BOLETÍN Nº 39 - 23 de febrero de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 1247E/2026, de 6 de febrero, del director general de Interior, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso o concurso específico, de plazas de agente de la Policía Foral de Navarra.

Mediante Decreto Foral 42/2025, de 30 de abril, se aprobó la oferta parcial de empleo público del ámbito de Administración Núcleo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos correspondiente al año 2025, incluyendo 20 plazas de agente de Policía Foral correspondiente a la tasa de reposición de personal.

Así mismo, mediante Decreto Foral 146/2025, de 18 de diciembre, se aprobó la oferta parcial de empleo público del ámbito de Administración Núcleo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos correspondiente al año 2025, incluyendo 14 plazas de agente de Policía Foral correspondiente a la tasa de reposición de personal.

Además, consta en el expediente informe propuesta en el que, a las plazas incluidas en las ofertas de empleo público descritas, se añaden 10 plazas vacantes actualmente cubiertas mediante mecanismos de provisión de carácter provisional.

La Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra establece que las modalidades de provisión de puestos de trabajo dentro de las Policías de Navarra son el concurso, que será el sistema ordinario, el concurso específico y la libre designación. El Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 57/2002, de 25 de marzo, se pronuncia en términos similares. Por último, el artículo 6 del Decreto Foral 102/2016, de 16 de noviembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, determina los sistemas de provisión de destinos en la Policía Foral de Navarra.

En consecuencia, y en el ejercicio de las funciones reconocidas por el artículo 10 del Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos,

RESUELVO:

1.º Aprobar la provisión, mediante los sistemas de concurso o concurso específico, de plazas del empleo de agente de la Policía Foral de Navarra.

2.º Aprobar las bases de la convocatoria y ordenar su publicación, junto con la resolución que las aprueba, en el Boletín Oficial de Navarra y en la ficha de la convocatoria en el portal web de internet del Gobierno de Navarra www.navarra.es, a los efectos oportunos.

3.º Notificar esta resolución y la convocatoria al Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública, al Negociado de Información al Público y Registro y a las personas del tribunal designadas, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de febrero de 2026.–El director general de Interior, Salvador Díez Zapata.

BASES

1.–Objeto.

1.1. El objeto de esta convocatoria es la provisión, mediante los sistemas de concurso y concurso específico de plazas del empleo de agente del cuerpo de la Policía Foral de Navarra, de régimen funcionarial y nivel C.

1.2. Inicialmente se convocan, mediante el sistema de concurso y concurso específico, 44 plazas de agente, adscritas a las siguientes unidades organizativas:

–Jefatura:

N.º
PLAZAS

DESTINO

LOCALIDAD

MODALIDAD

IDIOMAS

1

Brigada de Régimen Interno

Pamplona

Concurso-específico

–Área de Inspección General:

N.º
PLAZAS

DESTINO

LOCALIDAD

MODALIDAD

IDIOMAS

1

Grupo de Recursos Humanos

Pamplona

Concurso

3

Brigada de Comunicación y Enlace Operativo

Pamplona

Concurso

1

Brigada de Desarrollo Tecnológico y Calidad

Pamplona

Concurso-específico

Id. Com.

Mérito

4

Grupo Protección y Atención Ciudadana Alsasua

Altsasu / Alsasua

Concurso

1

Grupo Judicial Tudela

Tudela

Concurso-específico

Id.Com.

Mérito

2

Grupo Atestados Tudela

Tudela

Concurso-específico

Id.Com.

Mérito

1

Grupo Operativo 1 Tudela

Tudela

Concurso

1

Grupo Operativo 2 Tudela

Tudela

Concurso

–Área de Seguridad Interior y Policía Administrativa:

N.º
PLAZAS

DESTINO

LOCALIDAD

MODALIDAD

IDIOMAS

1

Grupo de Palacio

Pamplona

Concurso

1

Grupo Parlamento

Pamplona

Concurso

2

Grupo Justicia

Pamplona

Concurso

1

Grupo Seguridad Privada y Sistemas

Pamplona

Concurso-específico

–Área de Seguridad Ciudadana:

N.º
PLAZAS

DESTINO

LOCALIDAD

MODALIDAD

IDIOMAS

6

Grupo Intervenciones Especiales

Pamplona

Concurso-específico

1

Grupo Operativo 1

Pamplona

Concurso

Eusk.

Bilingüe

B2

–Área de Investigación Criminal:

N.º
PLAZAS

DESTINO

LOCALIDAD

MODALIDAD

IDIOMAS

1

Grupo de Delitos contra la Salud

Pamplona

Concurso-específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

4

Brigada Delitos contra las Personas

Pamplona

Concurso-específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

4

Brigada Asistencial

Pamplona

Concurso-específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

1

Brigada Criminalística de Campo

Tudela

Concurso-específico

Id.

Com.

Mérito

1

Brigada Criminalística de Laboratorio

Pamplona

Concurso-específico

Id.

Com.

Mérito

2

Grupo Investigación

Pamplona

Concurso-específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

2

Brigada de Análisis e Inteligencia

Pamplona

Concurso-específico

Id. Com.

Mérito

1

Brigada de Delitos Económicos y contra el Patrimonio

Pamplona

Concurso-específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

1

Brigada Policía Judicial Norte

Pamplona

Concurso-específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

1.3. Además de las plazas señaladas inicialmente, en el presente concurso también serán objeto de provisión las plazas que dejen vacantes las personas concursantes que obtengan en el concurso una nueva plaza. Dichas plazas resultantes se proveerán mediante concurso o concurso específico, de acuerdo con lo establecido en el anexo II que acompaña a esta convocatoria.

2.–Normativa aplicable.

La presente convocatoria se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra; en el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra aprobado por Decreto Foral 57/2002, de 25 de marzo; en el artículo 6 del Decreto Foral 102/2016, de 16 de noviembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos; por el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra; por el Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre, por el que se regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos públicos y entidades de derecho público dependientes y demás normativa aplicable; y por la disposición adicional vigésima novena del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional décima de la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre.

3.–Requisitos.

3.1. De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, quienes concurran a la presente convocatoria deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y en el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos, cualquiera que sea su situación administrativa, salvo la suspensión firme.

En el caso de participar en la convocatoria desde la situación administrativa de excedencia voluntaria, haber permanecido al menos un año en dicha situación.

b) Hallarse encuadrado en el nivel C.

c) Haber sido nombrado para el empleo de agente del cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

d) Estar en posesión del carnet de conducir clase A para las plazas con destino en la División de Seguridad Vial y del Grupo de Seguridad Vial Tudela y del carnet de conducir Clase A2 para las plazas con destino en la Brigada de Protección Medioambiental y Grupo de Medioambiente Tudela.

3.2. Las personas aspirantes adscritas provisionalmente, por reingreso en Policía Foral o por haber sido objeto de remoción en virtud del artículo 20 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 57/2002, de 25 de marzo, estarán obligadas, en tanto permanezcan en tal situación, a participar en esta convocatoria, solicitando la totalidad de las vacantes existentes que se puedan proveer. De no hacerlo así, podrán ser adscritas con carácter forzoso a cualquiera de las vacantes que se generen como resultado de esta convocatoria.

3.3. Las personas que estén nombradas Jefes interinos de una unidad organizativa del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, designadas interinamente como agente primero/primera o ambos, podrán participar en la presente convocatoria desde su puesto básico de agente.

Las personas que se encuentren en situación de comisión de servicios y/o adscripción provisional, podrán participar en la presente convocatoria, desde su plaza básica, finalizando la comisión o la adscripción, de forma automática, al momento de tomar posesión de la plaza obtenida en el presente concurso y/o concurso específico.

3.4. El personal fijo en situación de excedencia voluntaria o excedencia forzosa que, habiendo permanecido un año en dicha situación, participe en el concurso reuniendo los requisitos exigidos en la convocatoria, obtendrá de esa forma el reingreso en el servicio activo y la adjudicación definitiva de una plaza.

3.5. Quienes hayan ingresado en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a partir del 1 de enero de 2009, tras la superación de las correspondientes pruebas selectivas, en plazas para las que sea preceptivo el conocimiento del euskera o de algún idioma comunitario, solamente podrán elegir vacante para las que el conocimiento de dicho idioma sea preceptivo para su desempeño.

No obstante, esta previsión no se aplica en aquellos supuestos en los que, sin tener en cuenta el conocimiento del idioma exigido, el resultado del proceso selectivo le hubiera permitido a la persona interesada la obtención de una plaza que no tuviera establecido dicho requisito.

3.6. En el caso de que haya aspirantes que hayan solicitado optar a plazas con requisito de euskera, deberán cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

–Participar como titular de una plaza con requisito de conocimiento de euskera con nivel igual o superior al de la plaza a la que se opta, a la que hayan accedido acreditando el conocimiento de euskera exigido.

–En el caso de que se pretenda acceder a una plaza bilingüe con requisito de idioma euskera nivel B2 o C1, estar en posesión de uno de los títulos o certificados acreditativos de los citados niveles conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, de los relacionados en la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, o de titulación reconocida oficialmente equivalente.

3.7. En ningún caso la participación en la presente convocatoria supondrá la modificación del régimen jurídico al que estuvieran sujetos los concursantes con anterioridad a su participación.

3.8. A las personas que participen en el presente concurso de traslados desde la situación de reubicación, provisional o definitiva, de acuerdo a lo previsto en el Decreto Foral 114/2002, de 3 de junio, por el que se regula el procedimiento de reubicación por incapacidad para el desempeño de su trabajo del personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el personal adscrito al SNS-O, así como el personal docente no universitario adscrito al Departamento de Educación, solo se le podrán adjudicar aquellos destinos, de entre los elegidos por la personas aspirantes, para los que sean consideradas idóneas por informe de la Sección de Prevención de Riesgos Laborales, teniendo en cuenta la situación de salud al momento de emisión del citado informe, a requerimiento del servicio gestor de la convocatoria.

4.–Retribuciones.

Quienes se trasladen con motivo de esta convocatoria percibirán las retribuciones que les correspondan según las disposiciones vigentes.

5.–Instancia y solicitud: plazo y lugar de presentación.

5.1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Dicho plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

5.2. Las instancias de participación en la convocatoria deberán presentarse, exclusivamente, de forma telemática a través de internet, en la dirección www.navarra.es, en la reseña (ficha) correspondiente a la presente convocatoria, mediante la pestaña "tramitación telemática".

