Anuncio
BOLETÍN Nº 63 - 30 de marzo de 2026
1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 89/2026, de 10 de marzo, del director general de Educación y Formación Profesional, por la que se crea la Red de Escuelas Promotoras de Salud y se establece el procedimiento de incorporación de los centros sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra a la mencionada red.
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE), en su artículo 95 recoge que "las Administraciones educativas adoptarán medidas para que la actividad física y la alimentación saludable formen parte del comportamiento infantil y juvenil. Con el objetivo de fomentar y consolidar hábitos de vida saludables".
En esta misma línea, las normas que establecen en la Comunidad Foral de Navarra la ordenación y las enseñanzas mínimas de las distintas etapas educativas, adoptan como principio pedagógico que, desde todas las áreas, se promoverá la igualdad entre mujeres y hombres, la educación para la paz, la educación para el consumo responsable y el desarrollo sostenible y la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual.
La Ley Foral 17/2010, de 8 de noviembre, de derechos y deberes de las personas en materia de salud en la Comunidad Foral de Navarra, establece en su artículo 4 el derecho de las personas residentes en la Comunidad Foral de Navarra a las medidas de promoción de la salud y de prevención de la enfermedad, así como a acciones de educación sanitaria.
Por su parte, la Ley Foral 12/2022, de 11 de mayo, de atención y protección a niñas, niños y adolescentes y de promoción de sus familias, derechos e igualdad, establece, que la Administración de la Comunidad Foral de Navarra garantizará el derecho a la protección y promoción de la salud de las personas menores y a su atención sanitaria, y en su caso, domiciliaria, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
De una forma específica la misma Ley Foral regula que la Administración de la Comunidad Foral de Navarra velará para que la educación proporcione a la persona menor una formación integral que le permita conformar su propia identidad, dirigiéndose al desarrollo de sus capacidades y competencias para enfrentar retos y dificultades de cualquier tipo, y para ejercer la tolerancia, la solidaridad, la libertad y la no discriminación. Incluirá una educación emocional y personalizada, que fomente los derechos de la infancia conforme a la Convención de Derechos del Niño, en cualquiera de los espacios, actividades y horarios escolares, facilitando así que intervengan autónomamente en el proceso de desarrollo de Navarra y como ciudadanas y ciudadanos de esta Comunidad.
Por otra parte, el Decreto Foral 103/2016, de 16 de noviembre, por el que se establece la ordenación de las prestaciones sanitarias en materia de salud sexual y reproductiva, y el Decreto Foral 3/2019, de 16 de enero, por el que se establecen medidas de fomento de estilos de vida saludables de alimentación y ejercicio físico en las escuelas infantiles y en los centros escolares no universitarios de la comunidad foral de Navarra, establecen medidas que se deben aplicar por el Departamento de Educación en colaboración con el Departamento de Salud y otros.
A su vez, con fecha 3 de marzo de 2023 se firmó el "Acuerdo entre la Dirección General de Educación del Departamento de Educación y la Dirección General de Salud del Departamento de Salud en materia de promoción de la salud en el ámbito educativo", cuyo objeto es facilitar que los centros docentes ejerzan su papel como promotores de salud y promover la creación de una Red de Escuelas Promotoras de Salud en Navarra. Este acuerdo tiene por objeto el establecimiento de los mecanismos de colaboración y coordinación necesarios en materia técnica y de formación del profesorado entre la Dirección General de Educación y la Dirección General de Salud, para optimizar los recursos existentes en el Gobierno de Navarra y armonizar las actuaciones educativas en materia de apoyo a la incorporación de la promoción de la salud en la práctica escolar.
Visto el informe emitido por el Director del Servicio de Ordenación, Formación y Calidad y en virtud de las facultadas conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,
RESUELVO:
1.º Crear la Red de Escuelas Promotoras de Salud de Navarra.
2.º Establecer el procedimiento para la incorporación en la mencionada Red de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra.
