BOLETÍN Nº 48 - 6 de marzo de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LESAKA

Aprobación definitiva de modificación de las ordenanzas fiscales para 2026

El Ayuntamiento, en sesión plenaria celebrada el 18 de diciembre de 2025, aprobó inicialmente la modificación de las ordenanzas fiscales, para fijar las tarifas para el año 2026.

Dicho acuerdo ha sido expuesto al público por el plazo de treinta días, previa publicación de edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra número 8, de 13 de enero de 2026.

Durante el plazo de información pública no se han formulado alegaciones; en consecuencia, se procede a la aprobación definitiva de los expedientes, ordenando su publicación íntegra a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Todos los importes y precios aprobados entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2026.

Contra la presente aprobación definitiva podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el órgano autor del acto, el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o Sala del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.

Lesaka, 12 de febrero de 2026.–El alcalde, Ladis Satrústegui Alzugaray.

TARIFAS PARA EL AÑO 2026

1. Expedición y tramitación de documentos

1.1. Fotocopias

1.1.1

Tamaño DIN A 4, en blanco y negro

0,20 euros

1.1.2

Tamaño DIN A 4, en color

1,10 euros

1.1.3

Tamaño DIN A 3, en blanco y negro

0,50 euros

1.1.4

Tamaño DIN A 3, en color

2,00 euros

1.2. Certificaciones y volantes

1.2.1

Ordinarias, la unidad

1,20 euros

1.2.2

Que requieran la consulta del archivo municipal, la unidad

5,00 euros

1.2.3

Duplicados de recibos y de hojas de catastro

1,20 euros

1.2.4

Compulsas, la unidad. (No se cobrarán las compulsas, cuando estas sean exigidas por el propio Ayuntamiento de Lesaka)

1,20 euros

1.2.5

Serán gratuitos los certificados que se soliciten a través de la sede electrónica del Ayuntamiento o por los servicios sociales públicos

1.2.6

Duplicados de tarjetas de autorización de utilización de pistas

5,00 euros

1.3.

Cédulas parcelarias, la unidad

1,20 euros

1.4.

Tramitación de tarjetas de armas, por cada tarjeta

6,00 euros

1.5.

Tramitación de carnets para la tenencia de animales potencialmente peligrosos

50,00 euros

1.6. Duplicados de llaves/mandos

1.6.1

Duplicado mando pilona automática

40,00 euros

1.6.2

Duplicado llave programable

6,00 euros

1.6.3

Duplicado resto de llaves

3,00 euros

1.7. Convocatorias de plazas de personal

1.7.1

Derechos de examen y formalización de expediente. Por inscripción

15,00 euros

1.7.2

Estarán exentas del pago de la tasa:

–Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33%.

–Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

2. Licencia para el ejercicio de actividades clasificadas e inocuas, traspasos de actividad y/o declaraciones responsables

2.1. Locales de hasta 700 metros cuadrados

2.1.1

Licencia de actividad y/o declaración responsable, según superficie del local:

Hasta 50 m²

300,00 euros

De 51 a 100 m²

400,00 euros

De 101 a 200 m²

670,00 euros

De 201 a 400 m²

1.000,00 euros

De 401 a 700 m²

1.325,00 euros

2.1.2

Licencia de apertura y/o declaración responsable, según superficie del local:

Hasta 50 m²

205,00 euros

De 51 a 100 m²

255,00 euros

De 101 a 200 m²

445,00 euros

De 201 a 400 m²

670,00 euros

De 401 a 700 m²

890,00 euros

2.2

Locales mayores de 700 metros cuadrados:

Licencia de actividad y/o declaración responsable, por m²

2,00 euros

Licencia de apertura y/o declaración responsable, por m²

1,30 euros

2.3

La tarifa a abonar por cada expediente de modificación de las licencias de actividad o apertura. (Cuando se trate de cambios de titularidad o pequeñas modificaciones que no necesitan la redacción de un proyecto)

100,00 euros

2.4

Tanto en las licencias de apertura para actividades inocuas, como en las transmisiones de este tipo de licencias, se practicará una bonificación del 50% en la tarifa