La solicitud específica de participación y demás documentación que debe aportarse, deberá adjuntarse en cualquiera de los formatos previstos en el Registro General Electrónico para adjuntar archivos.

Los aspirantes deberán incluir un índice de los documentos aportados en el que harán constar cada uno de los documentos aportados, clasificados de conformidad a los apartados establecidos en el anexo III de la presente convocatoria.

5.3. Las instancias y solicitudes deberán ajustarse a los modelos publicados en la convocatoria y que figuran como anexo I y II, respectivamente, pudiendo obtenerse a través de Internet, en la ficha de la convocatoria. En ellas las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos de participación referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

5.4. En la solicitud se especificarán los destinos elegidos y su orden de preferencia. El orden se realizará numéricamente, considerándose el 1 como la máxima prioridad y así sucesivamente en orden creciente el resto de puestos con una prioridad inferior. La persona aspirante únicamente señalará los destinos que sean objeto de su preferencia, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3.2 para quienes participen en el presente concurso para obtener destino definitivo.

5.5. Las personas aspirantes que soliciten destino en las unidades cuyo sistema de provisión sea concurso específico deberán aportar cuanta documentación estimen oportuna para la valoración de los méritos durante el plazo de presentación de solicitudes, con excepción de los siguientes que serán puestos a disposición del tribunal:

–Servicios prestados a las Administraciones Públicas a la fecha de publicación de la convocatoria, que serán solicitados por el tribunal calificador a la Dirección General de Función Pública.

–Cursos realizados en la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra/Nafarroako Segurtasun eta Larrialdi Eskola, los cuales serán solicitados a la Escuela por el tribunal calificador.

–Tampoco será necesaria la presentación de los méritos existentes, y no retirados, con motivo de la convocatoria aprobada por Resolución 89/2023, de 22 de mayo, de la directora general de Interior. A estos efectos, los aspirantes que opten por esta opción deberán señalar en la instancia de participación la remisión a los méritos aportados en esa convocatoria.

Bastará con copias simples de la documentación que acredite los méritos, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

6.–Lista provisional de personas admitidas, reclamaciones y lista definitiva.

6.1. Terminado el plazo de presentación de instancias de participación, el director general de Interior aprobará la lista provisional de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en la ficha de la convocatoria, que se publicará en el portal web de internet del Gobierno de Navarra www.navarra.es, con la indicación de que, dentro de los diez días naturales siguientes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación, las personas aspirantes excluidas podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. Exclusivamente durante este plazo las personas aspirantes podrán renunciar a los puestos de trabajo solicitados, siempre que así lo manifiesten por escrito dirigido a la Dirección General de Interior y presentado de conformidad con lo dispuesto en la base 5, párrafo segundo.

Finalizado el plazo de reclamaciones mencionado en esta base no se admitirá ninguna renuncia a la solicitud.

6.2. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el director general de Interior aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en la ficha de la convocatoria, que se publicará en el portal web de internet del Gobierno de Navarra www.navarra.es.

6.3. Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, el director general de Interior dictará resolución declarando desierta la convocatoria. Dicha resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de Navarra.

7.–Valoración de méritos, pruebas físicas, prueba teórico-práctica y pruebas psicotécnicas para las plazas cuya modalidad de acceso sea el concurso específico.

a) Valoración de méritos:

La valoración de méritos tendrá una puntuación máxima, sin contar el euskera, ni los idiomas comunitarios, de 35 puntos y los méritos aportados por los interesados serán valorados de conformidad con lo establecido en el anexo III.

El tribunal publicará los resultados provisionales en la ficha de la convocatoria. Las personas aspirantes dispondrán de 5 días naturales, a contar a partir del día siguiente al de publicación de los resultados, para formular las alegaciones que estimen oportuno. Resueltas las alegaciones el tribunal aprobará y publicará igualmente en la ficha de la convocatoria los resultados definitivos.

Sólo se realizará la valoración de los méritos aportados por los aspirantes que realicen las pruebas preceptivas determinadas para las plazas con modalidad de acceso de concurso específico.

b) Pruebas físicas:

Quienes soliciten destino en la Brigada de Protección de Autoridades y Grupos de Intervención 1, 2, 3 y 4, deberán realizar las pruebas físicas previstas para esas unidades en el anexo IV. Dichas pruebas tendrán una puntuación mínima de 0 puntos y una puntuación máxima de 20 puntos.

Quienes soliciten destino en el Grupo de Intervenciones Especiales, deberán realizar las pruebas físicas previstas para esa unidad en el anexo IV. Dichas pruebas tendrán una puntuación mínima de 0 puntos y una puntuación máxima de 25 puntos.

El tribunal publicará los resultados provisionales en la ficha de la convocatoria. Las personas aspirantes dispondrán de 5 días naturales, a contar a partir del día siguiente al de publicación de los resultados para formular las alegaciones que estimen oportuno. Resueltas las alegaciones el tribunal aprobará y publicará igualmente en la ficha de la convocatoria los resultados definitivos.

c) Pruebas teórico-prácticas:

Consistirá en una prueba en la que deberán contestar a un cuestionario de preguntas con tres alternativas de respuesta de las que solo una será correcta. Cada respuesta correcta tendrá un valor equivalente a dividir la puntuación máxima establecida para la prueba entre el número de preguntas realizadas por el tribunal. Cada respuesta errónea tendrá un valor negativo equivalente a la mitad de la puntuación otorgada a la respuesta correcta.

–Para la Brigada de Protección de Autoridades y Grupos de Intervención 1, 2, 3 y 4, esta prueba se puntuará entre 0 y 30 puntos.

–Para el Grupo de Intervenciones Especiales esta prueba se puntuará entre 0 y 25 puntos.

–Para el resto de destinos cuya modalidad sea el concurso específico esta prueba se puntuará entre 0 y 50 puntos.

El tribunal publicará los resultados provisionales en la ficha de la convocatoria. Las personas aspirantes dispondrán de 5 días naturales, a contar a partir del día siguiente al de publicación de los resultados para formular las alegaciones que estimen oportuno. Resueltas las alegaciones el tribunal aprobará y publicará igualmente en la ficha de la convocatoria los resultados definitivos.

Los temarios y/o bibliografía de los temas estarán a disposición de los aspirantes en Intrapol, constituyendo la única referencia válida y vinculante para el tribunal y las personas aspirantes.

d) Pruebas psicotécnicas:

Las pruebas psicotécnicas se puntuarán entre 0 y 20 puntos y su objetivo es la determinación del grado de adecuación de las personas aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico de cada destino.

Las pruebas psicotécnicas serán realizadas por la Sección de Psicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública o profesionales que éstos designen. La puntuación otorgada por dicha Sección será vinculante para el tribunal de la convocatoria.

El tribunal publicará los resultados provisionales en la ficha de la convocatoria. Las personas aspirantes dispondrán de 5 días naturales, a contar a partir del día siguiente al de publicación de los resultados para solicitar la revisión de la prueba. Efectuada la revisión el tribunal aprobará y publicará igualmente en la ficha de la convocatoria.

e) Normas comunes:

Las pruebas tendrán lugar a partir del mes de abril de 2026.

Aquellos aspirantes que no realicen la totalidad de las pruebas físicas y/o prueba teórico-práctica y/o pruebas psicotécnicas en las plazas que así se exija en esta convocatoria, no podrán obtener plaza por concurso-específico en esas unidades.

Las pruebas no tienen carácter eliminatorio, únicamente clasificatorio.

8.–Asignación de plazas por concurso específico.

8.1. La adjudicación de plaza deberá recaer sobre el candidato de haya obtenido mayor puntuación, sumados los resultados de la valoración de méritos, pruebas físicas en su caso, prueba teórico-práctica y pruebas psicotécnicas.

8.2. En caso de empate en la puntuación final otorgada a cada aspirante la clasificación se dirimirá conforme a los siguientes criterios:

a) Mejor puntuación obtenida en la prueba teórico-práctica.

b) Mejor puntuación obtenida en la prueba psicotécnica.

c) Mayor antigüedad en el empleo de agente.

d) Orden en la convocatoria donde se obtuvo el empleo de agente.

8.3. Si nadie se presenta a la realización de las pruebas físicas, en su caso, y/o prueba teórico-práctica y/o pruebas psicotécnicas, las plazas quedarán vacantes.

9.–Asignación de plazas por concurso.

9.1. La asignación de las plazas cuya provisión se realiza por el sistema de concurso, se establecerá atendiendo, en primer lugar, a quienes tengan preferencia según lo dispuesto en el párrafo siguiente y, en segundo lugar, a su posición dentro del escalafón de la Policía Foral de Navarra.

9.2. La aplicación de los derechos preferentes para la provisión de puestos de trabajo por concurso se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 57/2002, de 25 de marzo.

9.3. Por el jefe de la Policía Foral de Navarra se remitirá al tribunal calificador el escalafón de la Policía Foral de Navarra, con los datos que contempla el artículo 18 del Decreto Foral 57/2002, de 25 de mayo. Dichos datos deberán estar actualizados a la fecha en que se publique la lista definitiva de admitidos y excluidos al proceso.

10.–Rondas.

A fin de proceder a la adjudicación, de las plazas convocadas y de las que pudieran derivarse del concurso, se realizarán tantas rondas completas como sean necesarias en función de la prelación de destinos formulada en las solicitudes.

11.–Composición del tribunal.

11.1. El tribunal calificador del concurso estará compuesto por:

–Presidente: Miguel Ángel Vicente Jaurrieta, comisario de la Policía Foral, jefe de la División de Prevención y Atención Ciudadana.

Suplente: Carlos Yárnoz Arrarás, comisario de la Policía Foral, jefe de la División General Técnica.

–Vocal: Francisco Javier Torres Burdaspar, subinspector de la Policía Foral, jefe del Grupo Medioambiente 2.

Suplente: Marta Cilveti Goñi, subinspectora de Policía Foral, adscrita a la Brigada de Desarrollo Tecnológico y Calidad.

–Vocal: Alfredo Obanos Blanco, subinspector de Policía Foral, adscrito a la Brigada Asistencial.

Suplente: Jesús Miguel Ruiz Aldaz, subinspector de Policía Foral, adscrito al Área de Tráfico y Seguridad Vial.

