1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 42/2026, de 9 de marzo, del director general de Cultura-Institución Príncipe de Viana, por la que se aprueban los acuerdos de evaluación de series documentales gestionadas por la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra, propuestos por la Comisión de 27 de febrero.
Por lo expuesto en el informe de la Jefa de la Sección de Archivo Contemporáneo de Navarra con el visto bueno del Director del Servicio de Archivos y Patrimonio Documental, en el que se trasladan los acuerdos 1.252 a 1.256 de la Comisión de Evaluación Documental de series documentales gestionadas por la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra.
En consecuencia, en virtud de las atribuciones conferidas por Decreto Foral 256/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo,
RESUELVO:
1.º Aprobar los acuerdos de evaluación 1.252 a 1.256 de series documentales gestionadas por la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra, que figuran en el anexo I de esta Resolución.
2.º Publicar en el Boletín Oficial de Navarra el texto de los acuerdos.
3.º Trasladar la presente Resolución a las Secretaría General Técnica del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo y al Servicio de Archivos y Patrimonio Documental del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo, y a la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra a los efectos oportunos.
Pamplona, 9 de marzo de 2026.–El director general de Cultura-Institución Príncipe de Viana, Ignacio Apezteguía Morentin.
ESCUELA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS DE NAVARRA
Número de acuerdo | 1252 | Fecha del acuerdo | 27 de febrero de 2026 |
Denominación de la serie | Planes de formación del área de seguridad pública y emergencias. |
Ámbito de aplicación | Administración autonómica. |
Área competencial | Recursos humanos. |
Objeto | Diseñar y elaborar el plan de formación anual para el personal de seguridad pública y emergencias. |
Documentos del expediente | –Planes de formación anuales. –Solicitud de curso a demanda. |
Órgano productor | Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra. |
DICTAMEN |
Tipo de selección Plazo | Conservación permanente. |
Tipo de muestreo | |
Acceso | Libre. Motivación: –Los documentos no contienen datos de carácter personal ni de acceso restringido de acuerdo a la legislación vigente. |
Observaciones | |
Número de acuerdo | 1253 | Fecha del acuerdo | 27 de febrero de 2026 |
Denominación de la serie | Estudios e investigaciones sobre seguridad pública y emergencias. |
Ámbito de aplicación | Administración autonómica. |
Área competencial | Investigación / (Análisis y realización de estudios). |
Objeto | Promover la realización de estudios e investigaciones sobre materias relacionadas con la seguridad pública y las emergencias. |
Documentos del expediente | –Estudios. |
Órgano productor | Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra. |
DICTAMEN |
Tipo de selección Plazo | Conservación permanente. |
Tipo de muestreo | |
Acceso | Libre. Motivación: –Los documentos no contienen datos de carácter personal ni de acceso restringido de acuerdo a la legislación vigente. |
Observaciones | |
Número de acuerdo | 1254 | Fecha del acuerdo | 27 de febrero de 2026 |
Denominación de la serie | Memorias de actividad de la Escuela de Seguridad y Emergencias. |
Ámbito de aplicación | Administración autonómica. |
Área competencial | Evaluación de las políticas públicas. |
Objeto | Resumen de la actividad desarrollada por la Escuela de Seguridad y Emergencias. |
Documentos del expediente | –Memorias de actividad anuales. |
Órgano productor | Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra. |
DICTAMEN |
Tipo de selección Plazo | Conservación permanente. |
Tipo de muestreo | |
Acceso | Libre. Motivación: –Los documentos no contienen datos de carácter personal ni de acceso restringido de acuerdo a la legislación vigente. |
Observaciones | |
Número de acuerdo | 1255 | Fecha del acuerdo | 27 de febrero de 2026 |
Denominación de la serie | Expedientes de alumnos de la Escuela de Seguridad y Emergencias. |
Ámbito de aplicación | Administración autonómica. |
Área competencial | Recursos Humanos. |
Objeto | Recoger información personal y profesional del alumnado de la Escuela y las actividades formativas a las que ha acudido, así como los resultados obtenidos en las mismas y cualquier incidencia que haya podido producirse. |