3. Licencias de vado en vías públicas

3.1. Licencias de vado

3.1.1

Metro lineal/año

40,00 euros

4. Suministro de agua (el cobro de las tarifas se realizará con carácter cuatrimestral)

4.1

Por disponibilidad del servicio de abastecimiento (uso doméstico)

21,00 euros

4.2

Usos domésticos, hasta 40 m³, por cada m³

0,10 euros

4.3

Usos domésticos, desde 41 m³ hasta 60 m³, por cada m³

0,15 euros

4.4

Usos domésticos, desde 61 m³ hasta 80 m³, por cada m³

0,36 euros

4.5

Usos domésticos, desde 81 m³ hasta 100 m³, por cada m³

0,47 euros

4.6

Usos domésticos, desde 101 m³ hasta 120 m³, por cada m³

0,68 euros

4.7

Usos domésticos, desde 121 m³ hasta 3.000 m³, por cada m³

0,70 euros

4.8

Usos domésticos, desde 3.000 m³, por cada m³

0,77 euros

4.9

Por disponibilidad del servicio de abastecimiento (uso industrial)

21,00 euros

4.10

Usos industriales o de riegos, de 0 a 120 m³, por m³

0,57 euros

4.11

Usos industriales o de riegos, de 120 a 700 m³, por m³

0,65 euros

4.12

Usos industriales o de riegos, entre más de 700 y 3.000 m³, por cada m³ que exceda

0,70 euros

4.13

Usos industriales o de riegos, más de 3.000 m³, por cada m³

0,77 euros

4.14

Acometida para usos domésticos

100,00 euros

4.15

Acometida para usos industriales

250,00 euros

4.16

Enganche provisional con consumo de agua

50,00 euros

4.17

Por instalación de enganches provisionales con contador, por el enganche, cobrándose el consumo en función del uso

21,00 euros

4.18

Por disponibilidad del servicio de saneamiento, que no dispongan de servicio de abastecimiento

21,00 euros

4.19

Contadores de agua: se cobrará al particular exclusivamente el precio de coste

5. Uso y utilización de locales municipales

5.1. Frontón

5.1.1

Por cada hora de uso del alumbrado

8,00 euros

5.1.2

Vestuarios por día

10,00 euros

5.2. Campo de fútbol (horas de utilización más luz)

5.2.1

Por hora de utilización

50,00 euros

5.2.2

Alumbrado por hora (conforme al número de focos utilizados):

4 Torres

31,00 euros

2 Torres

20,00 euros

5.2.3

Vestuarios por día

30,00 euros

5.3

Local de Koskontako bidea, número 7, 2.º

Reserva por hora

22,00 euros

Estarán exentas de pago las entidades sin ánimo de lucro que tengan por objeto la prestación de servicios sanitarios o sociales

5.4. Escuela Pública Irain. En periodo extraescolar

5.4.1

Cocina/Comedor por cada hora

50,00 euros

5.4.2

Aulas por cada hora

25,00 euros

5.4.3

Gimnasio por cada hora

25,00 euros

5.5. Uso de locales de Harriondoa

5.5.1

Sala "Alasta". Cada hora

25,00 euros

5.5.2

Sala "Erkazti". Cada hora

25,00 euros

5.5.3

Sala "Zumarra". Cada hora

25,00 euros

5.5.4

Sala "Korua". Cada hora

56,00 euros

5.5.5

Sala exposiciones - Iglesia-Convento. Cada hora

56,00 euros

5.5.6

Sala "Txokobiko". Hora individual

300,00 euros

El servicio técnico será por cuenta del solicitante

6. Aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública, terrenos del común y terrenos de propiedad privada afectos a un uso público

6.1

Terrazas de bares y otros aprovechamientos de carácter continuado, por metro cuadrado y año. (Si la superficie contiene una fracción de metro, ésta se computará como un metro cuadrado entero, a la hora de calcular la tarifa)