–Vocal: Egoi Beperet Redín, subinspector de Policía Foral, adscrito a la Brigada de Atestados e Investigación, designado por la Comisión de Personal de la Policía Foral de Navarra.

Suplente: David Abardía Morchón, subinspector de Policía Foral, jefe del Grupo de Protección y Atención Ciudadana de la Comisaría de Sangüesa, designado por la Comisión de Personal de la Policía Foral de Navarra.

–Secretario: Pablo De La Fuente Rodrigo, subinspector de Policía Foral, adscrito a la Brigada de Delitos contra las Personas.

Suplente: Jorge Borja Yerro, agente primero de la Policía Foral, adscrito a la Brigada de Atestados e Investigación.

11.2. El tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas y la valoración de méritos.

11.3. Las personas que componen el tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a quienes componen el tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

11.4. El tribunal no podrá constituirse sin la asistencia del presidente y secretario, o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de, al menos, la mayoría de quienes forma parte del mismo. Una vez constituido el tribunal la sustitución del presidente y secretario se regirá por lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley Foral 11/2019, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

11.5. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

11.6. El tribunal podrá ser auxiliado por personal asesor especialista. Ese personal se limitará al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal en base exclusivamente a aquellas.

11.7. Las resoluciones del tribunal calificador vinculan a la Administración, sin perjuicio de que, si esta apreciase alguna irregularidad, pueda proceder a su revisión, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo los trámites afectados por la irregularidad.

12.–Adjudicación provisional y definitiva de las plazas.

12.1. Realizadas las pruebas que correspondan y, en su caso, la valoración de méritos, el tribunal calificador elaborará una propuesta de adjudicación provisional de las plazas correspondientes, que se publicará en la ficha de la convocatoria.

12.2. Durante el plazo de tres días hábiles a partir de la publicación de la propuesta de adjudicación provisional de las plazas, las personas interesadas podrán presentar a la misma las alegaciones que consideren convenientes, transcurridos los cuales el tribunal resolverá sobre las alegaciones presentadas y elevará propuesta definitiva al órgano convocante para su resolución.

12.3. El órgano convocante extenderá las correspondientes adjudicaciones y se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra, haciendo mención del número de agente, plaza de adjudicación y unidad organizativa de adscripción.

13.–Toma de posesión.

13.1. Quienes obtengan plaza deberán tomar posesión de las plazas adjudicadas en la fecha que determine el órgano convocante en la resolución de adjudicación definitiva de plazas.

13.2. En relación con las personas que estén nombradas jefe interino de unidad organizativa del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra o designada agente primero interino o ambos, la adjudicación de otra plaza básica y la ineludible toma de posesión de la misma, supondrá el cese en dichos nombramientos interinos.

14.–Publicaciones y recursos.

14.1. Los actos y resoluciones el tribunal calificador se publicarán en la ficha de la convocatoria.

14.2. Contra los actos y resoluciones emanados del tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el director general de Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

14.3. Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Interior, Función Pública y Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

14.4. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO I.–MODELO DE SOLICITUD

Convocatoria para la provisión, mediante los sistemas de Concurso o Concurso específico, de plazas de agente del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra

Don/Doña ....................................................................................................................................., provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ......................................................................, con NIP: ................, con domicilio actual en la localidad de .................................................................., provincia de .......................................calle .............................................................................................., número ..........., piso ..........., código postal ......................., teléfono del domicilio ................................, teléfono móvil ..................................., teléfono del trabajo ...........................................

Ante V.E. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante los sistemas de concurso o concurso-específico, de plazas de agente del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número .........., de ...... de ..................................... de ..................

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que a esta instancia adjunta la solicitud de elección de destinos indicando el orden de preferencia de los mismos.

Que a esta instancia adjunta un índice de los documentos aportados, clasificados de conformidad a los apartados establecidos en el anexo III de la convocatoria (solo para el caso de que se opte por plazas cuya modalidad de acceso sea el concurso-específico).

La documentación relativa a los méritos se encuentra en poder de la Administración en el expediente relativo a la convocatoria aprobada por Resolución 89/2023, de 22 de mayo, de la directora general de Interior, para la provisión, mediante concurso o concurso específico, de plazas del empleo de agente de la Policía Foral de Navarra (señalarlo si procede, sin perjuicio de presentar documentación adicional).

Por lo expuesto,

Solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante los sistemas de concurso o concurso-especifico, de plazas de agente del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

Pamplona, a ........... de ..................................................... de 2026

(Firma)

ANEXO II.–DEPENDENCIA FUNCIONAL AGENTES 2025

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

BRIGADA DE RÉGIMEN INTERNO

PAMPLONA

Concurso Específico

Área de Inspección General

División General Técnica.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO DE RECURSOS HUMANOS

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y ECONÓMICA

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE COMUNICACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

GRUPO DE COMUNICACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk.

Bilingüe

B2

GRUPO FORMACIÓN

PAMPLONA

Concurso Específico

GRUPO DE ADMINISTRACIÓN DE MEDIOS

PAMPLONA

Concurso

BRIGADA DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y CALIDAD

PAMPLONA

Concurso Específico

Id.Com.

Mérito

BRIGADA DE COMUNICACIÓN Y ENLACE OPERATIVO

PAMPLONA

Concurso

BRIGADA DE COMUNICACIÓN Y ENLACE OPERATIVO

PAMPLONA

Concurso

Eusk.

Bilingüe

B2

Comisaría de Tudela.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO OFICINA ATENCIÓN POLICIAL TUDELA

TUDELA

Concurso

Área de Seguridad Interior y Policía Administrativa

Brigada de Seguridad Interior.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO DE INSPECCIÓN Y CONTROL

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE JUSTICIA

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE PALACIO

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE PARLAMENTO

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE SEGURIDAD PRIVADA Y SISTEMAS

PAMPLONA

Concurso Específico

BRIGADA DE JUEGO Y ESPECTÁCULOS

PAMPLONA

Concurso

BRIGADA DE PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL

GRUPO DE MEDIO AMBIENTE 1

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE MEDIO AMBIENTE 2

PAMPLONA

Concurso

GRUPO MEDIO AMBIENTE TUDELA

TUDELA

Concurso

GRUPO DE INVESTIGACIÓN MEDIOAMBIENTAL

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

Área de Tráfico y Seguridad Vial

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO DE PLANIFICACIÓN OPERATIVA DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE EDUCACIÓN VIAL

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

GRUPO DE EDUCACIÓN VIAL

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk.

Bilingüe

B2

GRUPO DE DELINCUENCIA DEL AUTOMÓVIL

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

BRIGADA DE ATESTADOS E INVESTIGACIÓN

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

Brigada de Tráfico Tudela.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO ATESTADOS TUDELA

TUDELA

Concurso Específico

Id. Com.

Mérito

GRUPO DE SEGURIDAD VIAL TUDELA

TUDELA

Concurso

División de Seguridad Vial.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO DE SEGURIDAD VIAL 1

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE SEGURIDAD VIAL 2

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE SEGURIDAD VIAL 3

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE SEGURIDAD VIAL 4

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE SEGURIDAD VIAL 5

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE RADAR

PAMPLONA

Concurso

TUDELA

Concurso

GRUPO DE TRANSPORTES

PAMPLONA

Concurso

TUDELA

Concurso

Área de Seguridad Ciudadana

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO DE GUÍAS CANINOS

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk.

Mérito

GRUPO DE PLANIFICACIÓN OPERATIVA DE SEGURIDAD CIUDADANA

PAMPLONA

Concurso

DIVISIÓN DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO OPERATIVO 1

PAMPLONA

Concurso

GRUPO OPERATIVO 1

PAMPLONA

Concurso

Eusk.

Bilingüe

B2

GRUPO OPERATIVO 2

PAMPLONA

Concurso

GRUPO OPERATIVO 3

PAMPLONA

Concurso

GRUPO OPERATIVO 4

PAMPLONA

Concurso

GRUPO OPERATIVO 5

PAMPLONA

Concurso

GRUPO OPERATIVO 6

PAMPLONA

Concurso

GRUPO PROTECCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA ALTSASU / ALSASUA

ALTSASU / ALSASUA

Concurso

GRUPO PROTECCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA ALTSASU / ALSASUA

ALTSASU / ALSASUA

Concurso

Eusk.

Bilingüe

B2

GRUPO PROTECCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA ELIZONDO

ELIZONDO

Concurso

GRUPO PROTECCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA ELIZONDO

ELIZONDO

Concurso

Eusk.

Bilingüe

B2

GRUPO PROTECCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA ESTELLA-LIZARRA

ESTELLA-LIZARRA

Concurso

GRUPO PROTECCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA ESTELLA-LIZARRA

ESTELLA-LIZARRA

Concurso

Eusk.

Bilingüe

B2

GRUPO PROTECCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA SANGÜESA

SANGÜESA

Concurso

GRUPO PROTECCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA SANGÜESA

SANGÜESA

Concurso

Eusk.

Bilingüe

B2

GRUPO PROTECCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA TAFALLA

TAFALLA

Concurso

BRIGADA DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA TUDELA.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO OPERATIVO 1 TUDELA

TUDELA

Concurso

GRUPO OPERATIVO 2 TUDELA

TUDELA

Concurso

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

BRIGADA DE PROTECCIÓN DE AUTORIDADES

PAMPLONA

Concurso Específico

División de Intervención.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO DE INTERVENCIONES ESPECIALES

PAMPLONA

Concurso Específico

GRUPO DE INTERVENCIÓN 1

PAMPLONA

Concurso Específico

GRUPO DE INTERVENCIÓN 2

PAMPLONA

Concurso Específico

GRUPO DE INTERVENCIÓN 3

PAMPLONA

Concurso Específico

GRUPO DE INTERVENCIÓN 4

PAMPLONA

Concurso Específico

Área de Investigación Criminal

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO APOYO TECNOLÓGICO

PAMPLONA

Concurso Específico

Id. Com.

Mérito

GRUPO DE DENUNCIAS Y ATENCIÓN CIUDADANA

PAMPLONA

Concurso

GRUPO DE DENUNCIAS Y ATENCIÓN CIUDADANA

PAMPLONA

Concurso

Eusk.

Bilingüe

B2

GRUPO DE DENUNCIAS Y ATENCIÓN CIUDADANA

PAMPLONA

Concurso

Eusk.

