2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
IRAÑETA
Tipos impositivos para 2026
El Ayuntamiento de Irañeta, en sesión ordinaria celebrada el 16 de marzo de 2026, acordó, con el quorum legalmente establecido, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 64 y 132 la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas locales de Navarra, aprobar los tipos impositivos y tasas para el ejercicio 2026, que se detallan a continuación:
Primero.
1.–Establecer el tipo impositivo del 0,23% para la contribución territorial.
2.–Impuesto sobre el incremento de los terrenos de naturaleza urbana: para determinar el importe del incremento real se aplicarán los coeficientes máximos del cuadro del artículo 175 de la Ley Foral de Haciendas Locales. El tipo impositivo será del 8%.
3.–Establecer el tipo impositivo del 3,00% al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
4.–Impuesto de actividades económicas: aplicar el índice mínimo de 1,2.
5.–Tasas.
5.1. Aguas.
5.1.0. Consumo mínimo a facturar, menor o igual a 40 m³ el semestre. Cuota mínima 13 euros.
5.1.1. Consumo doméstico: 0,37 euros/ m³, a partir de 40 m³.
5.1.2. Consumo industrial: 0,43 euros/ m³.
5.1.3. Canon mantenimiento: 3,6 euros más IVA.
5.1.4. Enganche a red abastecimiento o acometida uso doméstico: 200 euros.
5.1.5. Enganche a red abastecimiento o acometida uso industrial: 300 euros.
5.2. Lotes de leña.
5.3.1. Árboles durante el año (no del lote) se cubicará por los alguaciles. El plazo para disponer de los mismos es de dos meses.
5.3. Auzolanes.
4 al año (60 euros cada uno).
Tarifas borda: Las establecidas en la Ordenanza reguladora del uso de actividades recreativas privadas en Borda Basokoetxea.
Segundo.–Aprobar el siguiente calendario de recaudación municipal.
El impuesto de circulación de vehículos se girará en marzo.
El impuesto sobre la contribución territorial se girará en septiembre.
El impuesto de actividades económicas se girará en octubre.
La tasa por consumo de agua se cobrará semestralmente, en junio y en diciembre.
Tercero.–Resto de tasas y precios públicos como figuran en sus respectivas tarifas.
Cuarto.–El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2026.
Contra este acuerdo se pueden interponer los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo.
b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o Salda del mismo orden del tribunal superior de justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la referida publicación.
c) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo.
Irañeta, 16 de marzo de 2026.–El alcalde, Jose Ignacio Arangoa Cía.
Código del anuncio: L2604868