Documentos del expediente | –Solicitudes de inscripción en actividades formativas. –Justificación de haber recibido y conocer el contenido de la documentación entregada. –Ficha personal: datos identificativos. –Fotografía. –Informes tutoriales. –Informes equipo de psicología. –Informes de prácticas del monitor y del alumno. –Informe de control aula que realiza el alumnado. –Incidencias conductuales. –Notas informativas. –Partes de baja y alta. –Solicitudes de revisión de exámenes o notas. –Instancias que haya interpuesto el alumnado. –Boletín de notas. |
Órgano productor | Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra. |
DICTAMEN |
Tipo de selección Plazo | Eliminación Total: 1.–Documentos: –Informes. –Calificaciones. Plazo de eliminación: • A los 60 años de la generación del expediente. Motivación: Se conservarán, hasta después de producirse la jubilación de los alumnos o profesores participantes, aquellos documentos que puedan acreditar la realización de las mismas por si pudieran ser útiles para ejercer derechos laborales (ascensos, jubilación...). Transcurridos 60 años del inicio del expediente, los participantes en las actividades del centro estarán jubilados (por razón de edad) ya que, como mínimo, contarán con 16 años (edad mínima requerida para el ingreso en la Función Pública en Navarra) al inicio de cualquier actividad impartida en el Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra. 2.–Documentos: –Resto de la documentación. Plazo de eliminación: • A los 2 años de finalizada la actividad. Motivación: A los 2 años se podrá eliminar el resto de documentación ya que carece de valor para acreditar posibles derechos laborales. |
Tipo de muestreo | No procede muestreo. |
Acceso | Restringido. Plazo de restricción: –A los 25 años de la fecha de muerte del titular de los datos. –A los 100 años del cierre del expediente, si se desconoce la fecha anterior. Motivación: Por la presencia de datos de carácter personal. La Ley Foral 12/2007 de Archivos y Documentos establece en su artículo 20 el plazo de acceso libre a partir de los 25 años de la fecha de la muerte del titular de la documentación. Por otro lado, la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de datos afecta solo a personas vivas. |
Observaciones | |
Número de acuerdo | 1256 | Fecha del acuerdo | 27 de febrero de 2026 |
Denominación de la serie | Acciones formativas de seguridad pública y emergencias. |
Ámbito de aplicación | Administración autonómica. |
Área competencial | Recursos Humanos. |
Objeto | La formación se desarrolla en dos ámbitos: 1.–Seguridad pública dirigido a los Cuerpos de Policía de Navarra y auxiliar de Policía Local. 2.–Emergencias destinado a los integrantes de Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento y Servicios de Protección Civil. A su vez la formación profesional del personal de seguridad pública comprende las modalidades de ingreso, promoción, actualización y especialización. –Cursos de formación para el ingreso. Son cursos de formación para el ingreso los que, incluidos en un proceso selectivo para el ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, están destinados a capacitar al alumnado para el ejercicio de un puesto de trabajo en los Cuerpos de Policía de Navarra, o en las unidades correspondientes de protección civil y bomberos, o como Alguacil, tanto en lo concerniente a los conocimientos técnicos, teóricos y prácticos, como a las habilidades y actitudes necesarias. Dichos cursos podrán tener carácter básico, para el ingreso en las categorías inferiores, o de capacitación para el ingreso en las categorías superiores de la correspondiente carrera profesional, cuando proceda. –Cursos de formación para el ascenso. Son cursos de formación para el ascenso los que, estando incluidos en un proceso de promoción en las Administraciones Públicas de Navarra, se dirigen a capacitar al alumnado para el desempeño de puestos de mando en los servicios de seguridad pública. –Cursos de especialización. Son cursos de especialización aquellos que, estando o no comprendidos en un procedimiento selectivo, se dirigen a la formación del personal de los servicios de seguridad pública en determinadas funciones y técnicas o en el manejo de terminados equipos propios de unidades o puestos de trabajo específicos de la respectiva unidad. –Acciones de formación permanente y reciclaje. |
| 1. Las acciones de formación permanente y reciclaje consistirán en cursos, conferencias, mesas redondas o seminarios, impartidos para actualizar, mantener o perfeccionar conocimientos, habilidades y actitudes del personal de los servicios de seguridad pública. 2. Las acciones de formación permanente y reciclaje se podrán impartir directamente por la Escuela de Seguridad, en régimen de colaboración con otras instituciones o por otras entidades públicas o privadas con su autorización y bajo su supervisión. |