3.º Publicar la presente resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Trasladar la presente resolución y sus anexos al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad, a la Sección de Formación y Calidad, al Servicio de Promoción de la Salud Comunitaria y a la Sección de Promoción de la Salud y Salud en Todas las Políticas del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.
5.º Contra la presente resolución y sus anexos, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 10 de marzo de 2026.–El director general de Educación y Formación Profesional, Gil Sevillano González.
ANEXO I.–BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS A LA RED DE ESCUELAS PROMOTORAS DE SALUD DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Primera.–Objeto.
La finalidad de estas bases es la de regular la incorporación de los centros públicos y concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra a la Red de Escuelas Promotoras de Salud.
Segunda.–Destinatarios.
Son objeto de la convocatoria los centros educativos públicos y concertados que imparten enseñanzas de:
a) Segundo ciclo de educación infantil y primaria.
b) Educación secundaria (comprende educación secundaria obligatoria y bachillerato).
c) Formación profesional.
d) Régimen especial (comprende enseñanzas de idiomas, artísticas y deportivas).
e) Educación especial.
f) Educación de personas adultas.
Tercera.–Requisitos de los proyectos.
Aquellos centros educativos que deseen incorporarse a la Red deberán presentar una solicitud, según modelo recogido en el Anexo III, con el proyecto de promoción de la salud que se quiera desarrollar.
Los proyectos deberán tener en cuenta las líneas y los principios generales de las escuelas promotoras de salud que se recogen en las referencias del Anexo IV.
Cuarta.–Presentación de solicitudes y plazos.
Con carácter general las solicitudes de incorporación a la Red se presentarán al inicio de cada curso escolar con anterioridad al día 15 de octubre. Para incorporarse a la Red se requerirá la aprobación del Consejo Escolar del centro, según modelo recogido en el anexo II.
Las solicitudes irán dirigidas a la Sección de Formación y Calidad del Departamento de Educación, y se presentarán a través de Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra. https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Registro-General-Electronico.
Quinta.–Proceso de selección.
La Comisión Mixta, prevista en la base quinta del Acuerdo entre la Dirección General de Educación y Formación Profesional del Departamento de Educación y la Dirección General de Salud del Departamento de Salud en materia de promoción de la salud en el ámbito educativo, validará, a propuesta de la Comisión Técnica de la Red de Escuelas Promotoras de Salud, la adecuación de los proyectos presentados para formar parte de la Red y comunicará a los centros interesados su decisión.
Sexta.–Apoyos y reconocimiento.
La comisión técnica apoyará y asesorará a los centros educativos en el desarrollo de los proyectos.
Séptima.–Vigencia de la pertenencia en la Red.
El periodo de pertenencia a la Red será de cuatro años, transcurrido este tiempo se podrá renovar la pertenencia en la Red con la presentación de un nuevo proyecto.
Octava.–Publicación y difusión del proyecto.
El Departamento de Educación podrá hacer públicos, en todo o en parte, los proyectos seleccionados. Igualmente se podrán difundir a través del medio que se estime oportuno, incluyendo su publicación en Internet, citando expresamente la autoría del proyecto y teniendo en cuenta que deben tener las autorizaciones que sobre derechos de imagen fueran necesarias.
La solicitud de incorporación a la Red implica la aceptación de sus bases y la cesión de los derechos necesarios para cualquier tipo de publicación que se haga.
ANEXO II.–APROBACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR
Datos del centro:
–Nombre: ...........................................................................................................................................
–Dirección y código postal: ................................................................................................................
–Localidad: ..........................................................................................................................................
–Correo electrónico: ...........................................................................................................................
–Teléfono: ...........................................................................................................................................
Datos de la dirección:
–Nombre y apellidos: .........................................................................................................................
–NIF: ....................................................................................................................................................
–Correo electrónico: ..........................................................................................................................
Como presidente/a del Consejo Escolar solicito la incorporación a la Red de Escuelas Promotoras de Salud una vez aprobada la solicitud en sesión del Consejo Escolar en fecha: …...........………….
Fecha, firma y sello del centro
ANEXO III.–MODELO DE SOLICITUD
Datos del centro:
–Nombre del centro: ..........................................................................................................................
