1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 25E/2026, de 27 de febrero, del director del Servicio de Comunicación, por la que se renueva la licencia a Sumando Tv y Web SA para la prestación del servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrenal de ámbito autonómico NATV 2.
Conforme a lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, las concesiones para la gestión indirecta del servicio público de radio o televisión por ondas hertzianas terrestres de ámbito estatal, autonómico o local, que no habían sido declaradas extinguidas a la entrada en vigor de dicha ley, debían transformarse en licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual.
En Navarra, con base en ello, mediante Resolución 71/2010, de 24 de noviembre, del Director General de Comunicación, se transformaron las concesiones para la gestión indirecta del servicio público de comunicación audiovisual, que se relacionaron en los anexos 1 y 2 de la Resolución, en licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual. Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 150, de 10 de diciembre de 2010.
En el anexo 2 de la resolución referenciada figuraba Editora Independiente de Medios de Navarra SA, como titular de una licencia para la prestación del servicio de televisión digital terrenal en la Comunidad Foral de Navarra, que le autorizaba a la emisión de dos programas o canales de televisión. La vigencia de dicha licencia era de quince años a contar desde la fecha de publicación de la Resolución.
Por Resolución 10E/2020, del Director General de Comunicación y Relaciones Institucionales, se inscribió en el Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Navarra la modificación de la razón social de Editora Independiente de Medios de Navarra, SA, que pasó a denominarse Sumando TV y Web, SA. La inscripción se aprovechó para que el nuevo titular lo fuera de dos licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual de televisión digital terrenal de ámbito autonómico, una por cada programa o canal para las que tenía autorización.
Con fecha 17 de septiembre de 2025, la mercantil Sumando TV y Web, SA ha presentado solicitud de renovación de dichas licencias.
La normativa navarra aplicable en este caso, el Decreto Foral 5/2012, de 25 de enero, sobre servicios de comunicación audiovisual de Navarra, prevé en su artículo 21.2. la renovación de estas licencias remitiéndose a la normativa básica aplicable actualmente constituida por la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, que establece en su artículo 29.1 que las licencias se otorgan para la explotación por las entidades licenciatarias por un plazo de quince años, a contar, en este caso, desde la fecha de transformación de las concesiones en licencias.
Asimismo, en virtud de lo establecido en el artículo 29.2 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, corresponde proceder a la renovación automática de la licencia, por el mismo plazo estipulado inicialmente, siempre que:
"a) Se satisfagan las mismas condiciones exigidas que para ser titular de ella y se hayan cumplido las establecidas para la prestación del servicio.
b) No existan obstáculos técnicos sobrevenidos e insalvables en relación con el espectro de las licencias afectadas.
c) El titular de la licencia se encuentre al corriente en el pago de las tasas por la reserva del dominio público radioeléctrico, y de las previstas en esta ley".
A fin de acreditar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 29.2 referenciado, la Sección de Publicidad Institucional, Redes Sociales y Medios Audiovisuales ha comprobado que la solicitud de renovación presentada por Sumando Web y TV SA ha sido acompañada de documentación justificativa de las comprobaciones exigidas en el artículo 29.2. de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, que incluye una declaración responsable de cumplir los tres requisitos mencionados.
Asimismo, se ha comprobado que el Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Navarra cuenta con todos los datos de este titular de licencia establecidos en el artículo 28 del Decreto Foral 5/2012, de 25 de enero, sobre servicios de comunicación audiovisual de Navarra.
La Sección de Publicidad Institucional, Redes Sociales y Medios Audiovisuales ha emitido informe - propuesta concluyendo que procede renovar automáticamente esta licencia del Canal 2 o NATV 2.
A la vista del informe de la Sección de Publicidad Institucional, Redes Sociales y Medios Audiovisuales y en virtud de lo establecido en el artículo 43. e) del Decreto Foral 238/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia e Igualdad y conforme a las facultades delegadas mediante Resolución 11E/2025, de 27 de febrero, del director general de Comunicación y Proyección Institucional,
RESUELVO:
1.º Renovar a Sumando Tv y Web, SA la licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrenal (TDT) autonómica NATV 2, con efecto desde el 11 de diciembre de 2025 y hasta el 10 de diciembre de 2040, ambos inclusive.
2.º Inscribir esta renovación en el Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Navarra.
3.º Notificar esta resolución a la interesada y dar traslado de la misma a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
4.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
5.º Contra esta esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Presidencia e Igualdad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.
Pamplona / Iruña, 27 de febrero de 2026.–El director del servicio de Comunicación.–Por delegación de competencia (Resolución 11E/2025, de 27 de febrero, del director general de Comunicación y Proyección Institucional).–Javier Solano Marzo.
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