BOLETÍN Nº 47 - 5 de marzo de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

HUARTE

Concurso-oposición de una plaza de empleado/a de servicios múltiples / mantenimiento

Mediante Resolución de Alcaldía número 2026-0193, de fecha 16 de febrero de 2026, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición y en régimen laboral fijo, de una plaza de empleado/a de servicios múltiples / mantenimiento, con perfil preceptivo de euskera (B2 oral y B1 escrito).

BASES

1.–Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza a jornada completa del puesto de empleado/a de servicios múltiples / mantenimiento, en régimen laboral fijo, identificada en la plantilla orgánica con el número 4019.

Asimismo, es objeto de la presente convocatoria constituir, con aquellas personas aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento, una relación de aspirantes a la contratación temporal. Con los resultados del concurso-oposición se confeccionará una lista para el caso de que el ayuntamiento, en el futuro, precise de contrataciones temporales. En dichos supuestos, la contratación será por orden de puntuación entre los aspirantes que hayan superado las correspondientes pruebas de selección, siempre respetando la normativa interna de gestión de listas que esté vigente en el momento de la contratación.

El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel D de los establecidos en el Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y los complementos retributivos establecidos en la plantilla orgánica del ayuntamiento.

El puesto de trabajo se desarrollará, en principio, en turno de mañana.

Funciones a desempeñar: Las funciones a desempeñar serán las propias de su nivel y categoría, incluyendo entre otras:

–Las relacionadas con el mantenimiento de aceras y calles y con el mantenimiento de mobiliario urbano.

–Las relacionadas con el mantenimiento de edificios municipales (colegio, escuelas infantiles, casa de cultura, Plazaldea, casa consistorial, bajeras, pisos de alquiler...).

–Labores de montaje y desmontaje de instalaciones no permanentes relacionadas con actividades culturales.

–Conducción de vehículos y vehículos especiales.

–Labores relacionadas con protección civil.

–Ocasionalmente, las relacionadas con las actividades propias, barrido y limpieza de calles y edificios. Conducción y mantenimiento de barredora autopropulsada viaria.

–Ocasionalmente, labores de mantenimiento del cementerio, realizar trabajos de inhumación, exhumación y reducción de cadáveres, restos humanos y/o cenizas.

–Ocasionalmente, las relacionadas con el mantenimiento de instalaciones deportivas y piscinas.

–Ocasionalmente labores de conserjería.

–Cuantas otras funciones le sean encomendadas por el Ayuntamiento de acuerdo con las desarrolladas en el área de servicios múltiples del ayuntamiento o el puesto que desempeña, propias de su titulación y nivel.

–Otras similares que se le pudieran encomendar y que no precisen una especialización concreta.

2.–Requisitos de las personas aspirantes.

Para la admisión en este concurso-oposición, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, nacional de otro estado miembro de la Unión Europea o nacional de un estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores. Podrá también participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española, de personas nacionales de un estado miembro de la Unión Europea y de personas nacionales de los estados incluidos en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales mencionados, siempre que no esté separado/a de derecho, así como sus descendientes y los/as del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) Hallarse en posesión del carné de conducir B.

f) No hallarse en inhabilitación ni suspensión para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado/separada del servicio de una administración pública.

g) Acreditar el conocimiento de euskera de 2.º Perfil lingüístico del Ayuntamiento (B2 oral y B1 escrito). Las personas que lo soliciten podrán realizar un examen de euskera para acreditar el nivel exigido.

Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por las aspirantes aprobadas que obtengan puesto de trabajo en el plazo y forma previstos en las bases de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, debiendo estar en posesión de los mismos durante el procedimiento de la selección y hasta el momento de la contratación.

3.–Instancias.

Las instancias solicitando participar en la convocatoria deberán presentarse en el registro general, presencial o electrónico, del Ayuntamiento de Huarte, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y deberán ajustarse al modelo publicado como anexo I. Las personas aspirantes deberán manifestar en la instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

A la instancia deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o documento oficial equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad de la persona aspirante.

b) Fotocopia del carné de conducir B.

c) Fotocopia de la titulación exigida.

d) Documentación que acredite el conocimiento de euskera exigido (certificado oficial) o solicitud de inscripción, en la instancia de inscripción a la convocatoria, a la prueba que ofrecerá el ayuntamiento a las personas que lo soliciten.

e) Vida laboral y los certificados acreditativos de los méritos que desee hacer valer en la fase de concurso.

f) Justificante de haber abonado la cantidad de 5,00 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen mediante ingreso en la cuenta número ES59 3008 0087 74 1447560721, con el texto "tasa convocatoria MANTENIMIENTO-SERVICIOS MÚLTIPLES". La tasa, una vez abonada, no es reembolsable, y la falta de pago de la tasa determinará la exclusión de la persona aspirante. Estarán exentas las personas que acrediten que, en el momento de la inscripción, estén en situación de desempleo.

