2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
CORTES
Tipos de gravamen, tipos impositivos, tasas y precios públicos para 2026
Sometido el expediente a información pública, previo anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 241, de 2 de diciembre de 2025 y en el tablón de anuncios de esta entidad local, y habiendo transcurrido el plazo de la misma sin que se hayan presentado reclamaciones, reparos ni observaciones, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo.
Se procede a la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de Navarra.
Cortes, 27 de enero de 2026.–La alcaldesa, María Concepción Ausejo Gómez.
TIPOS DE GRAVAMEN
–Contribución territorial: tipo de gravamen único del 0,3502%.
–Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: tipo de gravamen del 4,12% sobre el presupuesto de ejecución material.
–Impuesto de actividades económicas: aplicación del índice del 1,4 sobre las tarifas que fijan las cuotas mínimas aprobadas por Gobierno de Navarra.
–Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: las últimas tarifas que se aprueben a tal efecto Ley Foral.
–Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana:
- Con respecto a los coeficientes para establecimiento de la base imponible, serán los determinados en el artículo 175.2 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, reguladora de las Haciendas Locales.
- Con respecto al tipo impositivo para la liquidación de la cuota, establecer los siguientes tipos de gravamen para cada periodo de generación:
PERIODO DE GENERACIÓN | TIPO DE GRAVAMEN |
Igual o superior a 20 | 11,00% |
19 | 11,00% |
18 | 14,00% |
17 | 20,00% |
16 | 25,00% |
15 | 25,00% |
14 | 25,00% |
13 | 25,00% |
12 | 25,00% |
11 | 25,00% |
10 | 25,00% |
9 | 25,00% |
8 | 25,00% |
7 | 25,00% |
6 | 25,00% |
5 | 25,00% |
4 | 10,00% |
3 | 8,00% |
2 | 8,00% |
1 | 8,00% |
Inferior a 1 año | 8,00% |
–Impuesto sobre viviendas desocupadas: tipo de gravamen del 0,25%, para el primer año; del 0,50% para el segundo año; y del 1,5% para el tercer año y sucesivos, en que la vivienda figure en el Registro de Viviendas desocupadas y se disponga del censo de viviendas desocupadas por este Ayuntamiento.
TASAS
Se mantienen invariables las tasas de todas las ordenanzas fiscales de Cortes.
Código del anuncio: L2601229