Bilingüe

C1

División de Policía Judicial.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO DE DELITOS CONTRA LA SALUD

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

GRUPO DE DELITOS INFORMÁTICOS

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

BRIGADA JUDICIAL NORTE

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

ALTSASU / ALSASUA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

ELIZONDO

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

BRIGADA DE DELITOS ECONÓMICOS Y PATRIMONIO

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

GRUPO DELINCUENCIA ECONÓMICA

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

BRIGADA DE DELITOS CONTRA LAS PERSONAS

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

BRIGADA ASISTENCIAL

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

GRUPO DE POLICÍA JUDICIAL ESTELLA-LIZARRA

ESTELLA-LIZARRA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

GRUPO DE POLICÍA JUDICIAL TAFALLA

TAFALLA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

GRUPO DE POLICÍA JUDICIAL TUDELA

TUDELA

Concurso Específico

División de Policía Científica.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

BRIGADA CRIMINALÍSTICA DE CAMPO

PAMPLONA

Concurso Específico

Id. Com.

Mérito

BRIGADA CRIMINALÍSTICA DE LABORATORIO

PAMPLONA

Concurso Específico

Id. Com.

Mérito

División de Información.

UNIDAD ORGANIZATIVA

DESTINO

MODALIDAD

IDIOMAS

ORDEN ELECCIÓN

GRUPO DE INVESTIGACIÓN

PAMPLONA

Concurso Específico

Eusk/

Id. Com.

Mérito

BRIGADA DE ANÁLISIS E INTELIGENCIA

PAMPLONA

Concurso Especifico

ANEXO III.–BAREMO DE MÉRITOS QUE SE APLICARÁN EN LAS PLAZAS CUYA MODALIDAD DE ACCESO SEA EL CONCURSO ESPECÍFICO

A) Servicios prestados: hasta un máximo de 15 puntos.

1.–Servicios prestados con carácter fijo en los Cuerpos de Policía de Navarra: por cada año 0,75 puntos.

2.–Servicios prestados con carácter fijo en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad dependientes de una Administración Pública: por cada año 0,25 puntos.

3.–Servicios prestados en cualquier Administración Pública en puestos de trabajo que no pertenezcan a un Cuerpo de Policía: por cada año 0,10 puntos.

Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.

No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

Los períodos en los que el funcionario haya estado en situación de servicios especiales o excedencia especial, así como desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones.

B) Cursos de formación y perfeccionamiento, docencia e investigación relacionadas con el ámbito policial: hasta un máximo de 10 puntos.

Participación en acciones formativas organizadas por organismos o centros públicos y Universidades: 0,01 puntos por cada hora lectiva.

Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.

Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como de 1 crédito (10 horas).

Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico se valorarán como de 12 créditos.

Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aun no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizadas por mandato de la Administración o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas. Estas circunstancias deberán ser acreditadas por los aspirantes.

Notas al apartado B):

–No se consideran puntuables los cursos que constituyen requisito de acceso al puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Curso Básico de Ingreso y sus diferentes partes).

–No se consideran puntuables los cursos de reciclaje, al tratarse de la revisión de una formación ya recibida, por lo que su valoración implicaría valorar dos veces la misma formación.

C) Titulaciones y especialidades académicas: hasta un máximo de 7,5 puntos.

–Licenciatura/Grado: 3,50 puntos.

–Diplomatura: 2,50 puntos.

–Máster/Postgrado: 1,80 puntos.

–FPII/Técnico Superior: 1,00 punto.

No se valorarán los títulos cuya posesión sea requisito indispensable para la consecución de otro de superior rango académico que se aleguen como mérito y sean objeto de valoración específica en el baremo.

Se valorarán en este apartado las titulaciones equivalentes a las descritas, siempre y cuando esa equivalencia lo sea a todos los efectos y esté debidamente acreditada.

D) Recompensas y otros méritos: hasta un máximo de 2,5 puntos.

1.–Por la Placa por de Servicios Distinguidos: 1,50 puntos.

2.–Por la Medalla de Servicios Distinguidos: 1,25 puntos.

3.–Por la Felicitación pública: 0,50 puntos.

4.–Por la Felicitación privada: 0,25 puntos.

Sólo se valorarán las recompensas concedidas conforme a lo dispuesto en el Decreto Foral 718/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policía de Navarra, al corresponderse las recompensas descritas con las recogidas en el mismo.

E) Puntuación añadida por conocimiento de idiomas: hasta un máximo de 15 puntos.

El conocimiento de idiomas se valorará únicamente en aquellas unidades en las que las plazas lo tengan reconocido como mérito.

1.–El conocimiento del francés, inglés o alemán, como idiomas oficiales de la Unión Europea, hasta 5 puntos por cada uno de los idiomas, de conformidad a los criterios establecidos en la Resolución 43/2020, de 22 de diciembre, de la directora gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se establecen las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan el conocimiento de los idiomas inglés, francés y alemán, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Las puntuaciones a otorgar por cada nivel del Marco Común Europeo de Referencia será el siguiente: A1: 1 punto, A2: 2 puntos, B1: 3 puntos, B2: 4 puntos y C1 o equivalente: 5 puntos.

2.–La valoración de la puntuación añadida por conocimiento de euskera en plazas que no tengan la consideración de bilingües se realizará según los siguientes criterios, de conformidad a lo establecido por la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre, del director gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se establecen las convalidaciones entre los diferentes títulos y certificaciones que acreditan el conocimiento del vascuence:

A) Plazas con destino en la zona vascófona: hasta 11,10 puntos.

La posesión del título EGA o de una titulación oficial equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, recibirá una puntuación de 11,10 puntos.

De no poseerse esa titulación, se valorará en 2,22 puntos la posesión del nivel A1, en 4,44 puntos la posesión del nivel A2, en 6,66 puntos la posesión del nivel B1 y en 8,88 la posesión del nivel B2, o equivalentes. Alternativamente, se valorará en 0,92 puntos cada "urrats" superado en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.

B) Plazas con destino en la zona mixta: hasta 6,66 puntos.

La posesión del título EGA o de una titulación oficial equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, recibirá una puntuación de 6,66 puntos.

De no poseerse dicha titulación, se valorará en 1,33 puntos la posesión del nivel A1, en 2,66 puntos la posesión del nivel A2, en 3,99 puntos la posesión del nivel B1 y en 5,32 la posesión del nivel B2, o equivalentes. Alternativamente, se valorará en 0,55 puntos cada "urrats" superado en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra.

ANEXO IV.–PRUEBAS FÍSICAS

Brigada de Protección de Autoridades, y Grupos de Intervención 1, 2, 3 y 4

A) Prueba de resistencia (test de Course Navette).

–Ejecución: las personas aspirantes deberán recorrer, durante el mayor tiempo posible, un trayecto de ida y vuelta de 20 metros de longitud, al ritmo que se vaya marcando mediante señales acústicas reproducidas por una cinta magnetofónica. Los aspirantes deberán pisar alternativamente las líneas que marcan los dos extremos del trayecto, Justo en el momento de sonar la señal, por lo cual todos los aspirantes deberán ir exactamente al mismo ritmo de carrera, no permitiéndose que ninguno sobrepase el ritmo de carrera. Los virajes deberán realizarse pivotando sobre un pie, pisando la línea. La cinta emitirá el sonido a intervalos regulares. Al comienzo de la prueba la velocidad será lenta, pero irá aumentando su velocidad progresivamente. Para la ejecución de esta prueba los aspirantes dispondrán de un único intento.

El objetivo del test es mantener el ritmo impuesto por la cinta magnetofónica hasta completar los períodos exigidos. La reiteración en escaparse levemente antes de sonar la señal más de una vez supondrá un aviso. Salir antes de la señal rebasando el metro de margen supondrá el fin automático de la prueba.

La prueba finaliza para cada aspirante, y se anota el período conseguido hasta ese momento.

–Son causas de eliminación las siguientes:

  • Cuando el aspirante se detenga, salvo que lo haga unos instantes al pivotar sobre la línea de 20 metros a la espera de la señal acústica.
  • Cuando el aspirante abandone la calle asignada.
  • Cuando el aspirante no complete un recorrido completo pisando la línea que delimita su extremo.
  • El aspirante no llega a la zona de 1 metro desde la línea de 20 metros, en el momento de sonar la señal acústica.
  • Cuando el aspirante no consiga pisar la línea del extremo coincidiendo con la señal acústica por tres veces consecutivas. Se admitirá un margen de 1 metro desde la línea en el momento de sonar la señal. Cada vez que estando dentro del metro de seguridad no se consiga pisar la línea antes de sonar la señal acústica, le persona aspirante recibirá un aviso, marcado con un cono a ambos lados del controlador. Dicho aviso le será retirado si consigue tocar la otra línea de 20 metros al sonar la señal acústica, si no lo hace recibirá un segundo aviso. Si teniendo dos avisos la persona aspirante llega a la otra línea de 20 metros coincidiendo con la señal acústica se le quitaran ambos, si no, recibirá un tercer aviso y finalizará la prueba.

–Puntuación: se asigna en función de los periodos transcurridos hasta el momento en que finaliza la prueba para cada persona aspirante (cada periodo dura aproximadamente 1 minuto), según la siguiente escala:

PERIODOS

HOMBRES

MUJERES

NOTA

Menos de 9,0

Menos de 7

0

9,0

7,0

1

9,5

7,5

2

10,0

8,0

3

10,5

8,5

4

11,0

9,0

5

11,5

9,5

6

12,0

10,0

7

12,5

10,5

8

13,0

11,0

9

13,5

11,5

10

B) Press de Banca o prueba de levantamiento de peso de 36 kg (hombres) y 18 kg (mujeres).

–Descripción: en posición de decúbito supino sobre un banco, quien ejecuta el ejercicio deberá realizar 25 alzadas levantando un peso de 36 kg los hombres y 18 kg las mujeres en un 1 minuto. El levantamiento se realizará con ambas manos en agarre digito palmar (el espacio de las manos no excederá de 80 cm medidos entre los dedos índices en contacto con la barra) en una acción de extensión-flexión de los codos que se inicia con el contacto de la barra con el pecho y termina con la extensión total y simultanea de los codos en su proyección vertical. Para la ejecución de esta prueba las personas aspirantes dispondrán de un único intento. No se permitirá el uso de guantes ni cualquier sustancia que favorezca el agarre, ni quitarse la prenda para el contacto directo de la espalda con el banco.

