BOLETÍN Nº 33 - 16 de febrero de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Concesión de licencia de actividad y obras. Gimnasio

La Concejalía Delegada de Gobierno Estratégico, Urbanismo, Vivienda y Agenda 2030 del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 22 de abril de 2025, adoptó la siguiente resolución:

REV 22-ABR-25 (24/EV).

Visto el expediente LIO/2024/2361, promovido por Javier Chivite Segura en representación de NALJALE, S.L., solicitando licencias de actividad clasificada y obras para adecuación de local para implantar actividad de gimnasio en calle Emilio Arrieta, número 7 planta baja, y vistos los Informes técnicos municipales, he resuelto otorgar la licencia solicitada según proyecto presentado, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Los trabajos se ajustarán a lo solicitado. Para cualquier otra obra complementaria se llevará a cabo el trámite que sea preciso.

El aforo del establecimiento se establece en 35 personas.

El horario de funcionamiento del establecimiento será diurno, de 07:00 a 23:00 horas, establecido en virtud del artículo 2.5, Decreto Foral 201/2002, por el que se establece el horario general de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Se instalarán y mantendrán en todo momento las instalaciones y equipos de protección contra incendios previstos en la documentación técnica, los cuales cumplirán lo establecido en el Documento Básico DB SI - Seguridad en caso de incendio del Código Técnico de la Edificación, en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y en cualquier otra reglamentación específica que sea de aplicación.

Los bloques de iluminación de emergencia y las señales de evacuación no podrán ir empotrados en el techo, y se colocarán como mínimo 30 cm por debajo del mismo; en caso contrario, la posible acumulación de humos en caso de incendio no impedirá el cumplimiento de los niveles funcionales de servicio que se establecen en el apartado 2, sección SUA 4, DB SUA - Seguridad de utilización y accesibilidad, C.T.E.

Los aseos contarán con sistema de desbloqueo de las puertas desde el exterior (apartado 1.1, sección SUA 3, DB SUA). El aseo accesible dispondrá de un dispositivo de llamada de emergencia que cumpla lo establecido en el apartado 1.2 de la sección SUA 3, DB SUA.

El aseo y el vestuario accesible contarán con el equipamiento exigido en la definición de "Servicios higiénicos accesibles", Anejo A, DB SUA.

La instalación de iluminación no superará los valores límite de eficiencia energética establecidos en la tabla 3.1, sección HE 3, DB HE - Ahorro de energía, C.T.E.

Las instalaciones y la maquinaria cumplirán los requisitos establecidos por los reglamentos vigentes que específicamente las afectan. En particular, se cumplirán las condiciones de instalación, funcionamiento, niveles sonoros y vibraciones que se establecen en el Real Decreto 1367/2007, que desarrolla la Ley del Ruido en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

En las disposiciones que sean de aplicación, se cumplirá con lo establecido en la Ley Foral 31/2022, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos.

Durante las obras se adoptarán las medidas oportunas para garantizar la seguridad de trabajadores, usuarios del edificio y viandantes, según la normativa vigente.

Durante la ejecución de las obras se cumplirán los límites de ruido previstos en la normativa vigente. Las emisiones de polvo estarán controladas y se adoptarán las medidas oportunas para impedir su expansión.

El plazo máximo para iniciar las obras es de 6 meses contados a partir de la notificación de la presente resolución. Las obras deberán estar finalizadas en el plazo máximo de 8 meses una vez iniciadas las mismas. La presente licencia se declarará caducada si en el transcurso de dichos plazos no se hubieran empezado o no se hubieran terminado las obras.

Una vez finalizadas las obras se debe presentar declaración responsable de puesta en marcha de actividad clasificada y comunicación del fin de las obras, mediante impreso que encontrará en nuestras dependencias avenida del Ejercito, 2-5.º o en la página Web www.pamplona.es, acompañado de la documentación que en dicho impreso se establece, incluyendo certificado fin de obra, según modelo facilitado en los mismos lugares que la solicitud.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Navarra en aplicación de lo dispuesto en el artículo 53.3 del Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.

Pamplona, 15 de enero de 2026.–El alcalde, Joseba Asiron Saez.

Código del anuncio: L2600620

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es