BOLETÍN Nº 34 - 17 de febrero de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CORTES

Tipos de gravamen, tipos impositivos, tasas y precios públicos para 2026

Sometido el expediente a información pública, previo anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 241, de 2 de diciembre de 2025 y en el tablón de anuncios de esta entidad local, y habiendo transcurrido el plazo de la misma sin que se hayan presentado reclamaciones, reparos ni observaciones, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo.

Se procede a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.

Cortes, 27 de enero de 2026.–La alcaldesa, María Concepción Ausejo Gómez.

TIPOS DE GRAVAMEN

–Contribución territorial: tipo de gravamen único del 0,3502%.

–Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: tipo de gravamen del 4,12% sobre el presupuesto de ejecución material.

–Impuesto de actividades económicas: aplicación del índice del 1,4 sobre las tarifas que fijan las cuotas mínimas aprobadas por Gobierno de Navarra.

–Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: las últimas tarifas que se aprueben a tal efecto Ley Foral.

–Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana:

  • Con respecto a los coeficientes para establecimiento de la base imponible, serán los determinados en el artículo 175.2 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, reguladora de las Haciendas Locales.
  • Con respecto al tipo impositivo para la liquidación de la cuota, establecer los siguientes tipos de gravamen para cada periodo de generación:

PERIODO DE GENERACIÓN

TIPO DE GRAVAMEN

Igual o superior a 20

11,00%

19

11,00%

18

14,00%

17

20,00%

16

25,00%

15

25,00%

14

25,00%

13

25,00%

12

25,00%

11

25,00%

10

25,00%

9

25,00%

8

25,00%

7

25,00%

6

25,00%

5

25,00%

4

10,00%

3

8,00%

2

8,00%

1

8,00%

Inferior a 1 año

8,00%

–Impuesto sobre viviendas desocupadas: tipo de gravamen del 0,25%, para el primer año; del 0,50% para el segundo año; y del 1,5% para el tercer año y sucesivos, en que la vivienda figure en el Registro de Viviendas desocupadas y se disponga del censo de viviendas desocupadas por este Ayuntamiento.

TASAS

Se mantienen invariables las tasas de todas las ordenanzas fiscales de Cortes.

Código del anuncio: L2601229

Hace cien años

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