1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 41/2026, de 2 de marzo, de la directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, por la que concede autorización administrativa y aprobación del proyecto de transformación a gas natural de las instalaciones existentes suministradas con GLP, y desmantelamiento de la planta de GLP-177-31 en MOP 0,15 bar, en el término municipal de Sunbilla. Código de expediente: GN-414 Sunbilla.
En virtud del acuerdo suscrito entre Nedgia Navarra, S.A. y Gas Natural Redes GLP, S.A., y conforme a lo establecido en el artículo 46 bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, Nedgia Navarra, S.A. ha solicitado transmisión de titularidad de las instalaciones de GLP existentes en Sunbilla, y registradas según la siguiente referencia (expediente GLP-2667).
Por otra parte, y según lo establecido en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, Nedgia Navarra, S.A. ha solicitado autorización administrativa y aprobación de proyecto para las siguientes actuaciones:
1. Vaciado, inertizado y desmantelamiento del centro de almacenamiento de GLP existente (expediente GLP-2667, código depósito GLP-177-31, polígono 50074348).
2. Cambio de las características del gas GLP (propano) a gas natural.
Conversión a gas natural de la red de distribución de GLP existente en varias calles de Sunbilla, con apego a las instalaciones receptoras existentes, procediendo a su adecuación y transformación de aparatos (857 metros de red y 16 puntos de suministro).
3. Ampliación de la red de distribución.
Construcción de red de distribución de gas natural con presión máxima de operación de 150 mbar para los ramales y conducciones en polietileno que darán suministro a la urbanización indicada en el municipio de Sunbilla, así como las válvulas de línea necesarias.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y en el artículo 78 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, el proyecto se sometió al trámite de información pública durante el plazo de veinte días hábiles mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 254, de 23 de diciembre de 2025 y en Diario de Navarra y Diario de Noticias de 24 de diciembre de 2025, habiéndose publicado la documentación en la ficha web correspondiente de Gobierno Abierto de Navarra. Asimismo, la información se comunicó al Ayuntamiento de Sunbilla para su exposición al público por igual período de tiempo.
No se recibieron alegaciones.
De conformidad con lo establecido en los artículos 80 y 84 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, se remitieron separatas del proyecto al Ayuntamiento de Sunbilla, a Telefónica de España, S.A.U., y a i-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.
Telefónica de España, S.A.U., en informe recibido el 8 de enero de 2026, señala que no tiene objeción alguna a la ejecución del proyecto siempre y cuando se cumpla la normativa vigente.
Hasta la fecha no se ha recibido respuesta del Ayuntamiento de Sunbilla, ni de i-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.
La red de distribución que conectará la red existente de gas natural con la de GLP está situada en Kale Nagusia, 50. La planta de GLP-177-31 a desmantelar se sitúa en la parcela 310000000001366241IJ (Inmediación entre río Bidasoa y la rotonda de conexión de la carretera N-121-A con Nagusia Kale). Ambas actuaciones se localizan en suelo urbano según el Plan Municipal de Sunbilla de octubre de 1995.
Tanto la planta de GLP (2 depósitos aéreos con una capacidad total de 23,8 m³), como la nueva red de distribución a construir no quedan incluidas en los proyectos sometidos a Autorización Ambiental Unificada o Evaluación de Afecciones Ambientales, según lo contemplado en la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre.
Vista la documentación presentada y atendiendo a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, procede atender la solicitud.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 29/2025, de 30 de julio, del director general de Fomento Empresarial e Infraestructuras, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 155, de 5 de agosto de 2025,
RESUELVO:
1. Otorgar autorización administrativa a Nedgia Navarra, S.A. para la transmisión de la titularidad de las instalaciones anteriormente citadas (propiedad de Gas Natural Redes GLP, S.A.).
2. Otorgar a Nedgia Navarra, S.A. autorización administrativa para la transformación a gas natural de las instalaciones existentes suministradas con GLP, y para el desmantelamiento de la planta de GLP-177-31 en MOP 0,15 bar, en el término municipal de Sunbilla.
3. Aprobar el proyecto suscrito por la Ingeniera Técnica Industrial doña Alejandra Risco Barba, concediéndole un plazo de treinta y seis meses para la ejecución de las obras.
4. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.
5. El cierre de la instalación de almacenamiento de GLP, la transformación de las instalaciones existentes, y las nuevas instalaciones y su montaje, cumplirán lo establecido en la reglamentación vigente.
6. En un plazo máximo de dos meses, y en todo caso antes del inicio de la ejecución de las instalaciones, Nedgia Navarra, S.A. deberá constituir una garantía del dos por ciento del presupuesto presentado. La citada garantía se depositará ante el Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial del Gobierno de Navarra y será devuelta una vez emitida el acta de puesta en servicio de las instalaciones.
7. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, y al Servicio de Gobierno Abierto y Atención a la Ciudadanía, a los efectos oportunos.
8. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.
9. Notificar esta resolución a Nedgia Navarra, S.A., a Gas Natural Redes GLP, S.A., a i-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, y a Telefónica de España, S.A.U., advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.
10. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Sunbilla, advirtiendo que contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pamplona, 2 de marzo de 2026.–La directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.
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