1. Comunidad Foral de Navarra
1.5. Estatutos y Convenios colectivos
RESOLUCIÓN 45C/2026, de 10 de marzo, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de revisión salarial para el año 2026 del Convenio Colectivo de la industria textil.
Visto el texto del Acuerdo de revisión salarial para el año 2026 del Convenio Colectivo de la Industria Textil (código número 31007305011981), que ha tenido entrada en este Registro con fecha 5 de marzo de 2026, suscrito con fecha 23 de febrero de 2026 por la representación empresarial y sindical.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en relación con el Decreto Foral 251/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo,
RESUELVO:
Primero.–Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de Navarra.
Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
Pamplona, 10 de marzo de 2026.–El director general de Economía Social y Trabajo, Iñaki Mendióroz Casallo.
REVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2026
DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA TEXTIL
ACTA
RELACIÓN DE ASISTENTES:
–Parte Empresarial:
- Por ADETEN: Javier Taberna, Teresa Taberna.
–Parte Social:
En Pamplona, siendo las 10 horas del día 23 de febrero 2026 se reúnen previa convocatoria en los locales del Tribunal Laboral los firmantes del Convenio Colectivo de la Industria Textil, que representan a la mayoría de la mesa negociadora, y reconociéndose las partes presentes en la reunión capacidad bastante, y en uso de sus respectivas representaciones comparecen y
ACUERDAN:
I.–Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3 (retribuciones) del Convenio Colectivo de la Industria Textil en Navarra, con efectos del 1 de enero de 2026, las tablas salariales se incrementaran un 3.4% con respecto a las tablas publicadas en el año 2025 y todo ello en base a lo previsto en el mencionado artículo.
II.–Que se procede la remisión de la tabla salarial resultante a la Autoridad Laboral para su registro y publicación.
Y, en su virtud;
ACUERDAN:
Primero.–Se procede a firmar las tablas salariales del año 2026 la cual se anexa a la presente acta como anexo 1.
Segundo.–La comisión negociadora faculta expresamente a don Javier Taberna Jiménez, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 4.4 de la Orden Foral 296/2010, de 16 de septiembre presente ante el registro correspondiente acta de revisión salarial. Asimismo, se le faculta expresamente para subsanar cualquier defecto formal a instancias del Registro.
Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión y de ella el presente acuerdo que, una vez leído y encontrado conforme lo firman los asistentes en el lugar y fecha anteriormente indicado.
ANEXO 1.–TABLA DE RETRIBUCIONES DEFINITIVAS PARA EL AÑO 2026
NIVEL | CATEGORÍA | SALARIO/DÍA | ANTIGUO COEF. |
A | Auxiliar | 37,36 | 1,30 |
B | Especialista | 38,84 | 1,35 |
C2 | Oficial | 40.27 | 1,40 |
C1 | Oficial Especializado | 44.54 | 1,55 |
D | Jefe de Equipo | 60,40 | 2,10 |
E | Jefe de Sección | 66,18 | 2,30 |
Salario mínimo garantizado 2026: 19.113,28 euros. |
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