BOLETÍN Nº 57 - 20 de marzo de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 53/2026, de 2 de marzo, del director general de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño en Navarra, para el curso 2026/2027.

La disposición transitoria primera de la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores, establece que en tanto no se lleve a cabo el desarrollo reglamentario relativo a la ordenación de las enseñanzas previsto en su artículo 6.3, seguirá siendo de aplicación lo previsto en los artículos 54 a 57 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

El artículo 57.2 de la Ley Orgánica 2/2006 establece que para acceder a los estudios superiores de diseño se requiere superar una prueba de acceso en la que se valorarán la madurez, los conocimientos y las aptitudes para cursar con aprovechamiento estos estudios.

Así mismo, el Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Diseño establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, recoge en su artículo 5.4 que corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, la convocatoria, organización, desarrollo y evaluación de la prueba específica de acceso a estos estudios.

Visto el informe favorable de la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, procede establecer la convocatoria de pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño en Navarra, para el curso 2026/2027.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Convocar las pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño en Navarra, para el curso 2026/2027, de conformidad con las Bases que se incorporan como anexo I a la presente resolución.

2.º Publicar la presente resolución y su anexo I en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente resolución y sus anexos al Servicio de Inspección Educativa, a la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, al Negociado de Escolarización, a la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Corella, a la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Pamplona y al Centro Privado Autorizado Superior de Diseño "Creanavarra" de Pamplona, a los efectos oportunos.

4.º Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 2 de marzo de 2026.–El director general de Educación y Formación Profesional, Gil Sevillano González.

ANEXO I.–BASES

1.–Objeto y ámbito.

La presente resolución tiene por objeto regular la admisión y el acceso a la convocatoria de pruebas específicas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño, para el curso 2026/2027, conforme a lo establecido en la Orden Foral 30/2013, de 5 de marzo, del consejero de Educación, por la que se establece el plan de estudios y la ordenación de los estudios superiores de diseño en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior, en la Comunidad Foral de Navarra.

2.–Efecto y validez.

La superación de la prueba de acceso faculta únicamente para matricularse en el curso académico 2026/2027 y permitirá acceder a cualquiera de los centros del Estado donde se cursen estas enseñanzas, sin perjuicio de la disponibilidad de plazas de los mismos.

3.–Lugar y fechas de realización de las pruebas.

Las pruebas tendrán lugar tanto en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Pamplona como en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Corella, pudiendo elegir las personas aspirantes cualquiera de las dos sedes para su realización. No obstante, si fuera necesario en algún caso la utilización de otros espacios, la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas será la encargada de anunciar debidamente y con antelación suficiente esta circunstancia en la Ficha correspondiente del Catálogo de servicios www.navarra.es y en el tablón de anuncios de los centros públicos de enseñanzas superiores de diseño de Navarra.

Las pruebas de acceso tendrán lugar en una única convocatoria que dará comienzo a partir del día 20 de mayo de 2026 y serán anunciadas con la suficiente antelación por los medios establecidos en el párrafo anterior.

La Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas hará pública la fecha y lugar de realización de cada parte de la prueba, así como la fecha de publicación de resultados, con una antelación mínima de 48 horas, por los cauces ya mencionados.

4.–Requisitos.

4.1. Para acceder a los estudios superiores de diseño será preciso reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, o estar en posesión de un título de enseñanzas artísticas superiores, título universitario o título de Técnico Superior.

b) En caso de ausencia de los citados requisitos, estar en posesión de un certificado anterior a 2025 que acredite la superación de la prueba de madurez sustitutiva de los requisitos académicos, organizada por las Administraciones Educativas y a la que hace referencia la disposición adicional octava del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

c) Superar una prueba específica de acceso en la que se demuestren los conocimientos y habilidades profesionales necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

4.2. Podrán acceder directamente a las enseñanzas artísticas superiores de diseño, sin necesidad de realizar la prueba específica de acceso, quienes estén en posesión del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño.

5.–Inscripción a las pruebas.