5,00 euros

6.2. Comercio no sedentario (tarifa diaria más metros lineales)

6.2.1

Por puesto y día

7,25 euros

6.2.2

Por cada metro de longitud del puesto

1,05 euros

6.3

En fiestas de San Fermín, Ferias y Carnavales, válido para todo el periodo festivo (además de ello, durante las fiestas de San Fermín, Ferias, Carnavales y cualquier otro tipo de festividad, el Ayuntamiento se reserva la facultad de adjudicar los espacios públicos para las distintas actividades mediante subasta)

6.3.1

Por metro lineal para los puestos

15,00 euros

6.3.2

Caravanas, remolques o puestos que ocupen una superficie de anchura similar

400,00 euros

6.3.3

Barracas de Fiestas y Ferias

200,00 euros

6.4. Depósitos de combustible, anual

6.4.1

Por metro cuadrado ocupado

6,00 euros

6.4.2

Las tuberías de abastecimiento de los mismos, por metro lineal ocupado

1,20 euros

6.5. Licencias para utilización de terreno comunal en precario

6.5.1

En suelo urbano o urbanizable, por metro cuadrado

4,15 euros

6.5.2

En suelo no urbanizable, por metro cuadrado

0,10 euros

6.6. Empresas comercializadoras de servicios públicos de suministros. 1,5% ingresos brutos

6.7

Por la instalación de un circo o espectáculo ambulante similar, por día de ocupación del espacio público

170,00 euros

6.8. Ocupación vía pública

6.8.1

Para ejecución de obras por m² y día

0,25 euros

6.8.2

Para otras ocupaciones por m² y día

1,00 euros

7. Concesiones en el cementerio municipal

7.1

Panteón de seis plazas

9.570,00 euros

7.2

Panteón de tres plazas

4.250,00 euros

7.3

Sepultura/Fosa

1.000,00 euros

7.4

Columbario

370,00 euros

8. Escuela de música

8.1. Matrícula

8.1.1

Inscripción en la Escuela

57,47 euros

8.1.2

Por cada asignatura

15,07 euros

8.2. Grado Elemental (de 1.º a 6.º). Cuotas mensuales de las asignaturas de octubre a junio

8.2.1

Música y Movimiento

24,43 euros

8.2.2

Lenguaje Musical

24,43 euros

8.2.3

Instrumento

36,04 euros

8.2.4

Coral

10,21 euros

8.2.5

Conjunto instrumental

10,21 euros

8.2.6

Taller de adultos + instrumento (de 13 años en adelante, estos incluidos)

54,56 euros

8.2.7

Taller de adultos o instrumento (de 13 años en adelante, estos incluidos)

44,38 euros

8.3. Grado Medio (7.º y siguientes). Cuotas mensuales de octubre a junio

8.3.1

Grupo musical para jóvenes/adultos

17,94 euros

8.3.2

Refuerzo conservatorio. (En caso que se reciba subvención del Gobierno de Navarra, estas cuotas se devolverán)

52,21 euros

8.4. Clases adaptadas a niños con necesidades educativas especiales

8.4.1

Matrícula

84,28 euros

8.4.2

Mensualidades octubre a junio

49,75 euros

8.5. Aula virtual. Se repercutirá a cada alumno/a el gasto unitario. A repartir en 3 meses

8.6. La obligación del pago surge con la matriculación en la Escuela de Música, demorándose el cobro por meses.

8.7. Las familias numerosas y las familias monoparentales tendrán un descuento del 20%, tanto por la matrícula como por los restantes conceptos

9. Canon para el aprovechamiento de pastos y terrenos comunales

9.1

Por hectárea y año

70,00 euros

9.2

Por cada cabeza de ovino

0,30 euros

9.3

Por cada cabeza de vacuno o caballar

1,70 euros

10. Estacionamiento y pernocta de autocaravanas y vehículos vivienda

10.1

Por estacionamiento y día

10,00 euros

11. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Urbanismo

11.1

El tipo de gravamen del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras es del 5% sobre el presupuesto de ejecución material

11.2

Tipo reducido: el tipo de gravamen 3,5% tendrán las siguientes actuaciones:

–Reparación de tejados y arreglo de fachadas.

–Instalación de ascensores en viviendas.

–Supresión de barreras arquitectónicas.

–Sistema solar para agua caliente, si es mixto, solar + gas o electricidad. (Se aplicará al total del sistema de calentamiento).