El tiempo máximo para la realización de las alzadas será de 60 segundos. La persona aspirante podrá finalizar el ejercicio en la forma establecida en la convocatoria contabilizándose a efectos de puntuación el número de alzadas efectivas y válidamente realizadas hasta ese momento.

La posición inicial de partida será en flexión de codos con la barra en contacto con el pecho. Durante todo el tiempo de la ejecución del ejercicio lo pies no podrán perder contacto con el suelo.

No extender los codos totalmente o no tocar la barra con el pecho en cada flexión de los codos, invalidará esa alzada sin que sea contabilizada.

–Será causa de finalización del ejercicio cuando la persona aspirante:

  • Pierda el contacto de uno o los pies en el suelo.
  • Pare el ejercicio en flexión de codos apoyando la barra sobre el pecho.

–Puntuación: se otorgará según el número de repeticiones realizadas en función de la siguiente escala:

36 kg HOMBRES / 18 kg MUJERES

Hombres

Mujeres

Nota

Menos de 25

Menos de 25

0

De 25 a 30

De 25 a 28

1

De 31 a 35

De 29 a 32

2

De 36 a 40

De 33 a 36

3

De 41 a 45

De 37 a 40

4

De 46 a 50

De 41 a 44

5

De 51 a 55

De 45 a 48

6

De 56 a 60

De 49 a 52

7

De 61 a 65

De 53 a 56

8

De 66 a 70

De 57 a 60

9

71 o más

61 o más

10

Grupo de Intervenciones Especiales

A) Resistencia aeróbica: 3.000 metros lisos.

Valoración según la siguiente tabla:

TIEMPO EN MINUTOS
Y SEGUNDOS

(Hombres)

TIEMPO EN MINUTOS
Y SEGUNDOS

(Mujeres)

NOTA

Más de 12,56

Más de 13,16

0,00

De 12,46 a 12,55

De 13,06 a 13,15

1,25

De 12,36 a 12,45

De 12,56 a 13,05

1,60

De 12,26 a 12,35

De 12,46 a 12,55

2,65

De 12,16 a 12,25

De 12,36 a 12,45

2,80

De 12,01 a 12,15

De 12,26 a 12,35

3,15

De 11,51 a 12,00

De 12,16 a 12,25

3,75

De 11,41 a 11,50

De 12,01 a 12,15

4,10

De 11,31 a 11,40

De 11,51 a 12,00

4,45

De 11,21 a 11,30

De 11,41 a 11,50

4,80

De 11,11 a 11,20

De 11,31 a 11,40

5,15

De 11,01 a 11,10

De 11,21 a 11,30

5,75

Menos de 11,00

Menos de 11,20

6,25

B) Velocidad: 50 metros lanzados.

Valoración según la siguiente tabla:

TIEMPO EN SEGUNDOS
Y CENTÉSIMAS

(Hombres)

TIEMPO EN SEGUNDOS
Y CENTÉSIMAS

(Mujeres)

NOTA

7,11 o más

7,31 o más

0,000

De 7,01 a 7,10

De 7,21 a 7,30

1,250

De 6,91 a 7,00

De 7,11 a 7,20

1,875

De 6,81 a 6,90

De 7,01 a 7,10

2,500

De 6,71 a 6,80

De 6,91 a 7,00

3,125

De 6,61 a 6,70

De 6,81 a 6,90

3,750

De 6,51 a 6,60

De 6,71 a 6,80

4,375

De 6,41 a 6,50

De 6,61 a 6,70

5,000

De 6,31 a 6,40

De 6,51 a 6,60

5,625

6,30 o menos

6,50 o menos

6,250

C) Fuerza tren superior: Dominada.

Agarre de palmas al frente, el espacio de las manos no excederá de 85 cm medidos entre los dedos índices en contacto con la barra. Se inicia la prueba con los brazos totalmente extendidos, y a continuación se realiza la flexión de brazos superando con el mentón la barra utilizada. El descenso será hasta llegar a la plena extensión de brazos. Dos intentos. La posición de las piernas será igual para todas las personas aspirantes y se determinará en función de la altura de la barra, de manera que ninguna de las personas aspirantes pueda tener contacto con el suelo. Durante la ejecución de la dominada el cuerpo mantendrá una posición fija, no está permitido balancearse ni pegar tirones.

Valoración según la siguiente tabla:

REPETICIONES HOMBRES

REPETICIONES MUJERES

NOTA

9 o menos

7 o menos

0,00

10

8

1,25

11

9

1,58

12

10

1,92

13

11

2,25

14

12

2,58

15

13

2,92

16

14

3,25

17

15

3,58

18

16

3,92

19

17

4,25

20

18

4,58

21

19

4,92

22

20

5,25

23

21

5,58

24

22

5,92

25

23

6,25

D) Potencia tren inferior: Salto vertical con pies juntos.

Colocado de lado a la pared con los pies planos sobre el suelo y flexionando las piernas, se salta hacia arriba lo más alto posible, marcando la pared en el punto más alto del salto con la tiza en los dedos. Previamente de pie y colocado de lado a la pared se marcará en la misma con la tiza en los dedos y extendiendo el brazo lo máximo posible.

Número de intentos: dos.

Valoración según la siguiente tabla:

CENTÍMETROS HOMBRES

CENTÍMETROS MUJERES

NOTA

49 o menos

45 o menos

0,00

50

46

1,00

51

47

1,33

52

48

1,66

53

49

1,98

54

50

2,31

55

51

2,64

56

52

2,97

57

53

3,30

58

54

3,62

59

55

3,95

60

56

4,28

61

57

4,61

62

58

4,94

63

59

5,26

64

60

5,59

65

61

5,92

66 o más

62 o más

6,25

ANEXO V.–TEMARIOS

Los temarios y/o bibliografía estarán a disposición de los aspirantes en Intrapol.

Brigada de Régimen Interno.

Tema 1.–Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra. Título I. De las Policías de Navarra y sus relaciones. Capítulo I. Principios Generales y Principios de Actuación. Artículos 1 a 3. Capítulo II. Organización de las Policías de Navarra. Artículos 4 a 7. Título II. De la Policía Foral de Navarra. Artículos 17 y 18. Título IV. Del Estatuto del Personal de las Policías de Navarra. Capítulo II. Derechos y Deberes. Artículos 53 a 56. Capítulo VII. Reconocimientos, Honores y Recompensas. Artículo 70. Capítulo VIII. Régimen Disciplinario. Artículos 71 a 84.

Tema 2.–Decreto Foral 72/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra. Título III. Del funcionamiento de la Policía Foral. Capítulo I. Régimen de Funcionamiento. Artículos 27 a 31. Capítulo II. Saludo reglamentario. Artículos 32 a 34. Capítulo III. Del armamento. Artículo 35.

Tema 3.–Decreto Foral 718/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policía de Navarra. Título V. Honores y Recompensas. Artículos 89 a 94.

Tema 4.–Orden Foral 181/2016, de 19 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se establecen las funciones de la Brigada de Régimen Interno de la Policía Foral de Navarra.

Tema 5.–Orden Foral 85/2008, de 20 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, sobre uniformidad, distintivos y credenciales de la Policía Foral de Navarra.

Tema 6.–Orden Foral 56/2017, 5 de abril, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se regula el armamento reglamentario de la Policía Foral de Navarra.

Tema 7.–Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Libro II. Del Sumario. Título III De la Policía Judicial. Artículos 282 a 298.

Tema 8.–Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Libro II. De los Delitos y sus Penas. Título XIX. Delitos contra la Administración Pública. Artículos 404 a 444.

Tema 9. Protección de Datos Personales en ámbito de Antecedentes Policiales. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Título I. Disposiciones Generales. Artículo 1. Objeto. Título II. Principios de Protección de Datos. Artículos 4 a 10. Título III: Derechos de las Personas. Capítulo II. Ejercicios de los Derechos. Artículos 13 a 16. Derechos de Acceso, Rectificación, Supresión y Limitación de Tratamiento. Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de Protección de Datos Personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. Capítulo I. Disposiciones Generales. Artículos 1, 2 y 4. Capítulo II. Principios. Artículos 6 a 8, 15, 17 a 19. Capítulo III. Derechos de las Personas. Artículos 20, 22 a 25.

Tema 10. Reclamaciones, Sugerencias y Agradecimientos. Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos. Orden Foral 47/2015, de 10 de marzo, del Consejero de Presidencia, Justicia Interior, por la que se aprueba la Carta De Servicios del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra. Tramitación de reclamaciones, sugerencias y agradecimientos (RSA) presentadas en dependencias policiales o ante funcionarios policiales.

Área de Inspección General

Brigada de Desarrollo Tecnológico y Calidad.

Tema 1.–Legislación sobre Protección de datos.

–Directiva (UE) 2016/ 680 Tratamiento de datos personales de infracciones penales. Artículos: 1 al 18 inclusive.

–Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Artículos: 1 al 18 inclusive.

–Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de Protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. Capítulo I. Disposiciones Generales; Capítulo II. Principios, licitud del tratamiento y video vigilancia.

Tema 2.–Tareas de Soporte, Operación y Monitorización (CAU 1 Nivel).

–Sistemas operativos de escritorio: Windows 11.

–Instalación de Impresoras.

–Agregar Hardware.

–Wi-Fi.

–Redes.

–Plataforma de Complementos: Office 9.

–Administración remota mediante Dameware.

–Navegadores web.

–Programas de correo electrónico: Outlook 2016. Caché.

Tema 3.–Sistemas de información accesibles por parte de la Policía Foral.

–SIP. Sistema de Información de Policía Foral.

–QASER. Sistema de Turnos.

–INTRAPOL: Gestión Integral. Formularios BDTC.

–Aplicaciones del Ministerio del Interior.

  • VIOGEN 2. Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género.
  • PDRH. Restos Humanos sin identificar.
  • SAT-EWS. Sistema de Alerta Temprana.
  • IT, carga de los datos del SEC.
  • Tablas estandarizadas.
  • EUCARIS. Acceso a la información sobre vehículos y sus titulares.
  • SAID. Sistema Automático de Identificación.
  • CODIS. Red Policial. Base de Datos Nacional de ADN.
  • CdC. Centro de Compensación de Datos.
  • OESIS. Sistema de Información Schengen SIS.
  • ARENA. Sistemas de información de la Dirección General de Tráfico.
  • SIS-BDSN. Sistema de información Shengen-Base de Datos de Señalamientos Nacionales.

