BOLETÍN Nº 66 - 7 de abril de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 23E/2026, de 27 de febrero, del director del Servicio de Comunicación, por la que se renueva la licencia a Asociación Cultural Xorroxin Elkartea para la prestación del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Lesaka (88.0 FM).

Conforme a lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, las concesiones para la gestión indirecta del servicio público de radio o televisión por ondas hertzianas terrestres de ámbito estatal, autonómico o local, que no habían sido declaradas extinguidas a la entrada en vigor de dicha ley, debían transformarse en licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual.

En Navarra, con base en ello, mediante Resolución 71/2010, de 24 de noviembre, del Director General de Comunicación, se transformaron las concesiones para la gestión indirecta del servicio público de comunicación audiovisual, que se relacionaron en los anexos 1 y 2 de la Resolución, en licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual. Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 150, de 10 de diciembre de 2010.

En el anexo 1 de la resolución referenciada figuraba la Asociación Cultural Xorroxin Elkartea como titular de una licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Lesaka (88.0 FM). La vigencia de dicha licencia era de quince años a contar desde la fecha de publicación de la Resolución.

Con fecha 10 de diciembre de 2025, Asociación Cultural Xorroxin Elkartea ha presentado solicitud de renovación de dicha licencia a través de la ficha de trámite publicada a tal efecto en el portal del Gobierno de Navarra.

La normativa navarra aplicable en este caso, el Decreto Foral 5/2012, de 25 de enero, sobre servicios de comunicación audiovisual de Navarra, prevé en su artículo 21.2 la renovación de estas licencias remitiéndose a la normativa básica aplicable actualmente constituida por la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, que establece en su artículo 29.1 que las licencias se otorgan para la explotación por las entidades licenciatarias por un plazo de quince años, a contar, en este caso, desde la fecha de transformación de las concesiones en licencias.

Asimismo, en virtud de lo establecido en el artículo 29.2 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, corresponde proceder a la renovación automática de la licencia, por el mismo plazo estipulado inicialmente, siempre que:

"a) Se satisfagan las mismas condiciones exigidas que para ser titular de ella y se hayan cumplido las establecidas para la prestación del servicio.

b) No existan obstáculos técnicos sobrevenidos e insalvables en relación con el espectro de las licencias afectadas.

c) El titular de la licencia se encuentre al corriente en el pago de las tasas por la reserva del dominio público radioeléctrico, y de las previstas en esta ley".

A fin de acreditar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 29.2 referenciado, la Sección de Publicidad Institucional, Redes Sociales y Medios Audiovisuales ha requerido a la entidad titular de la licencia con fecha 14 de enero de 2026 completar la ficha de solicitud de renovación de licencias de comunicación audiovisual presentada, que incluye una declaración responsable de cumplir los tres requisitos mencionados.

La subsanación ha sido atendida correctamente el 16 de enero de 2026, en plazo, y la Sección de Publicidad Institucional, Redes Sociales y Medios Audiovisuales ha emitido informe-propuesta concluyendo que procede renovar automáticamente esta licencia.

Asimismo, se ha comprobado que el Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Navarra cuenta con todos los datos de este titular de licencia establecidos en el artículo 28 del Decreto Foral 5/2012, de 25 de enero, sobre servicios de comunicación audiovisual de Navarra.

A la vista del informe de la Sección de Publicidad Institucional, Redes Sociales y Medios Audiovisuales y en virtud de lo establecido en el artículo 43. e) del Decreto Foral 238/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia e Igualdad y conforme a las facultades delegadas mediante Resolución 11E/2025, de 27 de febrero, del director general de Comunicación y Proyección Institucional;

RESUELVO:

1.º Renovar a Asociación Cultural Xorroxin Elkartea la licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en Lesaka (88.0 FM) con efectos desde el 11 de diciembre de 2025 y hasta el 10 de diciembre de 2040, ambos inclusive.

2.º Inscribir esta renovación en el Registro de prestadores de servicios de comunicación audiovisual de Navarra.

3.º Notificar esta resolución a la interesada y dar traslado de la misma a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.

4.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Contra esta esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Presidencia e Igualdad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

Pamplona / Iruña, 27 de febrero de 2026.–El director del servicio de Comunicación.–Por delegación de competencia (Resolución 11E/2025, de 27 de febrero, del director general de Comunicación y Proyección Institucional), Javier Solano Marzo.

Código del anuncio: F2603737

Hace cien años

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