2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
PAMPLONA
Exposición pública de la modificación del artículo 89 del PEPRI del Casco Antiguo
LA Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 1 de abril de 2026, adoptó el siguiente acuerdo:
JOB 01-ABR-26 (2/UV).
En el Boletín Oficial de Navarra de 13 de enero de 2017 se publicó la modificación de los artículos 87, 88 y 89 de la normativa urbanística del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Antiguo. Se modificaba la normativa relativa a los usos (artículos 87,88 y 89) en lo relativo a las actividades hosteleras y aportaba un texto actualizado de la redacción definitiva de esos artículos. La modificación se completaba con 3 disposiciones: Transitoria, interpretativa y final.
Entre las determinaciones previstas en citada modificación de PEPRI de 2017 estaba la relativa a que todos los bares y cafeterías dispusiesen de un departamento estanco en el acceso con anterioridad al 1 de enero de 2025 e indicaba que cuando la construcción del departamento estanco fuese incompatible con el grado de protección del local o edificio o el ayuntamiento reconociese, excepcionalmente, una especial dificultad, se considerarían otras soluciones, como puedan ser las relativas al horario de funcionamiento o a la ausencia de instalación musical, que permitiesen el mayor grado posible de adecuación efectiva y que, en su caso, quedarán recogidas en el cartel informativo.
La presente modificación del PEPRI tiene por objeto introducir un cambio en la normativa urbanística del Plan Especial de Protección y Reforma Interior de Casco Antiguo (en adelante PEPRI), en concreto en las disposiciones transitoria y final del artículo 89, en la parte relativa a la exigencia de departamento estanco en las actividades hosteleras preexistentes.
Esta modificación del PEPRI es de aplicación en el ámbito del Casco Antiguo de Pamplona, Unidad Integrada VIII, ZO-1.
Consta en el expediente informe del Arquitecto Municipal de fecha 18 de marzo de 2026 e informe de la Directora de la Asesoría Jurídica de fecha 24 de marzo de 2026.
En virtud de lo expuesto,
SE ACUERDA:
1.º Aprobar inicialmente el documento de Modificación Puntual del Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del Casco Antiguo (disposición transitoria y final artículo 89), promovido por el Ayuntamiento de Pamplona.
2.º Someter a información pública y audiencia el documento durante el plazo de un mes a los efectos de lo dispuesto en el artículo 72 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, pudiéndose presentar, durante dicho plazo, cuantos escritos de alegaciones se consideren oportunos, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Solicitar los informes preceptivos que correspondan para su incorporación al expediente y valoración previa a la aprobación definitiva de la modificación del artículo 89 y disposiciones asociadas del Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del Casco Antiguo, promovido por el Ayuntamiento de Pamplona.
4.º Publicar en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón municipal de edictos y la sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona, e insertar anuncios en al menos en los diarios editados en Navarra.
5.º Ordenar la exposición del expediente en las dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo situada en la Avenida del Ejército / Armada Etorb. 2, 6. Sol. 31002 Pamplona / Iruña en horario de atención al público, y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona (https://www.pamplona.es/ayuntamiento/normativa/normativa-en-tramitacion/participacion-publica-en-proyectos-normativos).
6.º Dar traslado del presente acuerdo al Área de Gobierno Estratégico, Urbanismo, Vivienda y Agenda 2030.
Pamplona, 7 de abril de 2026.–El alcalde, Joseba Asiron Saez.
L2605167
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