11.3

Tipo ultra reducido: el tipo de gravamen del 2% tendrán las siguientes actuaciones:

–Instalación de paneles solares fotovoltaicas.

–Sistema solar para agua caliente (en el caso de que sea mixto: solar + biomasa). (Se aplicará al total del sistema de calentamiento).

–Inversiones que mejoran el aislamiento térmico en restauración de viviendas (se precisa proyecto).

–Geotermia.

11.4

En todo caso, la tarifa mínima a abonar siempre que se solicite una licencia de obra

30,00 euros

12. Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana

Se aplicarán, sobre el valor del terreno en el momento del devengo, los coeficientes máximos actualizados anualmente mediante ley foral

12.1

Tipo de gravamen

18,00%

13. Contribución territorial

13.1.

Tipo de gravamen único sobre el valor catastral de rústica y urbana

0,31%

14. Impuesto sobre actividades económicas

14.1.

El índice de la escala de índices

1,2

15. Cesión de material municipal

A particulares, empresas y/o otras administraciones públicas

Exención: asociaciones culturales y deportivas de Lesaka

Transporte a cargo del solicitante

15.1. Material

15.1.1

Mesas, euro/unidad/día

8,00 euros

15.1.2

Sillas, euro/unidad/día

3,00 euros

15.1.3

Vallas, euro/unidad/día

5,00 euros

15.1.4

Módulo escenario + 4 patas, euro/unidad/día

10,00 euros

15.1.5

Por cada "zezen txiki"/por día

10,00 euros

15.1.6

Fianza, a juicio de los servicios técnicos municipales

16. Punto de recarga

Precio kWh

0,32 euros

17. Realización de tramitaciones urbanísticas

17.1. Actos de edificación y uso del suelo (licencia o declaración responsable)

17.1.1

Hasta 10.000 euros de presupuesto de ejecución material (PEM)

30,00 euros

17.1.2

Más de 10.000 euros de PEM, sin proyecto

90,00 euros

17.1.3

Rehabilitaciones con proyecto básico o de ejecución:

PEM entre 10.000 y 50.000 euros

130,00 euros

PEM entre 50.000 y 150.000 euros

180,00 euros

PEM superior a 150.000 euros

260,00 euros

17.1.4

Obras nuevas con proyecto básico o de ejecución:

PEM entre 10.000 y 50.000 euros

180,00 euros

PEM entre 50.000 y 150.000 euros

220,00 euros

PEM superior a 150.000 euros

300,00 euros

17.1.5

Suplementos aplicables a los apartados 17.1.1 a 17.1.4 y sus subapartados:

Segundo y posteriores informe

90,00 euros

Actuación en suelo no urbanizable

65,00 euros

17.1.6

Informes de compatibilidad urbanística (suelo no urbanizable):

Actuaciones sin proyecto

130,00 euros

Actuación con proyecto básico o de ejecución

170,00 euros

17.1.7

Primera utilización:

Primer informe

160,00 euros

Segundo y posteriores informes

65,00 euros

17.1.8

Recepción de obras de urbanización:

Primer informe

160,00 euros

Segundo y posteriores informes

65,00 euros

17.1.9

Licencia de apertura:

Primer informe

200,00 euros

Segundo y posteriores informes

65,00 euros

17.1.10

Actas (replanteos, inicios de obra, etc.)

160,00 euros

17.1.11

Inspección de obras en expedientes de restauración de la legalidad

130,00 euros

17.1.12

Órdenes de ejecución

240,00 euros

17.1.13

Declaración de ruina

320,00 euros

17.1.14

Licencia de segregación y solicitud de innecesariedad de la misma

130,00 euros

17.1.15

División horizontal y solicitud de innecesariedad de licencia para la misma

130,00 euros

17.2. Actos de edificación y uso del suelo (licencia o declaración responsable)

17.2.1

Plan parcial

410,00 euros

17.2.2

Modificación estructurante

290,00 euros

17.2.3

Modificación pormenorizada

250,00 euros

17.2.4

Plan especial

250,00 euros

17.2.5

Proyecto de urbanización

170,00 euros

17.2.6

Proyecto de reparcelación

170,00 euros

17.2.7

Convenio urbanístico

170,00 euros

17.2.8

Estudio de detalle

170,00 euros

17.2.9

Estatutos de juntas de compensación

170,00 euros

17.2.10

Otros documentos urbanísticos no incluidos en los apartados anteriores

170,00 euros

17.2.11

Suplementos aplicables a los apartados 17.2.1 a 17.2.10

Segundo y posteriores informes. (A excepción de lo establecido en el subapartado siguiente)