5.1. Quienes aspiren a las pruebas específicas de acceso deberán presentar una solicitud de inscripción, según el modelo previsto en el anexo II de la presente resolución (página Web del Gobierno de Navarra, en la Ficha correspondiente del Catálogo de servicios www.navarra.es), haciendo constar la especialidad o especialidades que desean cursar, siendo el máximo de dos. En el supuesto de optar a dos especialidades, éstas deberán consignarse en orden de prioridad. Se consignarán a su vez los tres ejercicios de la prueba que se van a realizar según lo dispuesto en el punto 6 del presente anexo. Igualmente se determinará la sede en la cual se va a realizar la prueba (Escuela de Arte y Superior de Diseño de Pamplona o Escuela de Arte y Superior de Diseño de Corella).

5.2. Podrán solicitar adaptaciones para la realización de la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de diseño:

a) Las personas que tengan alguna discapacidad que les impida realizar las pruebas con los medios ordinarios. Adjuntarán a la solicitud la resolución o certificación del grado de minusvalía, expedida por el organismo competente, junto con el dictamen técnico facultativo.

b) Las personas que acrediten necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de trastornos de aprendizaje y trastornos por déficit de atención e hiperactividad.

Las adaptaciones se realizarán conforme a lo establecido en la normativa vigente. La condición de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se acreditará mediante la información señalada en el documento "Acreditación de la condición de alumnado de necesidades específicas de apoyo educativo", firmado por la orientadora u orientador del último centro en el que haya estado matriculado el alumnado y haya cursado sus estudios de enseñanzas obligatorias o postobligatorias, conforme al modelo que figura en el anexo IV de la presente resolución (página Web del Gobierno de Navarra, en la Ficha correspondiente del Catálogo de servicios www.navarra.es).

El tribunal adoptará las medidas oportunas de adaptación de tiempos y medios que procedan respetando, en todo caso, la posibilidad de acreditación de los conocimientos, aptitudes y habilidades de la persona aspirante para cursar con aprovechamiento las enseñanzas a las que pretende acceder.

5.3. Documentación.

La solicitud irá acompañada de:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (en ambos casos por las dos caras), del Pasaporte, del documento de viaje que acredite la identidad o del visado.

b) Resguardo acreditativo, en su caso, del ingreso en la Cuenta de Recaudación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra de la cantidad que establece la Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, en concepto de inscripción a las pruebas de acceso a los estudios superiores de diseño: 61,79 euros.

Se aplicarán los siguientes beneficios fiscales:

–Miembros de familia numerosa de categoría general, familias monoparentales o en situación de monoparentalidad de categoría general y personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por 100: bonificación del 50%.

–Miembros de familia numerosa de categoría especial, familias monoparentales o en situación de monoparentalidad de categoría especial, víctimas de actos terroristas (así como sus cónyuges e hijos), víctimas de actos de violencia de género (así como sus hijos), personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 65 por 100: exención del 100%.

c) Fotocopia, en su caso, del título de familia numerosa, título de familia monoparental, certificado expedido por el Ministerio del Interior para las víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos, o de la resolución judicial de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria o medida cautelar a favor de la víctima, o del certificado de discapacidad en su caso.

d) Si se posee, fotocopia del título de Bachiller o resguardo acreditativo de haberlo solicitado.

e) Si se posee, fotocopia del documento que acredite haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

f) Si se posee, fotocopia del título de enseñanzas artísticas superiores o resguardo acreditativo de haberlo solicitado.

g) Si se posee, fotocopia del título universitario o resguardo acreditativo de haberlo solicitado.

h) Si se posee, fotocopia del título de Técnico Superior o resguardo acreditativo de haberlo solicitado.