Las personas que posean discapacidad deberán presentar la documentación justificativa de la misma, de cara a futuros llamamientos que se puedan realizar.

El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Las personas aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que estas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

En el caso de presentación telemática, todos los archivos deberán presentarse por separado y su título tendrá relación directa con su contenido. En el caso de presentarse inscripciones escritas a mano, se hará con letra clara y preferentemente en mayúsculas. La ilegibilidad de los datos básicos de la inscripción supondrá su no aceptación.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el alcalde del Ayuntamiento de Huarte dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en la página web del ayuntamiento.

Las personas aspirantes excluidas podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de las listas provisionales.

Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el alcalde del Ayuntamiento de Huarte dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en la página web del ayuntamiento.

5.–Composición, constitución y actuación del tribunal calificador.

El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Alfredo Arruiz Sotés, alcalde del Ayuntamiento de Huarte.

Vocal: Txemari Zurbano Peñas, encargado de servicios múltiples del Ayuntamiento de Huarte.

Vocal: Juan Andrés Viedma Feligrera, oficial administrativo de servicios múltiples del Ayuntamiento de Huarte.

Vocal: persona designada por la representación sindical del Ayuntamiento de Huarte.

Vocal-secretario: Gustavo Jiménez Martín, gestor de recursos humanos del Ayuntamiento de Huarte.

El tribunal habrá de constituirse con anterioridad al inicio de las pruebas.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del presidente y del vocal-secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.

El tribunal podrá incorporar asesoramiento especializado para todas o algunas de las pruebas. La asesoría se limitará al ejercicio de su especialidad técnica y colaborará con el tribunal en base exclusivamente a aquella.

6.–Desarrollo del concurso-oposición.

El concurso-oposición constará de dos fases: una de concurso, que se realizará en primer lugar, y otra de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios que forman parte de la fase de oposición. Los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se harán públicos en la web del ayuntamiento.

Fase de concurso:

La fase de concurso no tiene carácter eliminatorio. Su objeto es valorar los méritos de cada aspirante, y tendrá una puntuación máxima de 25 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

–Calificación de méritos:

  • Experiencia: máximo 15 puntos.
  • Se realizará el cómputo de los meses trabajados según el siguiente baremo:
    • Haber trabajado en cualquier administración pública como operario/a de servicios múltiples / mantenimiento: 1,25 punto por año.
    • Haber trabajado en empresa privada, como operario/a de servicios múltiples / mantenimiento: 1 punto por año.

Para acreditar la experiencia profesional, las personas aspirantes deberán presentar la vida laboral y certificado de la administración o de la empresa.

  • Formación: máximo 10 puntos.
  • Por cada acción formativa directamente relacionada con servicios múltiples / mantenimiento.
    • De 20 y más horas sin llegar a 40 horas: 1 punto.
    • De 40 y más horas sin llegar a 100 horas: 2 puntos.
    • De 100 y más horas de duración: 3 puntos.

En ningún caso el tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada.

El tribunal podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados y acreditados por las personas que concursen.

La fecha final de valoración de los méritos será hasta la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

La presentación de la documentación acreditativa de estos méritos se hará junto con la documentación inicial de acceso a la convocatoria.

Frente a la valoración de los méritos se podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en la web municipal mediante la presentación de instancia en el Registro del Ayuntamiento.

Fase de oposición.

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas, y su puntuación máxima será de 75 puntos. Su comienzo no será antes del mes de marzo de 2026.

La primera prueba consistirá en la realización de un único ejercicio que consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas con varias opciones de respuesta, de las que solo una de ellas será válida, sobre el temario incluido en el anexo II. Penalizarán las respuestas erróneas en la proporción que el tribunal establezca con anterioridad al comienzo de las mismas. La puntuación máxima de este ejercicio será de 30 puntos, quedando eliminadas las personas aspirantes que no obtengan un mínimo de 15 puntos.

La segunda prueba consistirá en la realización de una o varias pruebas prácticas o teórico-práctica con relación a las funciones del puesto, cuya puntuación máxima será de 45 puntos.

En la realización de estas pruebas no se permitirá la consulta de ningún texto u otro material, salvo bolígrafo.

Todas las pruebas de la fase de oposición se realizarán mediante llamamiento único, a las que las aspirantes deberán acudir con el documento nacional de identidad a efectos de su correcta acreditación, quedando eliminadas aquellas que no se presenten en las fechas, horas y lugares anunciados, por cualquier motivo.

Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para las personas aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.–Relación de personas aprobadas, propuesta de contratación y presentación de documentos.