Documentos del expediente | –Resolución de autorización de acciones formativas. • Listados de alumnos (en papel o en formato electrónico). • Programa del curso (en papel o en formato electrónico). • Nombramiento coordinadores-Tutores. • Presupuesto de la actividad formativa. –Calendario del curso (en papel o en formato electrónico). –Normas académicas internas y de evaluación (en papel o en formato electrónico). • Procedimientos e instrumentos de evaluación. • Guía del alumnado. • Sistemas de valoración de actitud entregado al alumnado. • Criterios de valoración de prácticas, descriptores. • Informe de actividad de Moodle. –Hojas de control de asistencia de alumnos y de profesores. –Fichas de profesores. –Fichas de alumnos. –Acta de evaluación final. –Informes de pruebas de evaluación (en papel o en formato electrónico). Estadísticas (en papel o en formato electrónico –Copias de los títulos emitidos (desde 2009, en formato electrónico). –Correspondencia: para comunicaciones de inicio de curso, renuncia a la plaza, comunicaciones con los profesores, etc. (originales y copias). –Hojas y material de exámenes. –Material didáctico (en papel o en formato electrónico. Aula virtual Moodle). –Trabajos de los alumnos durante el curso, de poca importancia, y que no constituyen trabajos de investigación. –Cuestionarios de valoración del curso por parte del alumno. |
Órgano productor | Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra. |
DICTAMEN |
Tipo de selección Plazo | Eliminación Total: 1.–Documentos: –Resolución de autorización de acciones formativas. • Listados de alumnos (en papel o en formato electrónico). • Programa del curso (en papel o en formato electrónico). • Nombramiento coordinadores-Tutores. • Presupuesto de la actividad formativa. –Calendario del curso (en papel o en formato electrónico). –Normas académicas internas y de evaluación (en papel o en formato electrónico). • Procedimientos e instrumentos de evaluación. • Guía del alumnado. • Sistemas de valoración de actitud entregado al alumnado. • Criterios de valoración de prácticas, descriptores. • Informe de actividad de Moodle. –Fichas de profesores. –Fichas de alumnos. –Hoja de evaluación final. –Informes de pruebas de evaluación (en papel o en formato electrónico). –Copias de los títulos emitidos (desde 2009, en formato electrónico). –Estadísticas (en papel o en formato electrónico). Plazo de eliminación: –A los 60 años de la finalización de la actividad formativa. Motivación: Se conservarán, hasta después de producirse la jubilación de los alumnos o profesores participantes, aquellos documentos que puedan acreditar la realización de las mismas por si pudieran ser útiles para ejercer derechos laborales (ascensos, jubilación...). Transcurridos 60 años del inicio del expediente, los participantes en las actividades del centro estarán jubilados (por razón de edad) ya que, como mínimo, contarán con 16 años (edad mínima requerida para el ingreso en la Función Pública en Navarra) al inicio de cualquier actividad impartida en el Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra. |
| 2.–Documentos: –Hojas de control de asistencia de alumnos y de profesores. –Listados de alumnos (parciales, provisionales, etc.). –Correspondencia: para comunicaciones de inicio de curso, renuncia a la plaza, comunicaciones con los profesores, etc. (originales y copias). –Comunicados de firma de control de asistencia de alumnos y de profesores. –Hojas y material de exámenes. –Material didáctico (en papel o en formato electrónico. Aula virtual Moodle). –Trabajos de los alumnos durante el curso, de poca importancia, y que no constituyen trabajos de investigación. –Cuestionarios de valoración del curso por parte del alumno. Plazo de eliminación: a los 2 años de finalizada la actividad. Motivación: Carecen de valor para acreditar posibles derechos laborales. |
Tipo de muestreo | No procede muestreo. |
Acceso | Parcialmente restringido. Libre: –Los documentos que no contienen datos de carácter personal. Restringido: –Los documentos que contienen datos de carácter personal. Plazo de restricción: • A los 25 años de la fecha de muerte del titular de los datos • A los 100 años del cierre del expediente, si se desconoce la fecha de muerte del titular de los datos. Motivación: La Ley Foral 12/2007 de Archivos y Documentos establece en su artículo 20 el plazo de acceso libre a partir de los 25 años de la fecha de la muerte del titular de la documentación. Por otro lado, la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de datos afecta solo a personas vivas. |
Observaciones | |
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