BOLETÍN Nº 64 - 31 de marzo de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 39/2026, de 9 de marzo, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba la línea límite jurisdiccional entre los términos municipales de Bidaurreta y Zabalza / Zabaltza.

Por Resolución 91/2025, de 7 de marzo, del director general de Administración Local y Despoblación, se dispuso el inicio de los trabajos de recuperación y mejora geométrica de la línea límite entre los términos municipales de Bidaurreta y sus limítrofes, y se instó a los Ayuntamientos concernidos a la constitución de sus respectivas Comisiones municipales para la cooperación en dichos trabajos y su refrendo.

A su vez, en la mencionada resolución, se sometía a información pública la propuesta base para la corrección y mejora geométrica de la línea límite, por el plazo de un mes desde la fecha de la publicación de la resolución, con el objeto de recabar información o aportaciones relacionadas con los trabajos.

Los días 25 de noviembre de 2025 y 2 de febrero de 2026, los plenos de los Ayuntamientos de Bidaurreta y Zabalza / Zabaltza aprobaron, respectivamente, el Acta adicional conjunta firmada por las Comisiones que habían sido designadas al efecto, y mediante la cual se precisan con coordenadas UTM los puntos de amojonamiento reconocidos y el trazado geométrico de la línea límite jurisdiccional que deslinda ambos términos, todo ello según las especificaciones del informe de 6 de noviembre de 2025, de la Sección de Asistencia Técnico-Administrativa del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales, que obra en el Acta adicional conjunta como anexo.

Del mismo modo, con fecha 22 de diciembre de 2025 y 5 de febrero de 2026, los ayuntamientos de Echarri / Etxarri y Belascoáin, respectivamente, aprobaron la misma Acta adicional conjunta, también firmada previamente por sus Comisiones, en cuanto a los puntos de amojonamiento de tres términos que les conciernen.

Vistos los informes técnico y jurídico del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales, de 26 de febrero y 5 de marzo de 2026, respectivamente, que obran en el expediente.

Considerando que la definición de la línea límite conformada por los Ayuntamientos de Bidaurreta y Zabalza / Zabaltza no supone una alteración de términos municipales según las definiciones, requisitos y procedimientos establecidos en la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, artículos 13 a 20.

En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y por el Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial.

RESUELVO:

1. Aprobar la línea límite jurisdiccional entre los términos municipales de Bidaurreta y Zabalza / Zabaltza, cuya geometría se configura a partir de las coordenadas que se incorporan en el anexo.

2. Instar al Instituto Geográfico Nacional a la inscripción de esta línea límite en el Registro Central de Cartografía, para su incorporación al Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional con los efectos que procedan en la actualización o revisión de la Hoja Registral vigente hasta el momento, así como la emisión de los certificados correspondientes.

3. Que una vez obtenida la inscripción de la línea en el Registro Central de Cartografía, el Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales traslade a los Ayuntamientos concernidos copia de la Hoja Registral.

4. Trasladar al Servicio de Riqueza Territorial de la Hacienda Tributaria esta resolución y la documentación oportuna para que realice en los catastros las operaciones que resulten procedentes.

5. Trasladar a la Sección de Sistemas de Información Territorial, del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital, esta resolución y la documentación oportuna para su conocimiento y efectos en el SITNA.

6. Asimismo, trasladar a la Sección de Cartografía, Topografía y Geodesia, del Departamento de Cohesión Territorial, y a la Sección de Comunales y al Servicio de Infraestructuras Agrarias, ambas del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, la presente resolución, para su conocimiento.

7. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra y trasladarla a los Ayuntamientos de Bidaurreta, Zabalza / Zabaltza, Echarri / Etxarri y Belascoáin, así como al Servicio Regional del Instituto Geográfico Nacional.

Pamplona, 9 de marzo de 2026.–El director general de Administración Local y Despoblación, Jesús María Rodríguez Gómez.

ANEXO.–Coordenadas establecidas en el Sistema de Referencia ETRS89, UTM (30 N)

NODO / MOJÓN

COORDENADA X

COORDENADA Y

COORDENADA Z

M01-M3T

595807,2

4736019,4

370,7

n0002

595806,21

4736019,14

370,7

n0003

595805,19

4736016,74

370,6

n0004

595798,22

4736002,36

370,4

n0005

595788,29

4735982,39

370,9

n0006

595784,22

4735974,22

370,9

n0007

595780,82

4735967,36

370,2

n0008

595774,22

4735954,80

370,6

n0009

595767,04

4735941,15

369,9

n0010

595757,24

4735926,52

369,1

n0011

595752,70

4735919,75

369,4

n0012

595742,97

4735904,37

369,4

n0013

595730,86

4735884,71

369,5

n0014

595728,29

4735880,74

369,3

M02

595730,2

4735877,8

369,5

n0016

595724,76

4735875,30

369,3

n0017

595719,55

4735867,24

369,9

n0018

595714,21

4735860,19

369,9

n0019

595709,32

4735853,74

370,2

n0020

595703,18

4735845,64

370,3

n0021

595687,84

4735820,39

370,4

n0022

595677,35

4735804,99

370,6

n0023

595668,99

4735790,43

370,6

n0024

595661,86

4735776,93

370,5

n0025

595653,86

4735766,20

370,5

n0026

595649,10

4735758,44

370,5

n0027

595648,11

4735756,83

370,5

n0028

595646,49

4735754,70

370,8

n0029

595635,11

4735739,78

364,4

n0030

595634,75

4735739,30

364,4

n0031

595625,26

4735726,86

363,5

n0032

595625,48

4735725,87

363,6

n0033

595627,46

4735708,22

363,6

n0034

595632,05

4735685,22

363,6

n0035

595634,36

4735655,91

363,6

n0036

595638,51

4735641,97

363,3

n0037

595642,45

4735626,51

363,2

n0038

595643,97

4735614,34

363,3

n0039

595644,09

4735607,48

364,4

n0040

595643,47

4735602,62

363,1

n0041

595643,47

4735594,21

363,3

n0042

595644,26

4735585,81

362,8

n0043

595646,14

4735577,95

362,5

n0044

595648,39

4735571,23

363,1

n0045

595654,20

4735556,59

363,0

n0046

595658,89

4735543,55

362,8

n0047

595666,12

4735518,61

362,9

n0048

595679,87

4735478,17

362,8

n0049

595687,53

4735453,61

364,3

n0050

595690,03

4735446,93

364,0

n0051

595695,20

4735435,60

363,7

n0052

595709,77

4735408,72

362,8

n0053

595717,55

4735396,46

364,6

n0054

595735,52

4735370,53

362,7

n0055

595743,54

4735360,74

364,6

M03-M3T

595752,6

4735350,9

362,9

Código del anuncio: F2603885

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