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BOLETÍN Nº 31 - 12 de febrero de 2026
2. Administración Local de Navarra
2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo
PAMPLONA
Oposición para la promoción interna restringida, de un máximo de 3 plazas de oficial inspector/a de movilidad
El director de Recursos Humanos, con fecha 16 de enero de 2026, ha aprobado la siguiente convocatoria:
BASES
1.–Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición, de un máximo de 3 plazas del puesto de trabajo de oficial inspector/a de movilidad del Ayuntamiento de Pamplona.
1.2. La presente oposición se convoca en virtud de lo establecido en el artículo 15.6 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
1.3. Las personas aspirantes que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulten nombradas en virtud de esta convocatoria, tendrán la condición de Oficial Inspector/a de movilidad y serán encuadradas en el nivel C desde la fecha de la toma de posesión o incorporación, amortizándose automáticamente las plazas que ocupaban anteriormente y no suponiendo, por consiguiente, incremento alguno del número de plazas en la Plantilla Orgánica.
1.4. La participación en esta promoción de nivel no supondrá, en ningún caso, modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral que se tuviera antes de la promoción.
2.–Requisitos.
2.1. Para ser admitidas a la oposición, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ostentar la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Pamplona en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial, en el puesto de trabajo de auxiliar inspector/a de movilidad.
b) Hallarse encuadrado en el nivel o grupo D.
c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa, excepto cuando la persona en situación de excedencia voluntaria se encuentre prestando servicios en otro puesto de trabajo de carácter fijo o temporal en el Ayuntamiento de Pamplona.
d) Además de los requisitos anteriores, las personas aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, alternativamente, uno de los dos siguientes requisitos:
1. Estar en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente y acreditar 5 años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.
2. Acreditar 8 años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.2. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y hasta la toma de posesión de la plaza.
3.–Instancias.
3.1. Plazo de presentación de solicitudes.
La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.
3.2. Presentación y formalización de la solicitud.
Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar su solicitud de forma telemática, a través de Internet, en la dirección www.pamplona.es, siguiendo la siguiente ruta de navegación: "Trámites y licitaciones", "Ofertas de Trabajo", "Empleo público", "Convocatorias de empleo público", en la reseña correspondiente a la presente convocatoria.
Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de pruebas en que éstas sean necesarias, deberán manifestarlo así en su solicitud y especificar, en el espacio habilitado al efecto, la adaptación solicitada o los ajustes necesarios de tiempo y/o de medios que solicitan. A estos efectos, la persona aspirante podrá aportar la documentación que estime conveniente, al momento de presentar su solicitud conforme a lo establecido en el apartado 3.3.
3.3. Documentación a presentar con la solicitud.
En el momento de presentación de la solicitud on line, las personas aspirantes deberán aportar, según el caso, la siguiente documentación:
–Título de Bachillerato, de Formación Profesional de segundo grado o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
En el momento de presentar la solicitud, quien lo desee podrá autorizar al gestor la consulta de su titulación en el Servicio de Verificación de Datos del Ministerio de Educación, no obstante, esta opción no siempre garantiza la verificación. Si esto sucede y la persona aspirante no aporta copia de su titulación, será excluida de las listas de admisión.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.
–Las personas aspirantes con discapacidad reconocida deberán aportar el documento que la acredite, expedido por órgano competente.
3.4. Quienes no presenten dichos documentos, no serán admitidas a la convocatoria, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.
3.5. Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.
4.–Admisión de personas aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la dirección de Recursos Humanos dictará resolución aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y ordenará su publicación en la ficha de la convocatoria en la página web municipal.
4.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en la página web municipal, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.
4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el director de Recursos Humanos dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y y ordenará su publicación en la ficha de la convocatoria en la página web municipal.
4.4. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el procedimiento selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.
5.–Tribunal calificador.
5.1. El tribunal calificador estará compuesto por las siguientes personas:
Presidencia: Alexia Cantó Álvarez, responsable de Ecologia Urbana y Movilidad del Ayuntamiento de Pamplona.
Presidencia suplente: Xabier Burgui Vergara, director de Recursos Humanos del Ayuntamiento Pamplona.
Vocal: Juan Manuel Gil Larequi, director Área Protección Ciudadana del Ayuntamiento Pamplona.
Vocal suplente: Patxi Iriarte Echenique, director Área Conservación Urbana y Sanidad del Ayuntamiento Pamplona.
Vocal: Judith Blanco Santamaria, jefa servicio licencias, vados y aparcamientos del Ayuntamiento Pamplona.
Vocal suplente: Elena Camarero Mate, jefa de servicio de obras del Ayuntamiento Pamplona.
Vocal: Julio César López Polo, representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.
Vocal suplente: Mikel Aingeru Santesteban Etxeto, representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.
Secretaría: Mónica Lana Elola, secretaria técnica del Área Conservación Urbana y Sanidad del Ayuntamiento Pamplona.
Secretaría suplente: Raquel Pérez García, técnica de Recursos Humanos del Ayuntamiento Pamplona.
5.2. El tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.
Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia de la persona que ejerza la Presidencia y de la que ejerza la Secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan, pudiendo ser también personas sustitutas las designadas como vocales suplentes en el supuesto de darse la situación de ser necesaria una segunda suplencia.
5.3. Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.
5.4. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.
5.5. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.
6.–Desarrollo de la oposición.
6.1. La oposición dará comienzo a partir del mes de marzo de 2026.
6.2. En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización de la prueba de la oposición.
6.3. La oposición constará de una única prueba:
De carácter teórico-práctico, consistirá en contestar por escrito, durante un tiempo máximo de 120 minutos, a un cuestionario de un máximo de 100 preguntas tipo test con tres alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que sólo una será válida, sobre las materias incluidas en el temario que figura en el anexo I de la presente convocatoria. El criterio de valoración de la prueba y la penalización de los errores en las preguntas con diferentes alternativas de respuesta se detallarán antes del comienzo de la misma.
