1. Comunidad Foral de Navarra
1.4. Subvenciones, ayudas y becas
RESOLUCIÓN 483E/2026, de 23 de febrero, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se autoriza el gasto asociado a la convocatoria de subvenciones para la creación y promoción de empresas de Economía Social y se modifica la Resolución 2296/2018.
De acuerdo con lo establecido en los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, aprobados por Decreto Foral 13/2024, de 7 de febrero, constituye la finalidad del mismo la planificación, ejecución y control de las políticas de empleo, consensuadas con los agentes sociales, mediante la gestión coordinada de los servicios y programas que se establezcan en relación con la promoción del empleo, la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo, la colocación, la intermediación, orientación y formación para el empleo y el análisis de las políticas y situación del empleo en Navarra, para lo que, entre otras funciones, financia, concede y gestiona diversas subvenciones relacionadas con la creación de empleo y la inserción laboral cuyas bases reguladoras han sido aprobadas con anterioridad al año 2026.
Por Resolución 2296/2018, de 20 de agosto, de la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, se regulan las subvenciones para la creación y promoción de empresas de economía social.
El artículo 30.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones establece que las convocatorias de subvenciones deberán llevar aparejada la autorización de gasto en los términos establecidos en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra. Procede, por ello, autorizar el gasto para el año 2026, correspondiente a la convocatoria de subvenciones para la creación y promoción de empresas de economía social.
Por otro lado, se hace preciso actualizar el importe máximo y el porcentaje subvencionable por la contratación de asistencias técnicas o labores de consultoría, dado que los costes se han incrementado desde que se reguló la presente convocatoria a través de la Resolución 2296/2018, de 20 de agosto, de la directora gerente del SNE-NL. Se apoya así el esfuerzo que supone para las beneficiarias el abordaje de un cambio en su gestión, en su estrategia de competitividad y empleo, en la realización de diagnósticos e implantación de planes de acción, etc. Es fundamental reflexionar, prepararse, implicarse, hacer un seguimiento del trabajo de la asistencia técnica y dedicar a ello los recursos necesarios. Se favorece, con el incremento, a las entidades que, de esta forma, trabajan para mejorar su competitividad y mantener e incrementar el empleo en un momento de alta competencia global e irrupción de las nuevas tecnologías.
La base 4 relativa a cuantías se establece que "en las subvenciones para asistencias técnicas, el importe de la subvención será del 75% del coste del proyecto, excluido el IVA, con un máximo de 6.000 euros por solicitud" y se propone elevar dichos valores a 8.000 euros máximo por solicitud, con un 85% del coste del proyecto.
En consecuencia, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 14 del Decreto Foral 13/2024, de 7 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare,
RESUELVO:
1.º Aprobar la convocatoria para ayudas a empresas de economía social para creación de empresas y asistencia técnica.
2.º Autorizar un gasto de 130.000 euros para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria, en el ámbito de las subvenciones por acciones de asistencia técnica, con cargo a la siguiente partida de los Presupuestos Generales de Navarra de gastos de 2026:
PARTIDA PRESUPUESTARIA | EJERCICIO | IMPORTE |
950001 96100 4709 241203 "Ayudas a empresas de economía social para creación de empresas y asistencia técnica" | 2026 | 130.000 |
3.º Atender con cargo al presupuesto de gastos de 2026 las solicitudes que quedaron pendientes de resolver del año 2025.
4.º Podrá autorizarse una cuantía adicional máxima por un importe de 50.000 euros, por incremento del crédito presupuestario como consecuencia de la existencia de crédito sobrante en otras convocatorias, y previa ampliación de la partida. La autorización, en su caso, de este crédito adicional se realizará por el órgano competente y se publicará en los mismos términos que la convocatoria, no implicando la apertura de un nuevo plazo para presentar subvenciones, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo máximo para resolver y notificar.
5.º Modificar la base 4.2 relativa a "Cuantía de la subvención", de manera que quede de la siguiente manera:
2. En las subvenciones para asistencias técnicas, el importe de la subvención será del 85% del coste del proyecto, excluido el IVA, con un máximo de 8.000 euros por solicitud.
Pamplona, 23 de febrero de 2026.–La directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, María Esther Fernández Razquin.
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