Las personas aspirantes que en el momento de la inscripción a las pruebas se encuentren cursando el último curso de los estudios mencionados en los apartados d), f), g), h) y, por tanto, no dispongan de los documentos citados, los aportarán antes del 1 de julio de 2026, dirigidos a la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, en los lugares de presentación establecidos en la base 5.4.

i) Si se posee, fotocopia del certificado de superación de la prueba de madurez anterior a 2025, sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas superiores de diseño.

j) Si se posee, fotocopia del documento que acredite haber superado la parte común de las pruebas de acceso de ciclos formativos de grado superior de cualquiera de las cuatro modalidades de prueba, en alguna de las convocatorias celebradas en la Comunidad Foral de Navarra del año 2008 al 2018 ambos inclusive, o de las modalidades correspondientes a "Humanidades" y "Arte" celebradas en la Comunidad Foral de Navarra del año 2019 a 2025, ambos inclusive.

k) En su caso, la resolución o certificación del grado de minusvalía, expedida por el organismo competente, junto con el dictamen técnico facultativo y la solicitud de adaptación de medios y tiempos.

l) En su caso, documento de acreditación de la condición de alumnado de necesidades específicas de apoyo educativo, con indicación de la adaptación que se precisa.

La Administración podrá requerir a las personas solicitantes, en cualquier momento, los originales o fotocopias compulsadas de la documentación aportada junto con la solicitud.

5.4. Plazo y lugar de presentación de la solicitud.

La solicitud, junto con la documentación señalada, se dirigirá a la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas de la Dirección General de Educación y Formación Profesional, del Departamento de Educación y se podrá presentar:

a) De manera presencial: en la secretaría de los centros públicos de enseñanza superior de diseño de Navarra, en el Registro General del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra o en cualquiera de las Oficinas de Registro de Gobierno de Navarra.

Las solicitudes presentadas en la secretaría de los centros públicos de enseñanza superior de diseño de Navarra serán remitidas a la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas de la Dirección General de Educación y Formación Profesional del Departamento de Educación al día siguiente de la finalización del plazo de inscripción.

b) De manera telemática, online, en el Registro General Electrónico de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en el portal Web de Internet del Gobierno de Navarra (www.navarra.es).

c) En aquellos otros lugares establecidos por la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 16.4). Si se opta por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada.

En este último caso, el beneficiario deberá anunciar, en el mismo día, mediante correo electrónico a ensearti@navarra.es la remisión de la documentación, acompañando una copia del documento que acredite la fecha de depósito del envío.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, y finalizará siete días hábiles después.

5.5. Solicitudes admitidas y excluidas.

Al término del período establecido para la formalización de las inscripciones, la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas hará pública en la página Web del Gobierno de Navarra, en la Ficha correspondiente del Catálogo de servicios www.navarra.es, una primera relación nominal de las personas admitidas, diferenciada, en su caso, por especialidades, así como de las excluidas, indicando en este caso las causas de su exclusión. Las personas excluidas dispondrán de tres días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la lista provisional para aportar la documentación que pudiera subsanar los motivos de la exclusión o para interponer una reclamación. La presentación de la documentación se dirigirá a la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas y se realizará en cualquiera de los lugares previstos en la base 5.4 de la presente resolución. Dicha Sección atenderá las posibles reclamaciones y procederá a la publicación de la lista definitiva de personas aspirantes admitidas, así como de excluidas, indicando, en este caso, las causas de su exclusión por los mismos medios que los indicados anteriormente.

6.–Estructura y contenido de la prueba específica de acceso.

La prueba consta de cinco ejercicios, de los cuales se desarrollarán tres. Se consignará en la instancia de solicitud de inscripción (anexo II) los tres ejercicios que se vayan a realizar.

6.1 Primer ejercicio.

Comentario de imagen: realizar, por escrito, un comentario comparativo de dos imágenes propuestas teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

Parte descriptiva: autores, localización, estilo, descripción de las imágenes, etc.

Parte analítica: materiales y aspectos técnicos, tema, composición, luz, color, elementos estructurales, etc.

Contexto histórico en referencia a las dos imágenes. Duración máxima: 45 minutos.

6.2 Segundo ejercicio.

Geometría métrica plana: resolución de ejercicios en los que pueden intervenir los siguientes trazados: construcción de polígonos regulares, transformaciones geométricas, figuras equivalentes, tangencias y proporcionalidad. Duración máxima: 45 minutos.

6.3 Tercer ejercicio.

Geometría descriptiva: croquis acotado a mano alzada de un objeto que se proporciona y dibujo a la escala que se indique, con instrumentos, del mismo objeto. Ambos dibujos a lápiz. Duración máxima: 75 minutos.

