2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
PERALTA
Calendario laboral y declaración de días inhábiles para 2026
Por la presente se pone en general conocimiento la Resolución de Alcaldía número 2025-1039 de fecha 16 de diciembre de 2025, por la que se aprueba el calendario laboral de los Servicios Generales y se declaran de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos durante el año 2026 del Ayuntamiento de Peralta:
Considerando lo dispuesto en el Decreto Legislativo 251/1993, de 30 de agosto por la que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y el artículo 34.6 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que establece que la empresa debe elaborar el calendario laboral anualmente.
Vista la Resolución 390/2025, de 5 de junio, del director general de Economía Social y Trabajo por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2026 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio, de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra que establece para los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra una jornada laboral que, en cómputo anual, queda determinada en 1592 horas efectivas de trabajo.
Teniendo en cuenta la competencia que me concede el artículo 21.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 84.1 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y vista la negociación previa de la propuesta de calendario laboral 2026 con los delegados de Personal,
RESUELVO:
Primero.–Declarar como como inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2026, los sábados, los domingos y los días declarados festivos que se señalan a continuación:
–1 de enero: Año Nuevo.
–6 de enero: Epifanía del Señor.
–3 de febrero: San Blas (festivo local).
–19 de marzo: San José.
–2 de abril: Jueves Santo.
–3 de abril: Viernes Santo.
–6 de abril: Lunes de Pascua.
–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
–15 de agosto: Asunción de la Virgen.
–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
–2 de noviembre: Día siguiente a la Festividad de Todos los Santos.
–3 de diciembre: San Francisco Javier.
–8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
–25 de diciembre: Natividad del Señor.
Segundo.–Aprobar el calendario de días festivos entre semana durante el año 2026 en que las oficinas permanecerán cerradas, tal como se detalla a continuación:
–Del 31 de agosto al 4 de septiembre (fiestas patronales).
Se considerarán jornadas festivas las realizadas los domingos, los días festivos señalados por el Gobierno de Navarra que se enumeran en el apartado primero y los días del párrafo anterior.
Además de los señalados anteriormente, y a cargo de los 27 días de vacaciones reconocidos a los trabajadores, las oficinas permanecerán cerradas al público los siguientes días:
–Enero: día 2.
–Marzo: día 20.
Tercero.–La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo del personal de servicios generales se establece, en 1.592 horas efectivas de trabajo de conformidad con la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre y el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre, que se realizará de la siguiente forma:
a) La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá con carácter general una duración de 7 horas y 22 minutos.
b) La distribución de la jornada de trabajo señalada en el apartado anterior del presente expositivo, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo o Pacto Mixto de Personal Funcionario, Laboral y Administrativo del Ayuntamiento de Peralta, será:
La parte fija del horario, que será de presencia obligatoria en el puesto de trabajo para todo el personal, estará comprendida entre las 9:30 y las 14:30 horas. La parte flexible estará comprendida entre las 7:30 y las 9:30 y las 14:30 y las 17:00 horas.
Cuarto.–El presente calendario laboral podrá ser modificado por necesidades del servicio de conformidad con la normativa existente al respecto que regula las condiciones del trabajador.
Quinto.–El horario de atención al público en las oficinas municipales será de las 9:30 a las 14:30 horas de lunes a viernes, excepto los declarados como festivos en el punto primero y los declarados no laborables en el punto segundo.
Excepcionalmente, los días 24 y 31 de diciembre, la atención al público finalizará las 12h.
Sexto.–El presente calendario, su distribución de jornada y resto de condiciones no se aplica a aquellos servicios del Ayuntamiento que cuenten con un calendario laboral específico debido a sus condiciones de trabajo (Protección Ciudadana, Educación y Obras y Servicios...).
El resto de los servicios municipales elaborarán su calendario específico. El área de Protección Ciudadana realizará su jornada de trabajo de 8 horas en tres turnos. El área de Obras y Servicios realizará su jornada de trabajo de 7 horas y 22 minutos.
Se tendrá en cuenta que, a los días de fiestas patronales, del 29 de agosto al 6 de septiembre, ambos inclusive, se les dará el tratamiento de festivo para el personal que haya de trabajar esos días de acuerdo con su calendario.
Séptimo.–Trasladar la presente resolución a los delegados del personal y publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento, en la sede electrónica municipal y Tablón de Edictos físico.
Lo que se hace público para general conocimiento, en ejercicio de las competencias que tengo atribuidas con la advertencia de que, contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe, interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo.
b) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo.
c) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o Sala del mismo orden del en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la referida publicación.
Peralta, 17 de diciembre de 2025.–El alcalde, Juan Carlos Castillo Ezpeleta.
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