Grupo de Comunicación y Participación Ciudadana.

Tema 1.–Orden Foral 170/2016, de 11 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Área de Inspección General de la Policía Foral de Navarra.

Tema 2.–Procedimiento normalizado de trabajo comunicación interna. Conocimiento y manejo de los canales de comunicación interna.

Tema 3.–Protocolo de comunicación externa que regula la relación del servicio de comunicación del gobierno de Navarra con la Policía Foral.

Tema 4.–Las redes sociales en la policía foral, conocimiento y manejo de las cuentas de twitter, instagram, facebook y youtube.

Tema 5.–Los medios de comunicación en Navarra y su relación con la Policía Foral: diarios, agencias de prensa, revistas, medios digitales, radios y televisiones.

Tema 6.–La página web de la Policía Foral: estructura, edición de noticias en el portal, mantenimiento y actualización.

Tema 7.–Ley Foral 12/2019, de 22 de marzo, de Participación democrática en Navarra (Título I) y Ley Foral 5/2018, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: (Título I. Disposiciones generales).

Tema 8.–Legislación sobre Protección de datos.

–Directiva (UE) 2016/ 680 Tratamiento de datos personales de infracciones penales. Artículos: 1 al 18 inclusive.

–Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Artículos: 1 al 18 inclusive.

–Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de Protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. Capítulo I. Disposiciones Generales; Capítulo II. Principios, licitud del tratamiento y video vigilancia.

Tema 9.–Habilidades sociales y técnicas de comunicación.

Tema 10.–Ortografía básica.

Grupo de Formación.

Tema 1.–Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Capítulo II: Principios básicos de actuación. Capítulo III: Disposiciones estatutarias comunes (artículo 6).

Tema 2.–Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra:

–Principios de actuación (artículo 3).

–Del estatuto del personal de las policías de Navarra. Título IV. Capítulo I:

  • Sección 1.ª Disposiciones generales.
  • Sección 2.ª Adquisición y pérdida de la condición de personal de las policías de Navarra.
  • Sección 3.ª Selección del personal.
  • Sección 4.ª Formación.

Tema 3.–Decreto Foral 113/2005, de 12 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra.

Tema 4.–Real Decreto 137/1993: Reglamento de armas. Capitulo preliminar. Capítulo I. Capítulo IV. Capítulo V. Capítulo VII.

Tema 5.–Habilidades de comunicación.

Tema 6.–Guía del alumnado de la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra.

Tema 7.–Legislación sobre protección de datos.

–Directiva (UE) 2016/680 Tratamiento de datos personales de infracciones penales. Artículos: 1 al 18 inclusive.

–Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Artículos 1 al 18 inclusive.

Área Seguridad Interior y Policía Administrativa

Grupo de Seguridad Privada y Sistemas.

Tema 1.–Ley Orgánica 03/2018, de 05 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Tema 2.–Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.

Tema 3.–Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, de Videovigilancia.

Tema 4.–Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.

Tema 5.–Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre Funcionamiento de los Sistemas de Alarma en el ámbito de la Seguridad Privada.

Tema 6.–Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre de 2006, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el Tratamiento de Datos Personales con fines de vigilancia a través de Sistemas de Cámaras o Videocámaras.

Tema 7.–Procesos Normalizados de Trabajo, PNT 2010-004 de Solicitud de Imágenes de Circuitos Cerrados de Televisión y PNT 2015-001 de Activación de Tarjetas de Proximidad y Niveles de Accesos.

Grupo de Investigación Medioambiental.

Tema 1.–Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal: Título XVI: Capítulos I, II, III, IV y V. Título XVI bis. Título XVII: Capitulo II. Título III. Título XIII: Capítulo IX. Título XXII: Capítulo V.

Tema 2.–Investigación de incendios forestales.

Tema 3.–Orden Foral 222/2016, de 16 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, de regulación del uso del fuego en suelo no urbanizable para la prevención de incendios forestales.

Tema 4.–Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats.

Tema 5.–Ley Foral 19/2019, de 4 de abril, de protección de los animales de compañía en Navarra.

Tema 6.–Decreto Foral 94/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LF 19-2019 de protección de los animales de compañía en Navarra.

Tema 7.–Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

Tema 8.–Real Decreto 287/2022 desarrollo Ley 50-1999 de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

Tema 9.–Directrices Fiscalía para actuar en el caso de falta de control, por parte de sus dueños, de los perros denominados peligrosos.

Área de Tráfico y Seguridad Vial

Brigada de Atestados y Grupo de Atestados Tudela.

Tema 1.–Introducción.

Tema 2.–Siniestro vial:

–Accidentalidad y actuación de la administración.

–Accidente y siniestro vial. Concepto.

–Criterios de confección de los atestados por siniestro vial.

–Clases de siniestros viales.

–Elementos de los siniestros viales: la vía, el vehículo y la persona.

–Evolución del siniestro vial: puntos y fases del siniestro.

–Causas del siniestro vial: causa inmediata, mediata y eficiente.

–Actuaciones ante un siniestro vial.

–Elementos de interés para la reconstrucción: huellas y vestigios.

–Croquis del siniestro vial.

–Fundamentos físicos (dinámica, trabajo y energía).

Tema 3.–Instrucción de delitos contra la seguridad vial:

a. Delitos.

b. Derechos del detenido.

Tema 4.–Accidentes laborales.

Tema 5.–Anexos:

–Guía operativa Delitos contra la Seguridad Vial (GO-001BAEI22).

–Cuadro Delitos contra la Seguridad Vial.

–Calificación Penal según el resultado y la imprudencia.

Grupo Delincuencia del Automóvil.

Tema 1.–Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006, sobre el permiso de conducción.

1.1.–Modelo de permiso.

1.2.–Reconocimiento recíproco.

1.3.–Medidas contra la falsificación.

1.4.–Expedición, validez y renovación.

1.5.–Disposiciones relativas al modelo comunitario de permiso de conducción.

Tema 2.–Conductores con permisos extranjeros.

2.1.–Permisos válidos para conducir en España.

2.2.–Permisos comunitarios de residentes en España: supuestos.

2.3.–Titulares de permisos de conducir de terceros países.

Tema 3.–Actuación con vehículos.

3.1.–Permisos de Circulación extranjeros.

3.2.–Matrículas extranjeras.

3.3.–Placas temporales extranjeras.

3.4.–Titulares de vehículos residentes en la UE.

3.5.–Procedimiento de Actuación con vehículos no matriculados en España y con titular residente (LIE).

3.6.–Inspecciones Técnicas de Vehículos.

3.7.–Seguros.

3.8.–Autorizaciones temporales de circulación: Tipos de permisos temporales. Bajas de vehículos: Temporales y definitivas. Rehabilitación de los vehículos que han causado baja definitiva.

3.9.–RGV Cambios de titularidad de los vehículos.

3.10.–Anexo 2 RGV A. Definiciones B. Clasificación por criterios de construcción.

3.11.–OM 14-2-74. «Regula la retirada de la vía pública y el depósito de vehículos automóviles abandonados» («BOE» 25-2-74).

3.12.–Vehículos de movilidad personal.–Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de características de los vehículos de movilidad personal.

3.13.–Reglamento (UE) No 168/2013 del parlamento Europeo y del Consejo de 15 de enero de 2013 relativo a la homologación de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos, y a la vigilancia del mercado de dichos vehículos artículo 1,2,4 y Anexo 1.

3.14.–EUCARIS.

Tema 4.–Policía judicial.

4.1.–La Policía Judicial.

4.2.–Información y protección a las víctimas.

4.3.–Detención e información de derechos.

4.4.–Información de derechos al investigado no detenido.

4.5.–Designación de letrado.

4.6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

4.7.–Reconocimiento médico.

4.8.–Habeas corpus.

4.9.–Inspección técnico-ocular.

4.10.–Entrada y registro. Policía Foral 2025.

4.11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

4.12.–Registros personales.

4.13.–Reconocimiento fotográfico.

4.14.–Reconocimiento en rueda.

4.15.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

4.16.–Interceptación de las telecomunicaciones.

4.17.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

4.18.–Diligencia de informe.

4.19.–Protección de testigos.

4.20.–La detención por aplicación del artículo 420 de la LeCrim.

4.21.–El Código Penal.

Tema 5.–Delitos contra la seguridad vial y de la omisión del deber de socorro de la Ley Orgánica 10/1995 y Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente.

5.1.–Delitos de lesiones y homicidio imprudente.

5.2.–Delito de omisión de deber de socorro.

5.3.–Delitos contra la seguridad Vial.

Tema 6.–Otros delitos relacionados con materia de tráfico de la Ley Orgánica 10/1995.

6.1.–Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.

6.2.–De la falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles y de los despachos transmitidos por servicios de telecomunicación.

Tema 7.–Falsificación y examen de documentos.

7.1.–Examen de documentos.

7.2.–Términos técnicos más habituales relacionados con las medidas de seguridad y los documentos de seguridad en general.

Tema 8.–Bibliografía y fuente documental.

Grupo de Educación Vial.

Tema 1.–Ley de Seguridad Vial:

–Anexo 1.

–Anexo 2.

Tema 2.–Reglamento General de Circulación:

–Título Preliminar.

–Título I.

–Título II.

–Título III.

–Título IV.

–Título V.

Tema 3.–Reglamento General de Conductores:

–Título I.

–Título II.

Tema 4.–Catálogo de acciones de educación vial en Navarra.

Tema 5.–Tratamiento histórico de la Educación.

Área Seguridad Ciudadana

Grupo de Guías Caninos.

Tema 1.–Capítulo 1. El perro: orígenes, historia y posibilidades de empleo.

Tema 8.–La selección del perro de trabajo.

Tema 2.–Capítulo 2. Bases para el adiestramiento canino.

Tema 1.–Instintos. Estímulos. Impulsos. Maduración. Refuerzo. Castigo. Memoria.

Tema 3.–El aprendizaje en el perro. Conceptos y tipos de aprendizaje aplicados al adiestramiento.

Tema 8.–Odorología.

Tema 3.–Capítulo 3. El adiestramiento de los perros de especialidad.

Tema 1.–Fases comunes para las distintas especialidades.

Tema 3.–El perro detector pasivo.

Tema 4.–Capítulo 7. Veterinaria.

Tema 8.–Primeros auxilios.