130,00 euros

Informe de alegaciones en fase de exposición pública

170,00 euros

Publicación de anuncios en los diarios editados en Navarra (total por este concepto). Coste de los anuncios

Coste publicación

17.3. Consulta urbanística

17.3.1

Si se refiere a una sola parcela catastral

90,00 euros

17.3.2

Si el ámbito comprende entre 2 y 5 parcelas catastrales

170,00 euros

17.3.3

Si el ámbito comprende más de 5 parcelas catastrales

250,00 euros

17.4. Certificado de adecuación urbanística

17.4.1

Sin visita

90,00 euros

17.4.2

Con visita

120,00 euros

17.5

Valoraciones urbanísticas (10% aprovechamiento y otras)

170,00 euros

18. Matrimonios civiles y despedidas u homenajes civiles

18.1

Solicitantes no empadronados en el Ayuntamiento de Lesaka

100,00 euros

19. Por la utilización de caminos forestales y pistas vecinales

19.1

En caso de paso de madera, por m³

1,15 euros

20. Ludoteca

20.1

Bono Semana Santa

28,00 euros

21. Uso del aparcamiento de camiones en la zona de Zambra en Lesaka

21.1

Precio anual por plaza en el aparcamiento de camiones

400,00 euros

22. Espacios de trabajo compartido o "coworking" disponibles en la planta baja del edificio Eskriboenea

22.1

Uso de un espacio compartido por mes

10,00 euros

23. Polideportivo municipal de Lesaka

Edades:

–Infantil, de 4-10 años (prohibida entrada al gimnasio).

–Juvenil, de 11-15 años (prohibida entrada al gimnasio).

–Adultos, de 16-64 años.

–Otros, mayores de 65 años.

23.1. Bono anual/Bono de invierno matricula inicial

23.1.1

Infantil

69,74 euros

23.1.2

Juvenil

87,58 euros

23.1.3

Adultos

117,13 euros

23.1.4

Otros

87,04 euros

23.2. Bono familiar anual matricula inicial

23.2.1

Infantil

62,77 euros

23.2.2

Juvenil

78,83 euros

23.2.3

Adultos

105,41 euros

23.2.4

Otros

78,34 euros

23.3. Bono anual cuota mensual (piscina o gimnasio)

23.3.1

Infantil

17,86 euros

23.3.2

Juvenil

23,34 euros

23.3.3

Adultos

33,11 euros

23.3.4

Otros

22,17 euros

23.4. Bono familiar anual cuota mensual (piscina o gimnasio)

23.4.1

Infantil (4-9)

0,00 euros

Infantil (10)

17,86 euros

23.4.2

Juvenil

23,34 euros

23.4.3

Adultos

33,11 euros

23.4.4

Otros

22,17 euros

23.5. Bono de invierno cuota mensual (piscina o gimnasio)

23.5.1

Infantil

21,47 euros

23.5.2

Juvenil

27,02 euros

23.5.3

Adultos

36,29 euros

23.5.4

Otros

25,77 euros

23.6. Bono mensual cuota mensual (piscina o gimnasio)

23.6.1

Infantil

43,50 euros

23.6.2

Juvenil

53,00 euros

23.6.3

Adultos

70,00 euros

23.6.4

Otros

52,25 euros

23.7. Bono de verano (piscina o gimnasio)

23.7.1

Infantil

67,20 euros

23.7.2

Juvenil

90,30 euros

23.7.3

Adultos

102,90 euros

23.7.4

Otros

89,25 euros

23.8. Bono extra para los dos servicios (piscina y gimnasio)

23.8.1

Adultos / Otros: cuota para bono anual y anual familiar

8,04 euros

23.8.2

Adultos / Otros: cuota para bono invierno, mensual y verano

10,18 euros

23.9. Entradas diarias

23.9.1

Infantil (piscina)

