1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 59E/2026, de 12 de febrero, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se modifica de oficio la autorización ambiental unificada de la instalación de recepción, escaldado, congelación y conservación de verduras y legumbres, cuyo titular es Ultracongelados Virto, SAU, ubicada en término municipal de Cortes, de acuerdo con los cambios detallados en el anejo de la presente resolución, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.
Tipo de Expediente | Actualización de autorización ambiental unificada |
Código Expediente | 0001-0063-2025-000018 | Fecha de inicio | 01/12/2025 |
Unidad Gestora | Servicio de Economía Circular e Innovación |
Teléfono | 848426254-848427587 | Correo-e | autprema@navarra.es |
Clasificación | Legislación | Actividad |
Ley Foral 17/2020, de 16-12 | Anejo 1 / Grupo 9.3 |
R.D.L. 1/2016, de 16-12 | Centro no incluido |
Directiva 2010/75/UE, de 24-11 | Centro no incluido |
Ley 21/2013, de 9-12 | Centro no incluido |
Instalación | RECEPCIÓN, ESCALDADO, CONGELACIÓN Y CONSERVACIÓN DE VERDURAS Y LEGUMBRES |
Titular | ULTRACONGELADOS VIRTO, S.A.U. |
NIMA | 3107800990 |
Emplazamiento | Polígono 5 Parcela 795 y 957 Paraje AGUADORES |
Coordenadas | UTM-ETRS89, huso 30N, x: 630.685 e y: 4.642.660 |
Municipio | CORTES |
Proyecto | Inclusión de nuevo residuo producido código LER 160122 |
Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, por encontrarse incluida en el anejo 1, grupo 9.3 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.
Mediante Resolución 410E/2024 de 24 de octubre, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación, se autorizó la modificación de las condiciones de la autorización ambiental unificada con la inclusión de un nuevo residuo de código LER 020104.
Con fecha 28/10/2025, Ultracongelados Virto, S.A.U. interpone recurso de alzada frente a la resolución notificada, solicitando la reconsideración de la resolución notificada proponiendo el código LER 160119 en sustitución del código LER autorizado.
Mediante Orden Foral 396E/2025, de 18 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se estima parcialmente el recurso de alzada presentado por Ultracongelados Virto, S.A.U., en el sentido en el que se debe modificar el código LER 020104 asignado inicialmente, pero no se acepta el código LER propuesto, considerándose que el código más adecuado el código LER 160122 Componentes no especificados en otra categoría: componentes de cintas transportadoras.
La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,
RESUELVO:
Primero.–Modificar de oficio la autorización ambiental unificada de la instalación de recepción, escaldado, congelación y conservación de verduras y legumbres, cuyo titular es Ultracongelados Virto, S.A.U., ubicada en término municipal de Cortes, de acuerdo con los cambios detallados en el anejo de la presente resolución, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.
Segundo.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Tercero.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.
Cuarto.–Trasladar la presente resolución a Ultracongelados Virto, S.A.U., al Ayuntamiento de Cortes, a los efectos oportunos.
Pamplona, 12 de febrero de 2026.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Francisco Javier Larrañeta Nido.
Nota: los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular e Innovación; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/ConsultasAAU.html#/ConsultaAutorizacionesAmbientalesUnificadas.
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