1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 5E/2026, de 19 de enero, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba, la relación de inversiones incluidas provisionalmente con cargo a las disponibilidades presupuestarias, la relación de inversiones en reserva y la relación de inversiones no admisibles, para el periodo de planificación 2026-2028, dentro de las líneas de inversión de "Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales" y "Pavimentaciones con redes".
La Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales, que entró en vigor con fecha 1 de abril de 2022, se dictó al amparo de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de la Administración Local de Navarra como instrumento de cooperación económica con las entidades locales con la finalidad principal de garantizar la cobertura en todo el ámbito de la Comunidad Foral de los servicios municipales obligatorios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de esta ley foral, constituyen el Plan de Inversiones Locales, el conjunto de inversiones encaminadas a la instalación, mejora y renovación de infraestructuras y dotaciones, clasificadas en los apartados: Programas de Inversiones, Programación Local y Programa de Libre Determinación.
La planificación del apartado Programación Local será trienal para los periodos 2023-2025, 2026-2028 y siguientes, en su caso.
El capítulo II, del título II, está dedicado a Programación Local, determinando en el artículo 13, que este programa consta de las siguientes líneas de inversión:
a. Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales.
b. Pavimentaciones con redes.
c. Pavimentaciones sin redes.
d. Urbanización de travesías.
e. Dotaciones municipales y concejiles.
Conforme a lo establecido en el artículo 16, que detalla el procedimiento de inclusión provisional de las inversiones relativas al apartado de Programación Local, mediante Resolución 570E/2024, de 23 de diciembre, del director general de Administración Local y Despoblación, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 28, de 11 de febrero de 2025, se aprobó la distribución inicial de cuantías entre las diferentes líneas de inversión de Programación Local, la actualización de los costes unitarios máximos y los límites de aportación por entidad local, los requisitos de selección y priorización y los modelos de documentación para las solicitudes de inclusión al Plan de Inversiones Locales, para el periodo de planificación 2026-2028. En dicha resolución se estableció un plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra para que las entidades locales interesadas pudieran presentar las solicitudes de inclusión en el apartado de Programación Local del Plan de Inversiones Locales.
El citado artículo 16, establece que, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la selección y priorización de las inversiones, de acuerdo con los criterios indicados en el artículo 19 y el anexo III de la Ley Foral 8/2022, de 22 marzo y que, mediante resolución de la Dirección General con competencia en materia de Administración Local, se aprobará una relación de inversiones del apartado de Programación Local del Plan de Inversiones Locales que constará de:
a. Una relación de inversiones incluidas provisionalmente con cargo a las disponibilidades presupuestarias.
b. Una relación de inversiones en reserva.
c. Una relación de inversiones no admisibles por no cumplir los requisitos establecidos en la Ley Foral 8/2022.
Dicha resolución, puede sustituirse por resoluciones independientes para cada línea de inversión, salvo para las líneas de inversión de abastecimiento, saneamiento y pluviales y pavimentación con redes, para las que se aprobará una resolución conjunta.
Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de Navarra surtiendo ésta los efectos de notificación conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por otra parte, conforme al artículo 3 de la Ley Foral 8/2022, la dotación del Plan es de 30.000.000 euros, para el ejercicio 2022 y para los ejercicios sucesivos, la dotación anual será la consignada como Fondo de Transferencias de Capital en el presupuesto del ejercicio precedente, incrementada en el índice de precios al consumo (IPC) interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra y, según el artículo 4, al apartado de Programación local le corresponde un 40% de la dotación anual del plan.
En la Resolución 570E/2024, de 23 de diciembre, del director general de Administración Local y Despoblación, se aprobó la distribución inicial de cuantías entre las diferentes líneas de inversión de Programación Local. Dicha distribución se realizó teniendo en cuenta una dotación para Programación local de 13.947.088,32 euros en cada uno de los ejercicios 2026, 2027 y 2028. En estos momentos, de acuerdo con el índice de precios al consumo (IPC) interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio de 2025 y la planificación presupuestaria a medio plazo del Gobierno de Navarra, procede a actualizar la dotación anual en lo que se refiere a las líneas de inversión de redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales y pavimentaciones con redes aplicando un IPC de 2,4% para 2026, de 1,7% para 2027 y de 2,4% para 2028.
Consta en el expediente informe del Servicio de Infraestructuras Locales de fecha 7 de enero de 2026 poniendo de manifiesto que todas las solicitudes se han presentado en plazo, es decir, con fecha límite 11 de abril de 2025.
La puntuación asignada se ha otorgado, en primer lugar, en función del grado de necesidad de la inversión, variable que califica las solicitudes como inversiones urgentes, necesarias a corto plazo, convenientes o sin prioridad y en segundo lugar en función del indicador del volumen de aportaciones procedentes de los Planes de Inversiones Locales, de las que se ha beneficiado la entidad local. Se ha asignado a las solicitudes de pavimentación con redes el mismo grado de necesidad de la inversión (GNI) atribuido a la solicitud de redes con la que vaya a ejecutarse conjuntamente. Las solicitudes calificadas como inversiones sin prioridad y aquellas que hayan superado el límite de aportación económica máxima asignado y las solicitudes de pavimentación que no tengan asociada una solicitud de redes financiable, se consideran no admisibles. En el informe técnico, se ha detallado de forma pormenorizada la manera en la que se ha otorgado la puntuación correspondiente a cada apartado, por lo que queda debidamente motivada la propuesta de priorización y selección.
