1. Comunidad Foral de Navarra
1.4. Subvenciones, ayudas y becas
RESOLUCIÓN 182/2026 de 26 de marzo, del director general de Agricultura y Ganadería, por la que se modifica la Resolución 297/2023 de 27 de abril que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la promoción de productos agrícolas mediante la organización de certámenes ganaderos y aprueba la convocatoria para el año 2026. Código BDNS: 895546.
En la Comunidad Foral de Navarra se celebran a lo largo del año una serie de certámenes ganaderos que pueden ser de ámbito local, comarcal y regional y que adoptan la forma de exposición, subasta, concurso, muestra, mercado o feria. La clasificación de estos eventos será determinada según su ámbito territorial a la vista de la memoria presentada por los organizadores de los mismos en el momento de su autorización.
Dado que los efectos económicos de las ayudas no varían en función de si es financiada o no en parte por la Unión, o si es financiada únicamente por un Estado miembro, debe haber congruencia y coherencia entre la política de la Comisión en materia de control de las ayudas estatales y la ayuda que se conceda al amparo de la política agrícola común. Las normas jurídicas que prevén el establecimiento de estos regímenes estatales de ayuda tienen generalmente idéntica duración al de las concedidas al amparo de la política agrícola común. Las ayudas a la promoción de productos agrícolas mediante la organización de certámenes ganaderos se enmarcan en el artículo 24.2.a) del Reglamento (UE) número 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. DOUE L 327, de 21 de diciembre de 2022.
Por otra parte, Navarra ostenta en virtud de su régimen foral, competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía, según se establece en el artículo 50.1.a) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral (LORAFNA). Por resolución 297/2023, de 27 de abril, del director general de Agricultura y Ganadería, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la promoción de productos agrícolas mediante la organización de certámenes ganaderos, en el periodo 2023-2029. La Comisión acusó recibo de la información resumida transmitida por la autoridades de la Comunidad Foral de Navarra, y registró la notificación sobre la medida de ayuda exenta con el número de ayuda SA.107797.
La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, determina en sus artículos 18 y 19, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará de oficio, cuando previamente el órgano competente haya establecido la norma o convocatoria de subvención y sus correspondientes bases reguladoras, salvo que ya existieran éstas.
Este tipo de celebraciones está teniendo cada vez más repercusión en nuestros pueblos y a lo largo de los años, se ha comprobado que lo más costoso es el transporte de los animales a los certámenes, por lo tanto, se pretende reducir el número mínimo de UGM que para poder ser benefiiario de la ayuda, pasa de 30 a 15 unidades de ganado mayor.
Por otra parte se pretende priorizar este tipo de eventos en función del tamaño de la localidad donde se celebren, otorgando mayor puntuación cuanto menor sea la población con el objeto de dinamizar estos eventos en los entornos rurales. Junto a ello, dado que caben eventos mixtos y que sean al mismo tiempo exposición y concurso, se unifican las puntuaciones de ambos tipos de certámenes cuando se celebran conjuntamente, al objeto de no sobrepuntuar artificialmente este tipo de eventos.
Para la consecución de estos objetivos la Comunidad Foral de Navarra modifica la Resolución 297/2023, de 27 de abril y aprueba la correspondiente convocatoria de ayudas a la promoción de productos agrícolas mediante la organización de certámenes ganaderos, para el año 2026.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,
RESUELVO:
1.º Aprobar la modificación de la Resolución 297/2023, de 27 de abril del director general de Agricultura y Ganadería, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la promoción de productos agrícolas mediante la organización de certámenes ganaderos, en el periodo 2024-2029, en la forma que se recoge en el anexo I de la presente resolución.
2.º Aprobar la convocatoria de ayudas a la promoción de productos agrícolas mediante la organización de certámenes ganaderos, para el año 2026.
3.º El plazo para la presentación de solicitudes de ayuda correspondientes al año 2026, finalizará en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la correspondiente convocatoria de ayuda anual en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Para esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la Resolución 297/2023, de 27 de abril, del director general de Agricultura y Ganadería, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la promoción de productos agrícolas mediante la organización de certámenes ganaderos, en el periodo 2023-2029, con las modificaciones establecidas en el anexo I de esta resolución.
5.º La persona perceptora de la ayuda económica asume el compromiso de no incurrir en deslocalización empresarial, conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Ley Foral 18/2020, de 16 de diciembre, sobre medidas a favor del arraigo empresarial y contra la deslocalización empresarial.
6.º La persona beneficiaria deberá presentar la declaración sobre la obligación de transparencia prevista en la base decimotercera de la Resolución 297/2023, de 27 de abril, del director general de Agricultura y Ganadería a través del siguiente enlace:
https://administracionelectronica.navarra.es/RGE2/GestorInstancia.aspx?idInstancia=2010565
7.º Para atender los gastos derivados de esta convocatoria se autoriza un gasto de 56.100 euros con cargo a la partida 710004 71300 4609 412200 "Ferias y certámenes ganaderos" del Presupuesto de Gastos de 2026.
8.º Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
9.º Registrar la presente convocatoria de subvenciones en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones (BDGNS).
10.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 26 de marzo de 2026.–El director general de Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.
ANEXO I.–MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 297/2023, DE 27 DE ABRIL DEL DIRECTOR GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,
POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS
PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LA PROMOCIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS MEDIANTE LA ORGANIZACIÓN DE CERTÁMENES GANADEROS,
EN EL PERIODO 2023-2029
Base primera.
Se modifica la base segunda, punto 5, apartado e) del anexo I de la Resolución 297/2023, de 27 de abril, del director general de Agricultura y Ganadería, relativo a Beneficiarios y requisitos para acceder a las ayudas, que queda redactada de la siguiente manera:
e) Participación mínima de ganado: se exigirá que la participación del ganado sea la adecuada, existiendo en las diferentes secciones el número suficiente de ejemplares de diferentes ganaderos para que pueda existir la necesaria representación y competitividad. En todo caso para recibir ayudas deberán concurrir un mínimo de 15 unidades de ganado mayor (U.G.M.) o equivalente. El cálculo de UGM será según lo establecido en el anexo V Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
Base segunda.
Se modifica la base sexta, punto 2, del anexo I de la Resolución 297/2023, de 27 de abril, del director general de Agricultura y Ganadería, relativo a Forma, prioridades, criterios objetivos de concesión de la subvención que queda redactada de la siguiente manera:
2. El criterio de selección para determinar el orden de prioridad será por tipo de certamen y población del municipio y se puntuará de la siguiente forma:
1) Tipo de certamen:
a) Concurso o concurso-exposición: 10 puntos.
b) Subasta: 5 puntos.
c) Exposición: 5 puntos.
d) Muestras: 3 puntos.
2) Lugar de celebración:
a) Certámenes a realizar en municipios < 5.000 habitantes: 10 puntos.
b) Certámenes a realizar en municipios < 50.000 habitantes y mayores de 5.000 habitantes: 5 puntos.
c) Certámenes a realizar en municipios de población mayor de 50.000 habitantes: 0 puntos.
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