultad de Comunicación de la Universidad de Navarra, en los meses de mayo y noviembre de 2026.

La fecha y el horario concreto de realización de cada prueba se publicará en la ficha de la convocatoria recogida en el Portal del Gobierno de Navarra.

2. Los posibles cambios en las fechas y/o lugar de realización de las pruebas de esta convocatoria impuestos por causas sobrevenidas se informarán igualmente en la ficha de la convocatoria.

3. Las personas aspirantes deberán presentarse a la realización de las pruebas provistas del DNI u otro documento que acredite fidedignamente su identidad, a criterio del Tribunal.

4. En ningún caso, se permitirá la utilización de teléfonos móviles, equipos portátiles o electrónicos y, en general, dispositivos de telecomunicación inalámbrica o de cualquier otro tipo de emisión o recepción de información. La utilización de los citados dispositivos implicará la expulsión inmediata del examen de la persona aspirante y la anulación de su prueba.

Décima.–Relación de personas aprobadas.

1. Terminada la calificación de los ejercicios, el tribunal hará pública la relación provisional de las personas que hayan aprobado en la ficha de la convocatoria. En dicho anuncio se informará del período de revisión de exámenes.

Una vez finalizado éste, se dará traslado de la lista definitiva de aprobados al director del Servicio de Gestión, Ordenación de Transportes y Movilidad del Gobierno de Navarra.

2. La Resolución del director del Servicio de Gestión, Ordenación de Transportes y Movilidad del Gobierno de Navarra aprobando la relación de las personas aspirantes que han superado las pruebas se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la directora general de Transportes y Movilidad Sostenible en el plazo de un mes a contar desde la referida publicación.

Undécima.–Recogida de certificados.

Las personas que habiendo aprobado el examen deseen desempeñar o seguir desempeñando las labores propias de consejero/a de seguridad, deberán recoger el certificado correspondiente expedido por el Servicio de Gestión, Ordenación de Transportes y Movilidad del Gobierno de Navarra, a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la relación de las personas aspirantes que han superado las pruebas.

Código del anuncio: F2604642

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