El Servicio de Infraestructuras Locales, realiza una reserva para hacer frente a inclusiones definitivas y abonos por el procedimiento de emergencia, según se determina en el artículo 4 de la Ley Foral 8/2022, así como para poder atender los incrementos de hasta el 10% previstos en el artículo 17 de esta misma ley foral.
En base al orden de selección y priorización, y a la disponibilidad presupuestaria, el Servicio de Infraestructuras Locales, para las líneas de inversión de "Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales" y "Pavimentaciones con redes", propone la aprobación de una relación de 69 inversiones incluidas provisionalmente correspondientes a 91 solicitudes de Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales y 50 solicitudes de Pavimentaciones con redes, una relación de 83 inversiones en lista de reserva correspondientes a 98 solicitudes de Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales y 63 solicitudes de Pavimentaciones con redes y una relación de 109 inversiones no admisibles correspondientes a 145 solicitudes de Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales y 96 solicitudes de Pavimentaciones con redes.
La propuesta se adecua a las condiciones recogidas en los apartados 1.A) y 1.B) del anexo II de la Ley Foral 8/2022, en el que se regula la base de cálculo del importe auxiliable y en la Resolución 570E/2024, donde se actualizan los costes unitarios máximos y los límites de aportación por entidad local, y se aprueban los requisitos de selección y priorización.
Obran en el expediente informes del Servicio de Gestión y Cooperación Económica de fecha 7 de enero de 2026 y del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las entidades locales de fecha 7 de enero de 2026 avalando la propuesta formulada por el Servicio de Infraestructuras Locales.
En consecuencia, procede, de acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales, y en virtud de las atribuciones reconocidas por el Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,
RESUELVO:
1. Actualizar las cuantías previstas en el apartado primero de la parte dispositiva de la Resolución 570E/2024, de 23 de diciembre, del director general de Administración Local y Despoblación, para la línea de redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales y pavimentaciones con redes, conforme al índice de precios al consumo (IPC) interanual de la Comunidad Foral de Navarra del mes de junio de 2025 y a la planificación presupuestaria a medio plazo del Gobierno de Navarra aplicando un IPC de 2,4% para el ejercicio 2026, de 1,7% para 2027 y de 2,4% para 2028, según el siguiente detalle:
| 2026 | 2027 | 2028 | 2026-2028 | % |
Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales | 4.284.545,54 | 4.357.382,81 | 4.461.960,00 | 13.103.888,35 | 30% |
Pavimentaciones con redes | 4.570.181,90 | 4.647.874,99 | 4.759.423,99 | 13.977.480,88 | 32% |
2. Realizar una reserva de 505.697,46 € de la cuantía asignada a la línea de inversión de Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales y de 1.951.186,68 € de la cuantía asignada a la línea de inversión de Pavimentaciones con redes, de Programación Local para hacer frente a inclusiones definitivas y abonos por el procedimiento de emergencia según se determina en el artículo 4 de la Ley Foral 8/2022, y poder atender los incrementos de aportaciones previstos en el artículo 17 de esta misma ley foral.
3. Aprobar la relación de inversiones incluidas provisionalmente para las líneas de inversión de "Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales" y "Pavimentaciones con redes" del apartado de Programación Local del Plan de Inversiones Locales, con cargo a las disponibilidades presupuestarias, con una aportación total de 24.624.485,09 euros (inversión IVA excluido de 45.769.597,86 euros), conforme al Anexo 1.
4. Aprobar la relación de inversiones en lista de reserva para las líneas de inversión de "Redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales" y "Pavimentaciones con redes" del apartado de Programación Local, con una aportación total de 23.273.297,10 euros (Inversión IVA excluido de 36.421.278,89 euros), conforme al Anexo 2.
5. Aprobar la relación de inversiones no admisibles por incumplir los requisitos establecidos en la Ley Foral 8/2022, que se recogen al anexo 3.
6. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, surtiendo ésta los efectos de la notificación, significando que contra la misma las Administraciones públicas pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora del a Jurisdicción Contencioso-administrativa.
7. Establecer un plazo improrrogable de 4 meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de dicha publicación para que las entidades locales titulares de las inversiones recogidas en el anexo 1, presenten la documentación indicada en el artículo 17.1 de la Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales, para proceder a su inclusión definitiva.
Pamplona, 19 de enero de 2026.–El director general de Administración Local y Despoblación, Jesús María Rodríguez Gómez.
ANEXO 1.–Relación de inversiones incluidas provisionalmente para las líneas de inversión de "Redes de Abastecimiento, Saneamiento y pluviales" y "Pavimentaciones con Redes" del apartado de Programación Local del Plan de Inversiones Locales (XLS).
ANEXO 2.–La relación de inversiones en lista de reserva para las líneas de inversión de "Redes de Abastecimiento, Saneamiento y Pluviales" y "Pavimentaciones con Redes" del apartado de Programación Local (XLS).
ANEXO 3.–Relación de inversiones no admisibles por incumplir los requisitos establecidos en la Ley Foral 8/2022 (XLS).
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