BOLETÍN Nº 61 - 26 de marzo de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.6. Consejo de Navarra

ACUERDO del Consejo de Navarra, de 20 de febrero de 2026, por el que se aprueba la plantilla orgánica del Consejo de Navarra a 31 de diciembre de 2025.

El Consejo de Navarra, en sesión celebrada el 20 de febrero de 2026, adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:

La Ley Foral 8/2016, de 9 de junio, sobre el Consejo de Navarra, confiere a la Institución autonomía orgánica y funcional (artículo 1) y establece que su personal estará sujeto a la legislación aplicable al personal al servicio de las Administraciones públicas de Navarra (artículo 24). En su desarrollo, el artículo 40.2 del Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Navarra, aprobado por Decreto Foral 14/2025, de 26 de febrero, atribuye al Consejo la aprobación de su plantilla orgánica, así como de las sucesivas modificaciones de la misma.

El Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, dispone que éstas elaborarán anualmente una relación de todos sus funcionarios, que se cerrará el 31 de diciembre de cada año y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra (artículo 19).

En consecuencia, de acuerdo con tales disposiciones, procede aprobar la relación anual del personal funcionario de este Consejo, así como la plantilla orgánica correspondiente, ordenando la publicación de ambas en el Boletín Oficial de Navarra.

En su virtud, el Consejo de Navarra, a propuesta de la Presidenta,

ACUERDA:

1.º Aprobar la siguiente plantilla orgánica del personal al servicio del Consejo de Navarra, a 31 de diciembre de 2025.

PUESTO DE TRABAJO

NÚMERO

RÉGIMEN JURÍDICO

NIVEL

LIBRE DESIG.

EXCLUSIVIDAD

PUESTO TRABAJO

COMPL. NIVEL

Secretaría Presidencia (1)

1

G

X

Letrada/o mayor (1) (2)

1

F

A

X

55

63

Letrada/o (1) (3)

1

F

A

55

40

(1) Jornada partida (mañana y tarde).

F: Funcionario.

G: Eventual de Gabinete-libre designación.

(2) Libre designación entre las letradas y letrados del Consejo de Navarra, del Parlamento de Navarra o entre personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que ocupe puestos para cuyo ingreso se hubiese exigido el título de grado o licenciatura en Derecho o título declarado equivalente.

(3) Vacante sin dotación presupuestaria.

2.º Comunicar el presente acuerdo al Gobierno de Navarra, a los efectos procedentes, y disponer lo necesario para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 20 de febrero de 2026.–La presidenta, Ana Clara Villanueva Latorre.–El consejero secretario, Eduardo Santos Itoiz.

Código del anuncio: F2603049

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