5,60 euros

23.9.2

Juvenil (piscina)

7,20 euros

23.9.3

Adultos (piscina o gimnasio)

10,00 euros

23.9.4

Adultos (piscina y gimnasio)

15,00 euros

23.9.5

Otros (piscina o gimnasio)

6,40 euros

23.9.6

Otros (piscina y gimnasio)

9,60 euros

23.10. Entradas diarias, medio día (solamente tarde de verano)

23.10.1

Infantil (piscina)

3,40 euros

23.10.2

Juvenil (piscina)

4,15 euros

23.10.3

Adultos (piscina o gimnasio)

6,00 euros

23.10.4

Adultos (piscina y gimnasio)

9,20 euros

23.10.5

Otros (piscina o gimnasio)

3,75 euros

23.10.6

Otros (piscina y gimnasio)

5,65 euros

23.11. Gastos mensuales de mantenimiento cuotas en excedencia para abonados anuales

23.11.1

Infantil

6,00 euros

23.11.2

Juvenil

7,64 euros

23.11.3

Adultos

10,59 euros

23.11.4

Otros

7,04 euros

23.12. Gastos mensuales de mantenimiento cuotas en excedencia para abonados de invierno (9 meses)

23.12.1

Infantil

7,04 euros

23.12.2

Juvenil

8,69 euros

23.12.3

Adultos

11,47 euros

23.12.4

Otros

8,09 euros

23.13. Tarifas actividades deportivas abonados

23.13.1

Cursos de natación niños 30″. Por cada turno (15 sesiones)

25,75 euros

23.13.2

Cursos de natación adultos 45″. Por cada turno (15 sesiones)

38,60 euros

23.13.3

Actividades adultas dos días a la semana

55,50 euros

23.13.4

Actividades adultos una vez a la semana

27,75 euros

23.13.5

Actividades infantiles y juveniles. Dos días a la semana

40,00 euros

23.13.6

Actividades infantiles y juveniles. Un día a la semana

20,00 euros

23.14. Tarifas actividades deportivas no abonados

23.14.1

Cursos de natación niños 30″. Por cada turno (15 sesiones)

71,90 euros

23.14.2

Cursos de natación adultos 45″. Por cada turno (15 sesiones)

107,85 euros

23.14.3

Actividades adultos dos días a la semana

104,00 euros

23.14.4

Actividades adultos una vez a la semana

52,00 euros

23.14.5

Actividades infantiles y juveniles. Dos días a la semana

75,40 euros

23.14.6

Actividades infantiles y juveniles. Un día a la semana

37,70 euros

23.15. Gastos

23.15.1

Gastos devolución 10% del recibo

23.15.2

2.º carné

4,00 euros

23.16. Bonificaciones

23.16.1

Las familias numerosas y monoparentales obtendrán un 20% de descuento en cualquier tarifa: bonos, entradas de día, tarifas de actividades... (Es obligatorio presentar la tarjeta de familia numerosa o monoparental)

23.16.2

Tendrán una bonificación del 40% las personas con rentas inferiores al salario mínimo interprofesional, tanto en los bonos de las piscinas y gimnasio. (Deberán cumplir la totalidad de las condiciones establecidas, se podrán consultar en el polideportivo)

23.16.3

Tendrán una bonificación del 40% los-as estudiantes entre 18 y 25 años, en los bonos de la piscina y gimnasio. (Deberán cumplir la totalidad de las condiciones establecidas, se podrán consultar en el polideportivo)

24. Precios públicos por la prestación del servicio de comedor en la escuela infantil de Lesaka

24.1

Por cada día, que esté abierto el servicio de comedor y por cada alumno que se haya inscrito al servicio de comedor

6,00 euros

24.2

Por cada día, a los alumnos no inscritos al servicio de comedor y que hagan un uso puntual del mismo

7,50 euros

Código del anuncio: L2602221

Hace cien años

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