6.4 Cuarto ejercicio.

Dibujo artístico: a partir de un texto propuesto, elaboración de una imagen-ilustración-cartel libre que represente uno o varios de los aspectos más relevantes sugeridos, mediante dibujo en técnica seca. La propuesta final irá acompañada de una pequeña memoria (máximo 200 palabras). Duración máxima: 90 minutos.

6.5 Quinto ejercicio.

Fundamentos de diseño: realización de un diseño de repetición basado en el uso de mallas modulares. Duración máxima: 60 minutos.

En el momento de la prueba las personas aspirantes deberán presentar documentación oficial acreditativa de su identidad y llevar el material necesario para la realización de las pruebas, en función de lo establecido en el anexo III (página Web del Gobierno de Navarra, en la Ficha correspondiente del Catálogo de servicios www.navarra.es).

7.–Calificación y superación de la prueba específica de acceso.

La calificación de la prueba se expresará con dos decimales y consistirá en la media aritmética de los tres ejercicios desarrollados por la persona aspirante. La prueba de acceso se considerará superada cuando la calificación obtenida sea igual o superior a 5,00 puntos. Los resultados, tanto parciales como totales, se harán constar en las correspondientes actas, que serán publicadas por la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas en la página Web del Gobierno de Navarra, en la Ficha correspondiente del Catálogo de servicios www.navarra.es.

La superación de la prueba específica de acceso se acreditará mediante el correspondiente certificado de superación emitido por el Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas del Departamento de Educación de conformidad con el acta de calificación de la correspondiente prueba, indicando entre otros aspectos el año académico y la calificación obtenida. En ningún caso se emitirán certificados a aquellos aspirantes que no hayan logrado la superación total de la prueba, ni certificados parciales, ni certificados de calificaciones de los diferentes ejercicios.

8.–Plazas que se ofertan en los estudios superiores de diseño en los centros públicos competencia del Gobierno de Navarra.

El número de plazas ofertadas en primer curso de los estudios superiores de diseño será de 24, tanto en la especialidad de Diseño Gráfico en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Corella como en la especialidad de Diseño de Interiores en la Escuela de Arte y Superior de Diseño de Pamplona.

9.–Admisión de alumnado.

Se regirá según lo recogido en el artículo 4 bis de la Orden Foral 30/2013, de 5 de marzo, del consejero de Educación.

10.–Tribunales.

Se constituirá un único tribunal integrado por un presidente y vocales. Este tribunal estará integrado por un número de miembros impar, no inferior a tres.

10.1 Composición del tribunal.

El tribunal estará formado por funcionarios/as de carrera pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y/o de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Dibujo, uno/a de los cuales actuará como Presidente. Ejercerá de secretario el vocal de menor edad.

La Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas designará a los miembros del Tribunal, mediante resolución del director general de Educación y Formación Profesional, del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

11.–Reclamaciones.

Las reclamaciones sobre la calificación de las pruebas se presentarán, en su caso, en cualquiera de los lugares previstos en la base 5.4, dirigidas a la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, en un plazo máximo de dos días hábiles contados desde la publicación de los resultados, especificando claramente los motivos de su reclamación. Las reclamaciones serán resueltas en el plazo máximo de diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de reclamación y se comunicará su resolución a las personas interesadas de modo que quede constancia de su recepción.

Contra estas resoluciones se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección General de Educación y Formación Profesional, en el plazo de un mes desde la notificación de dicha comunicación.

12.–Conservación de la documentación.

Toda la documentación generada en el proceso de realización de las pruebas de acceso a los estudios superiores de diseño se conservará en la Sección de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas como mínimo durante dos meses después de finalizadas dichas pruebas, salvo la documentación relativa a las reclamaciones que se hayan presentado, que deberá conservarse conforme al período establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Puede encontrar la documentación a presentar en la ficha del catálogo de trámites:

https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/pruebas-especificas-de-acceso-a-las-ensenanzas-artisticas-superiores-de-diseno

Código del anuncio: F2603422

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