BOLETÍN Nº 80 - 24 de abril de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 32E/2026, de 8 de abril, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba definitivamente la modificación de la normativa urbanística de régimen de suelo no urbanizable del planeamiento municipal, correspondiente al artículo 43, apartado B, punto 2 del Plan Municipal de Imotz, promovida por Ayuntamiento de Imotz.

EXPEDIENTE MODIFICACIÓN DE PLAN MUNICIPAL

Municipio: IMOTZ.

Emplazamiento: Normativa SNU, apartado 2 del artículo 43.B Normas Urbanísticas.

Promotor: AYUNTAMIENTO DE IMOTZ.

Aprobación inicial: 12/12/2024. BON: 26/12/2024.

Aprobación provisional: 03/07/2025.

Entrada Dpto.: 26/11/2025. N.º Reg.: 1568849.

Normativa de aplicación: Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio.

Decreto Foral 253/2019, de 16 de octubre, por el que se regula el Registro de Planeamiento de Navarra y el formato de presentación de los instrumentos de planificación urbanística y territorial de Navarra.

El Ayuntamiento de Imotz ha presentado ante el Departamento de Cohesión Territorial, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

El objeto del expediente consiste en cambiar las condiciones de las construcciones de ganadería intensiva y granjas, reguladas en el apartado 2 del punto B del artículo 43 en suelo no urbanizable de las Normas Urbanísticas del Plan Municipal, con el fin de que la distancia mínima de la edificación al límite del suelo urbano a aplicar sea la de la legislación sectorial vigente, sin restricción supletoria municipal.

Mediante Resolución 617E/2025, de 30 de junio, del director general de Medio Ambiente se formula Informe Ambiental Estratégico favorable sobre la presente modificación, considerando que no tiene efectos ambientales significativos.

Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 154, de 4 de agosto de 2025.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la modificación de normativa urbanística de régimen de suelo no urbanizable del planeamiento municipal correspondiente al artículo 43, apartado B, punto 2 del Plan Municipal de Imotz, promovida por el Ayuntamiento de Imotz.

2.º Notificar esta orden foral al promotor del expediente, y a la Sección de Impacto Ambiental, a los efectos oportunos.

3.º Trasladar la orden foral al Ayuntamiento de Imotz para su conocimiento y efectos y, en concreto, para que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra, con el fin de que se produzca la entrada en vigor del instrumento urbanístico aprobado.

4.º Señalar que esta orden foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente orden foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 8 de abril de 2026.–El consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite Cornago.

Código del anuncio: F2605462

Hace cien años

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