Terminada la calificación del ejercicio, el tribunal hará públicas en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Huarte, la relación de personas aprobadas por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada persona aspirante en las fases de concurso y oposición. El tribunal dará traslado de esta relación al órgano convocante con la propuesta de contratación en favor de la persona aspirante con mayor puntuación.

Dentro de los 10 días hábiles siguientes al de publicación de los resultados, la persona aspirante propuesta deberá aportar en el registro general del ayuntamiento, los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

b) Documentación que acredite de forma definitiva el conocimiento de euskera con nivel B2 oral y B1 escrito.

c) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separada del servicio de una administración pública.

d) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo conforme a los protocolos médicos establecidos para las actividades a desarrollar en el puesto objeto de la convocatoria. Las personas aspirantes que no obtenga la calificación de "apto" en el citado examen médico no podrán ser contratadas.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones del cargo.

f) La persona aspirante propuesta que no tenga la nacionalidad española deberá presentar declaración jurada de no estar sometida a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública.

g) En su caso, la documentación complementaria que les sea requerida desde el Ayuntamiento de Huarte.

Quien dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser contratada, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido.

En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Ayuntamiento de Huarte cubrirá la baja con la persona aspirante incluida inmediatamente a continuación en la relación de personas aprobadas.

8.–Contratación.

Concluido el procedimiento selectivo y aportado por la persona aspirante los documentos a que se refiere la base anterior, la alcaldía procederá a su contratación.

El resultado de la convocatoria será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

La persona seleccionada deberá formalizar el contrato en la fecha acordada en la Resolución de Alcaldía. Si en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no formalizara el contrato, perderá todos los derechos para la contratación, y en tal supuesto se estará a lo establecido en la base 9.

9.–Lista de aspirantes a la contratación temporal.

De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, el alcalde del Ayuntamiento de Huarte constituirá las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, de acuerdo con el procedimiento establecido en las bases de esta convocatoria:

–Lista de personas aprobadas sin plaza.

–Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal.

Recibido el expediente del tribunal calificador, por resolución del alcalde del Ayuntamiento de Huarte, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal: a) Lista de personas aprobadas sin plaza. b) Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo y no hayan resultado aprobadas sin plaza.

En su caso, el ayuntamiento podrá exigir copia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o cualquier otra documentación complementaria que considere pertinente. El orden de las personas aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para las personas aprobadas sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la mayor puntuación obtenida en la suma de las pruebas superadas. En todo caso, los criterios para el llamamiento para contrataciones temporales de las listas de contratación vendrán fijados por la normativa interna de gestión de listas del ayuntamiento, vigente en el momento de la contratación.

10.–Protección de datos de carácter personal.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) se informa a las personas aspirantes de las siguientes cuestiones: el responsable del tratamiento de los datos personales facilitados como consecuencia de la participación en esta convocatoria es el Ayuntamiento de Huarte. La finalidad del tratamiento es la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza a jornada completa del puesto de trabajo de empleado/a de servicios múltiples / mantenimiento, en régimen laboral fijo. La base jurídica que permite el tratamiento es: Artículo 6.1.c) del RGPD (cumplimiento de obligación legal) y Artículo 6.1.b) del RGPD (ejecución de medidas precontractuales). Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar. El ayuntamiento podrá ceder los datos de las personas aspirantes a otros organismos oficiales siempre con fines laborales y pudiendo negarse éstas en cualquier momento. Los datos se comunicarán en los supuestos legalmente previstos y se publicarán conforme a lo dispuesto en la convocatoria. Las personas titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas municipales o a través de la sede electrónica.

11.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

Recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir;

o bien, Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación en que se recurra.

Recurso de reposición ante el órgano remanente en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación.

Huarte-Uharte, 16 de febrero de 2026.–El alcalde, Alfredo Arruiz Sotés.

ANEXO I.–MODELO DE INSTANCIA PARA PARTICIPAR EN PROCESO SELECTIVO

https://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/005_Local_solicitud_proceso_selecc_C.pdf

ANEXO II.–TEMARIO

Temario administrativo.

Tema 1.–El Ayuntamiento. Composición. Elección de sus miembros. El Pleno, la alcaldía y la Junta de Gobierno Local. Las comisiones informativas. Funcionamiento de los organismos municipales.

Tema 2.–Igualdad de género: Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de igualdad entre mujeres y hombres. Título I: Disposiciones generales. Título II Sistema de la organización institucional para la igualdad. Título III: Mecanismos para garantizar el derecho de igualdad.

Tema 3.–Normativa interna: Ordenanza municipal reguladora del uso de un lenguaje e imagen incluyente. Ordenanza del euskera.

Tema 4.–Decreto Foral Legislativo 251/1993: El Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Título I: Clases de personal. Título II-Cap. 2: Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Título II-Cap. 6: Situaciones administrativas. Título II-Cap. 7: Provisión de puestos de trabajo. Título II-Cap. 8: Derechos y Deberes. Título II-Cap. 9: Régimen disciplinario.

