1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 7/2026, de 29 de enero, del director general de Digitalización y Servicios Educativos, por la que se modifica la autorización del Centro Privado Integrado de Formación Profesional "Fundación Laboral de la Construcción Navarra" por ampliación de su oferta de enseñanzas en las sedes de Huarte / Uharte y Villafranca.
Visto el expediente instruido a instancias de la entidad "Fundación Laboral de la Construcción Navarra" entidad titular del centro integrado privado de enseñanzas de Formación Profesional del mismo nombre, mediante la que se solicita autorización para ampliar su oferta de enseñanzas, impartiendo las enseñanzas de grado superior de "Organización y Control de Obras de Construcción" en su sede de Huarte/Uharte, así como las enseñanzas de grado básico de "Fabricación y Montaje", en su sede de Villafranca.
Conforme al procedimiento establecido en el Título III.–Modificaciones y nuevas autorizaciones-del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio, por el que se establece el procedimiento para la autorización de centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en la Comunidad Foral de Navarra.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y en sus disposiciones de desarrollo.
A la vista de los informes favorables del Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional, del Servicio de Infraestructuras Educativas y del Servicio de Inspección Educativa.
En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, y a propuesta del Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TICs Educativas.
RESUELVO:
1.º Modificar la autorización del centro integrado privado de enseñanzas de Formación Profesional "Fundación Laboral de la Construcción" por ampliación de su oferta de enseñanzas en sus sedes de Huarte / Uharte y Villafranca.
2.º Indicar que los nuevos datos registrales del centro a partir del curso 2025-2026 serán los siguientes:
–Código de centro: 31013379.
–Titular: Fundación laboral de la construcción navarra (CIF: G80468416).
–Denominación genérica: Centro Integrado Privado de Enseñanzas de Formación Profesional.
–Denominación específica: Fundación Laboral de la Construcción Navarra.
–Domicilio: calle Bideberri 56 del Polígono Areta, de Huarte, y calle Marqués de Badillo sin número, de Villafranca.
–Localidad: Huarte / Uharte y Villafranca.
–Municipio: Huarte / Uharte y Villafranca.
–Enseñanzas y capacidad máxima autorizadas:
1. Ofertas de Grados A, B y C.
Según la oferta formativa autorizada por resolución en cada momento, conforme a la planificación anual que establezca la administración educativa, vistas las necesidades formativas territoriales.
2. Ofertas de Grado D.
a) Ciclos formativos de grado básico:
Ciclo formativo de grado básico de "Reforma y mantenimiento de Edificios" de la familia profesional "Edificación y Obra Civil": 2 unidades (1 en el primer curso y 1 en el segundo) con una capacidad de doce alumnas y alumnos de nuevo acceso por unidad más el alumnado repetidor, hasta un máximo de catorce alumnas y alumnos por unidad, en su sede de Huarte/Uharte.
Ciclo formativo de grado básico de "Fabricación y Montaje", de la familia profesional de "Fabricación Mecánica": 2 unidades (1 en primer curso y otra en segundo) con una capacidad de doce alumnas y alumnos de nuevo acceso por unidad más el alumnado repetidor, hasta un máximo de catorce alumnas y alumnos por unidad, en su sede de Villafranca.
b) Ciclos formativos de grado medio:
Ciclo formativo de grado medio "Excavaciones y Sondeos" de la familia profesional "Industrias Extractivas": 2 unidades (1 en el primer curso y 1 en el segundo) con una capacidad por unidad de hasta un máximo de 24 alumnas y alumnos, incluyendo alumnado repetidor y alumnado de nuevo acceso, en la sede de Huarte/Uharte.
c) Ciclos formativos de grado superior:
Ciclo formativo de grado superior de "Organización y Control de Obras de Construcción", de la familia profesional "Edificación y Obra Civil": 2 unidades (1 en el primer curso y 1 en el segundo) con una capacidad por unidad de hasta un máximo de 24 alumnas y alumnos, incluyendo alumnado repetidor y alumnado de nuevo acceso, en la sede de Huarte/Uharte.
3. Ofertas de Grado E.
Curso de Especialización en "Modelado de la información de la construcción (BIM)" de la familia profesional de "Instalación y Mantenimiento": 1 unidad, con una capacidad máxima de 20 puestos, en la sede de Huarte/Uharte.
3.º Señalar al titular que debe garantizar los adecuados y suficientes puestos para la realización de la fase de formación práctica en empresa u organismo equiparado. Para ello, en el plazo de los 15 días naturales, empezados a contar a partir de la recepción de la notificación de la presente autorización, deberá presentar instancia dirigida a la Dirección de Planificación e Integración de la Formación Profesional adjuntando la relación de empresas con las que haya acordado o prevea acordar los puestos para la realización de la formación práctica del alumnado de las unidades solicitadas y el modelo de convenio para la realización de la formación práctica a utilizar en el que expresamente se señale que no existe posibilidad de abono económico ni contraprestación o donación alguna por parte del centro ni del alumnado por la realización de la formación práctica curricular.
4.º Advertir al titular de que, en desarrollo de lo establecido en el artículo 22 del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio, por el que se establece el procedimiento para la autorización de centros docentes privados que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias en la Comunidad Foral de Navarra, se considerará como causa de revocación de la autorización el incumplimiento de lo establecido en el artículo 55.8 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo.
5.º Recordar al titular del centro que deberá solicitar la modificación de la autorización o nueva autorización administrativa cuando cambien los datos registrales del centro, establecidos en apartado 2.º de la presente Resolución, o cuando se modifiquen sus instalaciones, según lo establecido en el Título III del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio.
6.º Notificar la presente resolución al titular del centro, indicando que contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
7.º Trasladar la presente resolución al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Infraestructuras Educativas, al Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional, al Servicio de Sistemas de Información de Educación, al Servicio de Ayudas al Estudio y Servicios Educativos, a la Sección de Financiación de Centros Escolares, a la Sección de Gestión de la Información Escolar y al Centro Integrado Politécnico "Virgen del Camino", al que se encuentra adscrito el centro a efectos administrativos.
8.º Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 29 de enero de 2026.–El director general de Digitalización y Servicios Educativos, Luis Calatayud Yuste.
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