Tema 5.–Anexo 9. Los perros de trabajo en especialidades de interés policial.

Brigada de Protección de Autoridades.

Tema 1.–Introducción.

1.1.–Antecedentes.

1.2.–El escolta.

Tema 2.–La protección.

2.1.–Introducción a la seguridad personal.

2.2.–Fuentes de peligro.

2.3.–Terrorismo, nociones básicas:

–Técnica terrorista.

–Fases de un atentado.

2.4.–Causas de un atentado.

2.5.–Problemas de la protección.

Tema 3.–Funciones de un sistema de protección.

3.1.–Función preventiva.

3.2.–Función de detección.

3.3.–Función de reacción.

3.4.–Función de respuesta.

Tema 4.–Planificación de un servicio de seguridad.

4.1.–Principios básicos de la planificación.

4.2.–Sistema de protección. Análisis de riesgos.

Tema 5.–Plan de seguridad permanente.

5.1.–Protección estática.

5.1.1.–Puesto de seguridad.

5.1.2.–Misiones del servicio de protección estática.

5.1.3.–Cuestionario de seguridad para servicio de protección estática.

5.2.–Protección dinámica.

5.2.1.–Teoría de los círculos concéntricos.

5.2.2.–Misiones del servicio de protección dinámica.

5.2.3.–Cuestionario de seguridad para el equipo protección dinámica.

5.3.–Equipo de contravigilancia.

5.4.–Plan de emergencia.

Tema 6.–Plan para movimientos temporales.

6.1.–Avanzadas.

6.1.1.–Misiones del equipo de avanzadas.

6.1.2.–Cuestionario de seguridad para el equipo de avanzadas.

6.2.–Requisas.

6.2.1.–Cuestionario para la realización de requisas.

Tema 7.–Protección en movimiento.

7.1.–Evaluación de las formaciones a pie.

7.2.–Formaciones a pie.

7.2.1.–Formaciones a pie en movimiento.

7.2.2.–Posiciones estáticas de la personalidad.

7.2.3.–Franqueo de puertas.

7.2.4.–Salas de conferencia.

7.2.5.–Protección ante barreras laterales.

7.2.6.–Reacciones ante un ataque a pie.

7.3.–Formaciones en vehículo.

7.3.1.–Posición de los escoltas en los vehículos.

7.3.2.–Embarque en vehículos.

7.3.3.–Desembarque de vehículos.

7.3.4.–Cobertura y protección con vehículos en movimiento.

7.3.5.–Reacciones con vehículos en movimiento.

7.3.6.–Dispositivos móviles de protección. Caravanas.

Tema 8.–Formularios para el registro de información sobre amenazas.

8.1.–Amenazas de palabra.

8.2.–Amenazas en soporte papel.

Tema 9.–Violencia de género. Víctimas de agresiones sexuales.

Tema 10.–Instrucción 1/2025. Protocolo para la Valoración y Gestión policial del nivel de riesgo de violencia de género y seguimiento de los caos a través del Sistema VioGén-2.

Tema 11.–Pauta operativa BPA 01.2022. Funcionamiento y funciones de la BPA.

Tema 12.–Pauta operativa BPA 01.2023. Funcionamiento BPA en casos VDG.

Tema 13.–Pauta operativa BPA 02.2023. Funcionamiento con teléfonos y desvíos al mando de guardia.

Tema 14.–Pauta operativa BPA 01.2024. Funcionamiento BPA en avisos Cometa.

Tema 15.–Pauta operativa BPA 01.2025. Funcionamiento BPA en avisos de localización de víctimas de Viogen.

Grupos Operativos de Intervención.

Tema 1.–Introducción.

Tema 2.–Pautas operativas:

PO.001.D.INT.24 - Funciones al inicio y final de servicio.

PO.002.D.INT.24 - Prestación de servicio.

PO.003.D.INT.24 - Progresión de uso de medios de orden público.

PO.004.D.INT.24 - Material.

PO.005.D.INT.24 - Uniformidad.

PO.006.D.INT.24 - Concesión de permisos.

PO.007.D.INT.24 - Utilización de los dispositivos personales de grabación.

PO.008.D.INT.24 - Posiciones, señales y barreras.

PO.009.D.INT.24 - Actuación en plenos de ayuntamientos.

PO.010.D.INT.24 - Actuación con personas agresivas/enajenadas.

PO.011.D.INT.24 - Realización de controles de seguridad ciudadana.

PO.012.D.INT.24 - Entradas y registros en inmuebles.

PO.013.D.INT.24 - Actuación en peleas y altercados.

PO.014.D.INT.24 - Desalojos en inmuebles.

PO.015.D.INT.25 - Repostaje de los agentes en servicios del Navarra Arena.

PO.016.D.INT.26 - Asignación de funciones diarias al personal de la División de Intervención.

Tema 3.–Normativa:

Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana. Derecho de reunión.

Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

Grupo de Intervenciones Especiales.

Tema 1.–Índice.

Tema 2.–Normativa.

–Misiones del Grupo de Intervenciones Especiales.

–Constitución Española.

–De la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

–Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

–Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

–Instrucción número 1/2024 de la Secretaria de Estado de Seguridad por la que se aprueba el "Procedimiento integral de la detención policial".

–Instrucción 2018-02 del Jefe de la Policía Foral. Recomendaciones en materia-de autoprotección y criterios de actuación ante amenaza terrorista.

–Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

–Orden Foral 56/2017, de 5 de abril, de la consejera de presidencia, función pública, interior y justicia, por la que se regula el armamento reglamentario de la Policía Foral de Navarra.

Tema 3.–Conocimientos Tácticos.

–Solicitud de servicios de entrada en inmuebles y lugares cerrados.

–Atención ante incidente crítico.

–Manual de entradas y registros.

–Manual de actuación de desalojo en inmuebles.

–Órdenes tiradores selectos GIE.

–Atrincherados con rehenes.

–Atrincherados sin rehenes.

–Actuación ante atracos.

–Intervención con personas agresivas.

–Atentado múltiple terrorista e incidentes "amok".

–Actuación ante amenazas por colocación de artefactos explosivos.

–Protección de personalidades.

Tema 4.–Conocimientos técnicos.

–Arma glock 19.

–Normas de seguridad en el empleo de las armas de fuego.

–Escalada.

–Orientación.

Área de Investigación Criminal

Grupo de Apoyo Tecnológico.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Detención e información de derechos.

Tema 3.–Entrada y registro.

Tema 4.–Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.

Tema 5.–Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.

Tema 6.–Ley 25/2007, de 18 de octubre sobre conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.

Tema 7.–Orden pre/199/2013, de 29 de enero, por la que se define el formato de entrega de los datos conservados por los operadores de servicios de comunicaciones electrónicas o de redes públicas de comunicaciones a los agentes facultados.

Tema 8.–Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.

Tema 9.–Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.

Tema 10.–Reglamento de ejecución (ue) 2019/947 de la comisión de 24 de mayo de 2019 relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas.

Tema 11.–Electricidad.

Tema 12.–Electrónica.

Tema 13.–Fotografía.

Tema 14.–Informática.

Tema 15.–Radiofrecuencia.

Tema 16.–Telefonía.

Grupo de Delitos Informáticos.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9. Entrada y registro.

Tema 10.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 11.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 12.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 13.–Diligencia de informe.

Tema 14. Conocimientos básicos de informática.

Tema 15.–El delito informático en el Código Penal.

Tema 16.–Introducción a la ciberseguridad.

Tema 17.–Hacking.

Tema 18.–Internet y su uso por organizaciones terroristas.

Tema 19.–Certificados digitales.

Tema 20.–Delitos informáticos contra las personas (I) Ciberbulling y grooming.

Tema 21.–Delitos informáticos contra las personas (II) Pedofilia y pornografía.

Grupo de Policía Judicial Estella-Lizarra, Tafalla y Tudela y Brigada Judicial Norte.

Tema 1.–La policía judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Inspección técnico-ocular.

Tema 10.–Entrada y registro.

Tema 11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 12.–Registros personales.

Tema 13.–Reconocimiento fotográfico.

Tema 14.–Reconocimiento en rueda.

Tema 15.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 16.–Interceptación de las telecomunicaciones.

Tema 17.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 18.–Diligencia de informe.

Tema 19.–Protección de testigos.

Tema 20.–La detención por aplicación del artículo 420 de la ley de enjuiciamiento criminal.

Tema 21.–El código penal y los delitos contra el patrimonio.

Tema 22.–El código penal. y los delitos contra las personas.

Tema 23.–El código penal y las organizaciones y grupos criminales.

Tema 24.–El código penal y los delitos contra el orden público. Atentado, resistencia y desobediencia.

Tema 25.–PNT 005/2011, Atención de accidentes laborales por policía foral.

Tema 26.–PNT 004/2016 Actuación policial ante muertes judicializadas.

Tema 27.–Actuaciones policiales ante alertas en la base de datos de señalamientos nacionales (BDSN).

Brigada de Delitos Económicos y Contra el Patrimonio.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Inspección técnico-ocular.

Tema 10.–Entrada y registro.

Tema 11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 12.–Registros personales.

Tema 13.–Reconocimiento fotográfico.

Tema 14.–Reconocimiento en rueda.

Tema 15.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 16.–Interceptación de las telecomunicaciones.

Tema 17.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 18.–Diligencia de informe.

Tema 19.–Protección de testigos.

Tema 20.–La detención por aplicación del artículo 420 de la Ley Enjuiciamiento Criminal.

Tema 21.–El Código Penal y los Delitos contra el Patrimonio.

Tema 22.–El delito económico y su reflejo en el Código Penal.

Tema 23.–El Código Penal y las organizaciones y grupos criminales.

Tema 24.–Los delitos fiscales.

Tema 25.–El blanqueo de capitales.

Tema 26.–Robo en vivienda. Investigación.

Brigada de Delitos contra las Personas.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Inspección técnico-ocular.

Tema 10.–Entrada y registro.

Tema 11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 12.–Registros personales.

Tema 13.–Reconocimiento fotográfico.

Tema 14.–Reconocimiento en rueda.

Tema 15.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 16.–Interceptación de las telecomunicaciones.

Tema 17.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 18.–Diligencia de informe.

Tema 19.–Protección de testigos.

Tema 20.–La detención por aplicación del artículo 420 de la Ley Enjuiciamiento Criminal.

Tema 21.–El Código Penal y los Delitos contra las Personas.