–Localidad: ........................................................................................................................................
–Correo electrónico de la dirección del centro: ..................................................................................
–Teléfono del centro: .........................................................................................................................
Datos del proyecto:
–Título:
–Punto de partida y análisis de la situación:
–Contextualización:
–Objetivos generales:
–Actuaciones a desarrollar en los próximos cursos:
–Indicadores para el seguimiento y evaluación del proyecto:
ANEXO IV.–REFERENCIAS
Los Ministerios de Sanidad y Educación, Formación Profesional y Deporte han promovido normas y acuerdos que fomentan y potencian la promoción de la salud en los centros educativos. Asimismo, los dos ministerios han editado de forma conjunta la "Guía de las Escuela Promotoras de Salud":
La promoción de la salud en la escuela se puede definir como el proceso de compromiso y de acción para mejorar y proteger la salud y el bienestar de todas las personas en la comunidad educativa. Incorpora acciones relacionadas con políticas escolares saludables, con la creación de un entorno saludable en la escuela, con las habilidades de salud individuales y grupales, y con competencias para la acción en el currículum escolar, promoviendo siempre que las opciones saludables sean más accesibles para toda la comunidad educativa.
Una escuela promotora de salud es una escuela que refuerza constantemente su capacidad como entorno saludable para vivir, aprender y trabajar. Es más que una escuela que tiene actividades de educación para la salud.
Está orientada a la acción y a la participación de toda la comunidad educativa, y abierta también a la comunidad local. Basándose en un concepto positivo de la salud, busca ganar salud transformando tanto su entorno físico y social como las conductas de vida de quienes la integran. Ello posibilitará el pleno desarrollo físico, psíquico y social, favoreciendo las buenas relaciones entre todos los miembros de la comunidad educativa y con su entorno y mitigando posibles inequidades.
Las escuelas promotoras de salud se asientan sobre los siguientes 6 pilares:
1. Enfoque integral: Combinan la educación para la salud en el aula con el desarrollo de las políticas escolares, actuaciones de mejora del ambiente escolar, la formación en competencias para la vida y la participación de toda la comunidad escolar.
2. Participación: Favorecen la implicación y la participación real de la comunidad educativa, con especial énfasis en la participación significativa del alumnado. Favorecen la toma de decisiones y acciones conjuntas, así como el sentido de pertenencia por parte del alumnado, el personal y las familias.
3. Calidad de aprendizaje: Crean mejores procesos de enseñanza y aprendizaje, así como mejores resultados. El alumnado saludable aprende mejor, el personal saludable trabaja mejor y son más felices.
4. Evidencia: Desarrollo de nuevos enfoques y prácticas basados en evidencias.
5. Escuela y comunidad: Las escuelas son vistas como agentes activos para la acción comunitaria, favoreciendo el vínculo con el barrio y sus recursos y activos.
6. Equidad e inclusión: Tienen en cuenta que sus actuaciones alcancen a todas las personas, no dejando a nadie atrás, cuidando la inclusión y favoreciendo la disminución de las desigualdades.
Estos 6 pilares se llevan a la práctica en la vida diaria del centro educativo impulsando un trabajo coordinado en 6 áreas diferentes, que interactúan entre si y son simbióticas:
1. Políticas escolares promotoras de la salud: Política escolar y estructura organizativa del centro educativo que apoyan la promoción de la salud desde un enfoque escolar integral. Utilizan marcos de trabajo claramente definidos incluyendo el compromiso de trabajar para la promoción de la salud y bienestar de manera transversal en el centro. Forman parte del proyecto educativo de cada centro y de su marco normativo.
Por ejemplo, la inclusión de manera específica de la regulación sobre la alimentación disponible en la escuela con criterios de salud y sostenibilidad.
2. Liderazgo en el modelo de escuela promotora de salud integral:
Referencia a las medidas organizativas, formativas, de coordinación y metodológicas en el centro educativo que hagan posible el desarrollo del modelo y la implementación de las acciones que se planifiquen.