Tema 5.–Ley orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del régimen foral de Navarra (arts. 1 al 10).

Tema 6.–Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Título II, El municipio: artículos del 11 al 27. Título V: disposiciones comunes a las entidades locales, capítulo I, artículos 46 a 54. Título VI, capítulo I Bienes, artículos 79 a 83.

Tema 7.–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: Título Preliminar, Título I, Capítulo I: municipios: secciones de la 1 a 4, y la 8. Título III: Régimen de funcionamiento de las entidades locales de Navarra, capítulo I: secciones 1 y 2. Título IV: Bienes de las entidades locales: Capítulo I sección 1.ª, y Capítulo II, Secciones 1 y 2. Título IX: El procedimiento y régimen jurídico, impugnación y control de las actuaciones de las entidades locales de Navarra: Capítulo I, secciones 1 y 2.

Temario profesional.

Tema 1.–Conocimientos para la realización de labores básicas de mantenimiento eléctrico: Conceptos básicos. Herramientas manuales del electricista: Uso y manejo. Mecanismos eléctricos. Lámparas: Tipos de lámparas. Alumbrado de emergencia. Cuadros de distribución eléctrico.

Tema 2.–Conocimientos para la realización de labores básicas de mantenimiento de fontanería, calefacción y saneamiento. Conceptos básicos. Herramientas manuales de fontanería: Uso y manejo. Aparatos sanitarios. Mantenimiento aparatos sanitarios. Grifería: Tipos. Averías y reparaciones. Tuberías y accesorios: Tipos. Sistemas de unión. Elementos componentes de una instalación de fontanería: Tipos. Función. Elementos componentes de una instalación de calefacción: Función. Emisores: Tipos. Válvulas de emisores: Tipos y función de válvulas de emisores. Circuitos de calefacción. Llenado, vaciado y purgado de instalación de calefacción. Saneamiento: Canalones. Bajantes. Arquetas: Tipos y función.

Tema 3.–Conocimientos para la realización de labores básicas de mantenimiento de albañilería y pintura. Conceptos básicos. Herramientas de albañilería: Herramientas manuales y eléctricas. Uso y manejo. Limpieza y mantenimiento. Pastas, morteros y adhesivos. Medios auxiliares: Tipos. Medidas de seguridad. Herramientas manuales y útiles de pintura: Uso y manejo. Limpieza y mantenimiento. Pinturas: Tipos de pinturas. Métodos de aplicación de pinturas. Barnices: Tipos de Barnices. Métodos de aplicación de barnices.

Tema 4.–Conocimientos para la realización de labores básicas de mantenimiento de carpintería de madera y metálica. Conceptos básicos. Metrología. Tipos de brocas. Herramientas de carpintería de madera: Manuales y eléctricas. Uso y manejo. Limpieza y mantenimiento. Herramientas de carpintería metálica: Manuales y eléctricas. Uso y manejo. Mantenimiento. Sistemas de unión. Herrajes de puertas y ventanas: Tipos. Cerraduras y bombines: Tipos. Mantenimiento.

Tema 5.–Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Ergonomía en el puesto de trabajo. El manejo manual de cargas. Riesgos inherentes al esfuerzo físico. Riesgos biológicos. Riesgos químicos. Equipos de protección individual y normas de seguridad asociadas a la actividad de jardinería, corrientes eléctricas, fontanería, albañilería y pintura y carpintería de madera y carpintería metálica.

Tema 6.–Mantenimiento de piscinas. Conocimiento de bombeo de aguas, filtros, dosificadores de productos correctores.

Tema 7.–Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas. Decreto Foral 123/2003, de 19 de mayo, por el que se establecen las condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo (Boletín Oficial de Navarra número 83-Fecha: 02/07/2003), la corrección de errores (Boletín Oficial de Navarra número 125-Fecha: 30/09/2003) y el Decreto Foral 20/2006, de 2 de mayo, por el que se modifica el Decreto Foral 123/2003, de 19 de mayo (Boletín Oficial de Navarra número 60- Fecha: 19/05/2006).

Tema 8.–Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico- sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

Tema 9.–Limpieza viaria, manual y con barredora autopropulsada. Normas de tráfico, funcionamiento y mantenimiento de barredora autopropulsada.

Tema 10.–El municipio de Huarte: denominación y situación de las calles, parajes, ríos, población y geografía. Vías municipales. Servicios públicos. Instalaciones y equipamientos públicos. Ubicación de los principales edificios municipales: casa consistorial, instalaciones deportivas municipales, colegios públicos, ludoteca, biblioteca, etc.

Código del anuncio: L2602352

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es