Tema 22.–Tipos de muertes, posición de los cadáveres y fenómenos cadavéricos.

Tema 23.–Lesiones por arma blanca.

Tema 24.–Lesiones por arma de fuego.

Tema 25.–Asfixias.

Tema 26.–Tratamiento policial de las personas desaparecidas.

Tema 27.–PN.002.AIC.23. Búsqueda de personas desaparecidas.

Brigada Asistencial.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Inspección técnico-ocular.

Tema 10.–Entrada y registro.

Tema 11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 12.–Registros personales.

Tema 13.–Reconocimiento fotográfico.

Tema 14.–Reconocimiento en rueda.

Tema 15.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 16.–Interceptación de las telecomunicaciones.

Tema 17.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 18.–Diligencia de informe.

Tema 19.–Protección de testigos.

Tema 20.–La detención por aplicación del artículo 420 de la Ley Enjuiciamiento Criminal.

Tema 21.–El Código Penal. Violencia de género y doméstica. Los delitos contra la libertad sexual.

Tema 22.–Instrucción 1/2025. Protocolo para la Valoración y Gestión policial del nivel de riesgo de violencia de género y seguimiento de los caos a través del Sistema VioGén-2.

Grupo Delitos contra la Salud.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Inspección técnico-ocular.

Tema 10.–Entrada y registro.

Tema 11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 12.–Registros personales.

Tema 13.–Reconocimiento fotográfico.

Tema 14.–Reconocimiento en rueda.

Tema 15.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 16.–Interceptación de las telecomunicaciones.

Tema 17.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 18.–Diligencia de informe.

Tema 19.–Protección de testigos.

Tema 20.–La detención por aplicación del artículo 420 de la Ley Enjuiciamiento Criminal.

Tema 21.–El Código Penal y los Delitos contra la Salud Pública.

Tema 22.–El Código Penal y las organizaciones y grupos criminales.

Brigada Criminalística de Campo.

Tema 1.–Introducción a la Criminalística.

1.1.–Consideraciones generales.

1.1.1.–Definición.

1.1.2.–Origen.

1.2.–Objeto de la Policía Científica.

Tema 2.–Inspección Ocular Técnico Policial IOTP.

2.1.–Consideraciones legales.

2.2.–Fundamentos.

2.2.1.–Principio de Intercambio o de Transferencia de Locard.

2.2.2.–Definición de Inspección Ocular Técnico Policial.

2.3.–Requisitos.

2.4.–Terminología.

2.4.1.–Definiciones.

2.4.2.–Características de los hallazgos e ítems.

2.5.–Señalización e individualización de hallazgos.

2.5.1.–Marcadores.

2.5.2.–Testigos métricos.

2.6.–Metodología.

2.6.1.–Actuaciones Preliminares.

2.6.2.–Reconocimiento general del lugar.

2.6.3.–Captura de la escena.

2.6.4.–Identificación de hallazgos e ítems.

2.6.5.–Tratamiento de ítems.

2.6.6.–Procedimiento.

2.7.–Acta de Inspección Ocular Técnico Policial.

2.8.–Informe Pericial.

Tema 3.–Especialidades.

3.1.–Lofoscopia.

3.1.1.–Definición.

3.1.2.–Ramas.

3.1.3.–Pilares fundamentales.

3.1.4.–Campos de aplicación.

3.1.5.–Dactiloscopia y Dactilogramas.

3.1.6.–Quiroscopia y Quirogramas.

3.1.7.–Detección de huellas visibles. Revelado de huellas latentes. Trasplantado de huellas lofoscópicas durante la IOTP.

3.1.8.–Aspectos a tener en cuenta durante la IOTP.

3.2.–Determinación de ADN.

3.2.1.–El ADN en la investigación criminal (genética forense).

3.2.2.–Protección de la escena.

3.2.3.–Directrices anticontaminación en la manipulación de ítems.

3.2.4.–Recogida de ítems para análisis de ADN. Procedimiento para el muestreo.

3.2.5.–Base de datos de perfiles genéticos CODIS.

3.2.6.–Muestras de referencia.

3.2.7.–Búsqueda de vestigios mediante el uso de luces forenses.

3.2.8.–Aspectos a tener en cuenta (recogida de ítems).

3.3.–Balística forense.

3.3.1.–Definición de balística forense.

3.3.2.–Definición y partes de un arma de fuego.

3.3.3.–Tipos de armas de fuego.

3.3.4.–Municiones.

3.3.5.–Balística interna.

3.3.6.–Balística externa.

3.3.7.–Balística terminal o de efectos.

3.3.8.–Balística identificativa o comparativa.

3.3.9.–Aspectos a tener en cuenta durante la IOTP.

3.4.–Sangre.

3.4.1.–Definición.

3.4.2.–Soportes sobre los que pueden presentarse manchas de sangre.

3.4.3.–Morfología de las manchas de sangre sobre una superficie.

3.4.4.–Terminología utilizada en el estudio de manchas de sangre.

3.4.5.–Técnicas para la búsqueda de manchas de sangre.

3.4.6.–Reactivos químicos para detectar y/o revelar manchas de sangre.

3.4.7.–Técnicas para el levantamiento de manchas de sangre.

3.5.–Incendios.

3.5.1.–Generalidades.

3.5.2.–El fuego.

3.5.3.–El incendio.

3.5.4.–Conceptos.

3.5.5.–Comportamiento de algunos materiales frente al fuego.

3.5.6.–Efectos del fuego.

3.5.7.–Influencia del escenario.

3.5.8.–Metodología en la investigación de incendios.

3.5.9.–Aspectos a tener en cuenta durante la IOTP.

3.6.–Identificación personal.

3.6.1.–Antecedentes históricos.

3.6.2.–Consideraciones legales.

3.6.3.–Sistemas de identificación.

3.6.4.–Aplicación de los sistemas de identificación.

3.6.5.–Necroidentificación.

3.6.6.–Aspectos a tener en cuenta.

3.7.–Levantamiento de muestras para análisis toxicológico.

3.7.1.–Pinturas.

3.7.2.–Residuos de disparo.

3.7.3.–Aspectos a tener en cuenta durante la IOTP.

Tema 4.–Pautas Operativas y Procedimientos Normalizados de trabajo.

4.1.–Pautas Operativas (PO).

4.2.–Procedimientos Normalizados de Trabajo (PN o PNT).

Tema 5.–Centro Nacional de Desaparecidos (CNDES) y Base de Datos de Personas Desparecidas y Cadáveres y Restos Humanos sin identificar (PDyRH).

Tema 6.–Real Decreto 32/2009 Protocolo Nacional de actuación médico-forense y de Policía Científica en sucesos con víctimas múltiples.

6.1.–Introducción.

6.2.–Consideraciones legales.

6.3.–Comisión Técnica Nacional para Sucesos con Victimas Múltiples.

Tema 7.–Anexo.

Brigada Criminalística de Laboratorio.

Tema 1.–Introducción a la criminalística.

1.1.–Definición.

1.2.–Origen.

1.3.–Objeto de la policía científica.

1.4.–Perito.

1.5.–Informe pericial.

Tema 2.–Calidad.

2.1.–Sistema de gestión de calidad.

2.2.–Sistema de calidad.

2.3.–Requisitos de la norma ISO 17025.

Tema 3.–Lofoscopia.

3.1.–Definición.

3.2.–Ramas.

3.3.–Pilares fundamentales.

3.4.–Campos de aplicación.

3.5.–Dactiloscopia y dactilogramas.

3.6.–Quiroscopia y quirogramas.

Tema 4.–Biología y ADN.

4.1.–El adn en investigación criminal.

4.2.–ADN.

4.3.–PCR.

4.3.–CODIS.

4.4.–Ley Orgánica 10/2007, de 8 de octubre, reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN.

4.5.–El informe pericial de los análisis genéticos forenses.

Tema 5.–Documentoscopia y grafística.

5.1.–Consideraciones generales.

5.2.–Medios técnicos en un laboratorio de criminalística documental.

5.3.–Medidas de seguridad.

5.4.–Grafística.

Tema 6.–Informática forense.

6.1.–Generalidades.

6.2.–Legalidad de la prueba electrónica.

6.3.–Conceptos legales a tener en cuenta.

6.4.–Análisis forense digital de terminales móviles.

6.5.–Análisis forense digital de equipos informáticos.

6.6.–Redes informáticas.

Tema 7.–Identificación facial.

7.1.–Generalidades.

7.2.–Estudios fisonómico.

7.3.–Metodología.

Grupo de Investigación.

Tema 1.–La policía judicial.

Tema 2.–Detención e información de derechos.

Tema 3.–La detención por el artículo 420 de la ley de enjuiciamiento criminal.

Tema 4.–LO 3/2018, de Protección de datos personales y garantía de los derechos.

Tema 5.–LO 7/2021, de Protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.

Tema 6.–Estructura y funciones de la división de información.

Tema 7.–Cooperación policial y enlace.

Tema 8.–Herramientas y aplicaciones.

Tema 9.–Productos operativos.

Tema 10.–Introducción a la metodología de la inteligencia policial.

Tema 11.–El ciclo de la información.

Tema 12.–Las fuentes de la información.

Tema 13.–Aproximación histórica al fenómeno del yihadismo.

Tema 14.–Las organizaciones y grupos criminales.

Tema 15.–Grupos juveniles violentos.

Tema 16.–Las redes sociales.

Brigada de Análisis e Inteligencia.

Tema 1.–La policía judicial.

Tema 2.–Detención e información de derechos.

Tema 3.–La detención por el artículo 420 de la ley de enjuiciamiento criminal.

Tema 4.–LO 3/2018, de Protección de datos personales y garantía de los derechos.

Tema 5.–LO 7/2021, de Protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.

Tema 6.–Estructura y funciones de la división de información.

Tema 7.–Cooperación policial y enlace.

Tema 8.–Herramientas y aplicaciones.

Tema 9.–Productos operativos.

Tema 10.–Introducción a la metodología de la inteligencia policial.

Tema 11.–El ciclo de la información.

Tema 12.–Las fuentes de la información.

Tema 13.–Aproximación histórica al fenómeno del yihadismo.

Tema 14.–Las organizaciones y grupos criminales.

Tema 15.–Grupos juveniles violentos.

Tema 16.–Las redes sociales.

Tema 17.–Excel.–Formulas y funciones.

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