1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
ORDEN FORAL 8E/2026, de 24 de marzo, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se autoriza la encomienda al Servicio de Patrimonio de la realización de actuaciones de carácter material, técnico y de gestión vinculadas a la contratación pública referidos al organismo autónomo Hacienda Foral de Navarra.
Conforme al Decreto Foral 244/2023, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo Hacienda Foral de Navarra, dicho organismo autónomo posee personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, incluyendo la facultad de celebrar los contratos públicos necesarios para el cumplimiento de sus fines.
No obstante, al no disponer en la actualidad de personal ni medios técnicos suficientes para tramitar de forma autónoma dichos procedimientos, viene haciendo uso de la colaboración del Servicio de Patrimonio a través de la técnica de la encomienda de gestión.
Dicha colaboración se rige actualmente por la Orden Foral 3E/2024, de 12 de marzo. Ante la próxima expiración de su vigencia, se estima procedente renovar este instrumento de apoyo técnico por un nuevo periodo de dos años para garantizar la eficacia en la gestión.
El artículo 14 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, regula la encomienda de gestión como un instrumento para la realización de actividades de carácter material y técnico. Según el apartado segundo de dicho artículo, cuando la encomienda se realiza entre órganos de un mismo departamento, esta se articulará mediante la autorización de la persona titular del mismo.
Tanto el organismo autónomo Hacienda Foral de Navarra como el Servicio de Patrimonio se encuentran integrados orgánica y funcionalmente en el Departamento de Economía y Hacienda, cumpliéndose así los requisitos para su articulación mediante la presente orden foral.
De conformidad con la citada Ley Foral 11/2019, la encomienda detalla a continuación las actividades afectadas, su plazo de vigencia, naturaleza y obligaciones asumidas, requiriéndose para su eficacia la publicación íntegra en el Boletín Oficial de Navarra.
En virtud de lo expuesto,
ORDENO:
1.º Autorizar la encomienda de gestión al Servicio de Patrimonio de la realización de actuaciones de carácter material, técnico y de gestión vinculadas a la contratación pública referidas al organismo autónomo Hacienda Foral de Navarra.
Esta encomienda no supone cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Corresponde al organismo autónomo Hacienda Foral de Navarra la responsabilidad de dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte a la actividad objeto de esta encomienda.
2.º Establecer que las obligaciones del Servicio de Patrimonio serán:
a) Instrucción, tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de contratación pública.
b) Gestión de los anuncios obligatorios en el Portal de Contratación de Navarra y en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), abarcando licitación, adjudicación y cualquier publicidad derivada de la fase de ejecución del contrato.
c) Tramitación de reclamaciones ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, incluyendo la preparación de respuestas a alegaciones y la remisión del expediente.
d) Asesoramiento jurídico en las vicisitudes de la ejecución contractual (entre otras, prórrogas, modificaciones, imposición de penalidades o resolución por incumplimiento).
3.º Establecer que las obligaciones del organismo autónomo Hacienda Foral de Navarra serán:
a) Emisión del informe de necesidad, definición del objeto del contrato y certificación de la existencia de crédito presupuestario. Cada expediente deberá ir precedido de la pertinente descripción con el detalle suficiente para su gestión, y la autorización del gasto necesario para ello, en cualquiera de las formas establecidas al efecto.
b) Dictar los actos administrativos pertinentes, generalmente de inicio del procedimiento y de adjudicación y proceder a la formalización de los contratos.
c) El seguimiento y control ordinario de la ejecución del contrato.
d) El seguimiento y la gestión integral de los expedientes en vía contencioso-administrativa, incluyendo la preparación del expediente y los emplazamientos.
e) La promoción y el seguimiento de los expedientes que se realizarán desde la Sección de Administración de la Hacienda Foral de Navarra, en ejercicio de las funciones que tiene atribuidas.
4.º La presente encomienda no conlleva contraprestación económica entre las partes, al ejecutarse con los medios personales y materiales ya disponibles en el Departamento.
5.º El plazo de vigencia de la presente encomienda será de dos años a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
6.º Trasladar esta orden foral al Servicio de Patrimonio y a la Sección de Administración de Hacienda Foral de Navarra.
7.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra a los efectos oportunos.
Pamplona, 24 de marzo de 2026.–El consejero de Economía y Hacienda, José Luis Arasti Pérez.
Código del anuncio: F2604521