1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 20/2026, de 16 de febrero, de la directora general de Personal e Infraestructuras, por la que se modifica la Resolución 392/2025, de 28 de noviembre, de la directora general de Personal e Infraestructuras, por la que se convoca el procedimiento para la modificación de los conciertos educativos de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato (en centros privados concertados que tienen vigente su concierto hasta el curso 2027/2028), Ciclos Formativos de Grado Básico, Medio y Superior de Formación Profesional y unidades de Educación Especial, para el curso 2026/2027 y para la suscripción de nuevos conciertos educativos en estas etapas educativas.
Por Resolución 392/2025, de 28 de noviembre, de la directora general de Personal e Infraestructuras, se convoca el procedimiento para la modificación de los conciertos educativos de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato (en centros privados concertados que tienen vigente su concierto hasta el curso 2027/2028), Ciclos Formativos de Grado Básico, Medio y Superior de Formación Profesional y unidades de Educación Especial, para el curso 2026/2027 y para la suscripción de nuevos conciertos educativos en estas etapas educativas.
Las bases tercera y sexta de la citada Resolución 392/2025, establecen los criterios para el cálculo del número de unidades concertadas, indicando la ratio media para cada etapa.
A la vista de la prueba remitida por el departamento de Educación en el procedimiento de Derechos Fundamentales número 0000348/2025, se ha advertido que las ratios medias que figuran en la Resolución 392/2025, no se adecúan a las ratios medias del presente curso escolar.
En consecuencia, procede modificar la Resolución 392/2025, de 28 de noviembre, de la directora general de Personal e Infraestructuras, a fin de adecuarlas a las ratios medias del presente curso escolar y establecer un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Por todo lo cual, y de conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,
RESUELVO:
1.º Modificar las bases tercera y sexta de la Resolución 392/2025, de 28 de noviembre, de la directora general de Personal e Infraestructuras, por la que se convoca el procedimiento para la modificación de los conciertos educativos de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato (en centros privados concertados que tienen vigente su concierto hasta el curso 2027/2028), Ciclos Formativos de Grado Básico, Medio y Superior de Formación Profesional y unidades de Educación Especial, para el curso 2026/2027 y para la suscripción de nuevos conciertos educativos en estas etapas educativas, en el sentido de fijar como ratio media para la modificación y suscripción de nuevos conciertos las siguientes:
–Educación Primaria.
Las unidades concertadas en Educación Primaria en Pamplona y su comarca (Ansoáin, Barañáin, Beriáin, Berriozar, Berrioplano, Burlada, Cendea de Cizur, Cendea de Galar, Huarte, Orcoyen, Valle de Aranguren, Valle de Elorz, Valle de Egüés, Villava y Zizur Mayor, tendrán una ratio media de 19 alumnos por unidad escolar concertada de Educación Primaria. (art. 16 DF 416/1992).
En el resto de la Comunidad Foral de Navarra, para el mismo nivel educativo la relación media mínima será de 16 alumnos por unidad escolar.
–Educación Secundaria Obligatoria.
Las unidades concertadas de Educación Secundaria Obligatoria en Pamplona y su comarca (Ansoain, Barañáin, Beriáin, Berriozar, Berrioplano, Burlada, Cendea de Cizur, Cendea de Galar, Huarte, Orkoien, Valle de Aranguren, Valle de Elorz, Valle de Egües, Villava y Zizur Mayor) tendrán una ratio media de 25 alumnos por unidad escolar concertada como mínimo. (art. 16 DF 416/1992).
En el resto de la Comunidad Foral de Navarra, para el mismo nivel educativo la relación media mínima será de 19 alumnos por unidad escolar.
–Formación Profesional.
Las unidades concertadas de Formación Profesional tendrán una ratio media mínima (art. 16 DF 416/1992) de:
- 19 alumnos por unidad escolar concertada de Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior.
- 12 alumnos por unidad escolar concertada de Ciclos Formativos de Grado Básico.
–Bachillerato.
Las unidades concertadas de Bachillerato tendrán una ratio media de 27 alumnos por unidad escolar concertada como mínimo (art. 16 DF 416/1992).
2.º Establecer un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra, para que los centros puedan presentar nuevas solicitudes o modificar las ya presentadas.
3.º Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Esta resolución y sus modelos de solicitud estarán a disposición de las personas o centros interesados en la página web del Departamento de Educación: www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Conciertos-Educativos.
4.º Contra la presente resolución puede interponerse recurso de alzada ante el consejero de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
5.º Trasladar la presente resolución a la Dirección General de Personal e Infraestructuras, a la Dirección General de Educación y Formación Profesional, a la Dirección General de Digitalización y Servicios Educativos, al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Nóminas y Seguros Sociales, al Servicio de Estudios Económicos y Financiación de Centros, al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad, al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, a la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, y al Presidente de la Comisión General de Escolarización, a los efectos oportunos.
Pamplona, 16 de febrero de 2026.–La directora general de Personal e Infraestructura, Begoña Unzué Vela.
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