La puntuación máxima de la prueba será 50 puntos. Superarán la prueba aquellas personas que obtengan al menos el 50 por ciento de la puntuación máxima establecida (25 puntos).
6.4. La convocatoria a la prueba de la oposición se realizará mediante llamamiento único, debiendo las personas aspirantes acudir provistas del documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidas de la oposición las personas aspirantes que no comparezcan en la fecha, hora y lugar anunciado o no se identifiquen mediante alguno de los documentos citados.
6.5. La prueba de la oposición se desarrollará sobre las materias que se señalan en el anexo I de la convocatoria.
Todas las materias se exigirán conforme a la normativa vigente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
6.6. Durante el desarrollo de la prueba se establecerán, para las personas aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.
6.7. Al término de la prueba, el tribunal publicará en la página web del Ayuntamiento de Pamplona (www.pamplona.es), en la reseña de la convocatoria, las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes y abrirá un plazo de 5 días hábiles para que las personas interesadas puedan formular reclamaciones y alegar lo que a su derecho convenga en relación con las valoraciones.
7.–Relación de personas aprobadas.
7.1. Concluido el proceso selectivo, el tribunal calificador publicará en la página web del Ayuntamiento de Pamplona, www.pamplona.es, la relación de personas aprobadas con las calificaciones obtenidas en la oposición por orden de puntuación alcanzada.
7.2. Los empates que se produzcan en el resultado final se resolverán mediante sorteo celebrado
8.–Nombramiento y toma de posesión.
8.1. Una vez finalizado el trámite anterior, el tribunal elevará a la Junta de Gobierno Local, junto con el expediente completo, la propuesta de nombramiento en favor de las personas aspirantes aprobadas que tengan cabida en el número de plazas convocadas.
8.2. La Junta de Gobierno Local nombrará oficiales inspectores de movilidad de nivel C a las personas aspirantes incluidas en la propuesta elevada por el tribunal y ordenará la publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
8.3. Las personas nombradas deberán tomar posesión del puesto de trabajo en la fecha que se determine en el acuerdo de nombramiento.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de oficiales inspectores de movilidad.
9.–Publicidad de las actuaciones.
Sin perjuicio de aquellos trámites que deban ser objeto de publicación oficial a través del Boletín Oficial de Navarra, la información relativa a las resoluciones y actuaciones del tribunal correspondientes a convocatorias de pruebas y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para las personas interesadas, será publicada en la ficha de la convocatoria accesible en la web municipal www.pamplona.es.
10.–Recursos.
Contra los actos y resoluciones emanados del tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.
Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas, podrá interponerse optativamente alguno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.
b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
Tanto la interposición como la resolución de cualquiera de los recursos interpuestos serán publicadas en la web municipal a los efectos de notificar y emplazar a las personas interesadas de este proceso selectivo.
Pamplona, 16 de enero de 2026.–El director del Área de Recursos Humanos, Xabier Burgui Vergara.
ANEXO I.–TEMARIO
Temario general.
1. Igualdad de género: la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres. Título Preliminar. Título I: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Título II: Políticas Públicas para la igualdad. Principios generales. Título V: El principio de igualdad en el empleo público (Capítulos I, II y III).
2. Estrategia de Transición Energética y Cambio Climático 2030 del Ayuntamiento de Pamplona: resumen ejecutivo.
3. Conceptos de informática: tratamiento de textos de Word 2016, hojas de cálculo de Excel 2016, gestión de expedientes, internet y correo electrónico.
Temario específico.
1. Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Pamplona.
2. Vehículos de Movilidad Personal (VMP): Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de características de los vehículos de movilidad personal.
3. Caminos escolares seguros. Metodología de implantación. Herramientas para analizar la movilidad escolar. Herramientas para analizar el entorno escolar. Evaluación del proyecto.
4. Plan de Ciclabilidad de Pamplona 2017-2022. Tipologías de vías ciclistas. Criterios de intervención para configurar la red ciclable. Jerarquización de itinerarios. Criterios de diseño.
5. Red pública de aparcamientos de bicicletas (rotatorios). Ubicaciones. Tarifas. Normas de uso. Alternativas de acceso a los aparcamientos.
6. Programa educativo "La Bicicleta en la Escuela". Metodología y sesiones de trabajo. Grupos escolares destinatarios.
7. Aparcamientos públicos de bicicletas para residentes. Ubicaciones y sus características. Norma 15 reguladora del precio público. Ordenanza reguladora de uso.
8. Decreto Foral 142/2004, de 22 de marzo, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad en viviendas de la Comunidad Foral de Navarra. Capítulo 2 del anexo I, II y III: condiciones del edificio. Garajes.
9. Ordenanza fiscal número 19, reguladora de las tasas por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
10. Código Técnico de la Edificación DBSI: DBSI-1: propagación interior. DBSI-3: evacuación de ocupantes. DBSI-4: instalaciones de protección contra incendios.
11. Código Técnico de la Edificación DBSUA: DBSUA-1: resbaladicidad de pavimentos. DBSUA-2: seguridad frente al riesgo de impacto o atrapamiento. DBSUA-4: iluminación. DBSUA-7: seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento. DBSUA-9: plazas de aparcamiento accesibles.
12. Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas y otros elementos asociados a la hostelería y al comercio en la vía pública.
13. Real Decreto 465/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de señalización de tráfico.
Código del anuncio: L2600689
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Enlaces relacionados
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31001 - Pamplona (Navarra)
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