3. Participación de la comunidad educativa y local:
Potenciar los vínculos entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, que deben ser parte activa, con voz, liderazgo y capacidad de acción, posibilitando el sentido de pertenencia y el trabajo colaborativo en las actuaciones a desarrollar.
Además, establecer alianzas y canales de colaboración con la comunidad, entre la escuela y los grupos/agentes de la comunidad circundante incluidas las autoridades locales, organizaciones no gubernamentales (ONG), asociaciones deportivas, clubes recreativos, organizaciones del tercer sector, personal técnico de otros servicios o sectores que puedan ser de interés. Cobra especial relevancia la coordinación con los recursos de salud de la zona, ya sea atención primaria, salud pública o servicios municipales de salud.
La consulta y la colaboración con todas las partes interesadas de la comunidad servirá de apoyo a la comunidad escolar para la realización de sus actividades para la promoción de la salud. Así se facilita además toda actividad que pueda contribuir a ampliar las oportunidades para el juego, el aprendizaje y el desarrollo dentro y fuera de la escuela, incluyendo aprendizaje ligado a un servicio a la comunidad.
4. Programación educativa:
Una programación que trabaje sobre las competencias individuales y colectivas para la salud, y las competencias para la acción, a través del currículo escolar, mediante actividades que desarrollan conocimientos y habilidades que permiten mejorar competencias y tomar decisiones relacionadas con el entorno, la salud, el bienestar y los logros educativos, así como el aprendizaje interdisciplinar y las actividades extracurriculares en el ámbito escolar en su conjunto. Por ejemplo, acciones sobre comportamientos relacionados con la salud en la vida diaria de la escuela, como por ejemplo, actividad física diaria, una alimentación saludable, desarrollo de habilidades sociales, y alfabetización en salud.
5. Entorno físico y socioemocional:
El entorno físico de la escuela hace referencia a los edificios, accesos, terrenos, ruta y alrededores de la escuela. Además de las aulas y espacios exteriores, se refiere también al ambiente interior, incluyendo iluminación, ruido, higiene, arquitectura, diseño interior, aislamiento, ventilación, mobiliario e instalaciones, y seguridad (Por ejemplo, favorecer que el espacio físico escolar fomente la actividad física en el recreo).
El entorno socioemocional de la escuela hace referencia a las competencias sociales y el reconocimiento de las emociones, así como a las características y la calidad de las relaciones personales entre los miembros de la comunidad escolar. Por ejemplo, incluye la calidad de las interrelaciones entre el alumnado, personal docente/no docente, otros miembros del personal y el equipo directivo de la escuela. De igual forma, incorpora políticas escolares relacionadas con salud y bienestar, protección contra el acoso, seguridad, diversidad, promoción del buen trato, convivencia, inclusión, equidad, así como medios de comunicación social incluyendo escenarios virtuales.
6. Evaluación:
Se fomenta una cultura de la evaluación tratando de que se realice con la mayor participación posible de la comunidad educativa, estimulando la capacidad crítica, constructiva y el fomento de habilidades para la ciudadanía. Se evaluará tanto los avances hacia el modelo integral de escuela promotora de salud como las acciones planificadas en cada curso.
Estándares de las Escuelas Promotoras de la Salud:
–La política escolar y la estructura organizativa del centro educativo apoyan la promoción de la salud desde un enfoque escolar integral.
–El centro educativo lidera las iniciativas de promoción de la salud a través de un modelo de escuela promotora de salud integral.
–Existen mecanismos de participación de la comunidad educativa y se establecen alianzas y mecanismos de colaboración con los diferentes agentes de la comunidad.
–El centro implementa la programación educativa de manera coherente con la promoción de la salud.
–El centro educativo proporciona un entorno físico y socioemocional saludable, seguro y sostenible.
–El centro educativo evalúa las iniciativas y actuaciones implementadas de promoción de la salud.
Código del anuncio: F2603974
Acceso
Enlaces relacionados
Boletín Oficial de Navarra
Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.
31001 - Pamplona (Navarra)
848 42 12 50
