1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 7E/2026, de 21 de enero, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se dictamina que el proyecto de modificación para adecuación de instalaciones existentes, pavimentación e instalación de un separador, de la explotación de ganado vacuno de leche, cuyo titular es SAT Número 616 NA Bezenartea, ubicada en término municipal de Baztan, constituye una modificación no sustancial, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo.
Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, por encontrarse incluida en el anejo 1, grupo 10.15, de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.
Con fecha 14/11/2023, el titular notificó el proyecto de modificación de su instalación para la adecuación de las instalaciones existentes, pavimentación e instalación de un separador, al que posteriormente, en respuesta a requerimiento, aporta anexo para aumento de la capacidad productiva hasta 224 plazas de vacas adultas, sin incrementar la superficie existente.
A la vista de la notificación y documentos justificativos presentados en relación con el proyecto de modificación de la instalación industrial, este Servicio considera que constituye una modificación no sustancial, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo, dado que no implica ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 37 del mencionado Reglamento.
Por otro lado, como consecuencia de este proyecto de modificación no sustancial, es necesario llevar a cabo una modificación del texto de la autorización ambiental unificada, y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en aplicación de lo previsto en el artículo 39 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado por el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo.
El proyecto de modificación se encuentra sometido a la autorización de actividades en suelo no urbanizable, por lo que deberá presentar la documentación necesaria ante el Servicio de Territorio y Paisaje del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos, con el fin de tramitar la obtención de dicha autorización.
Esta modificación supondrá un incremento de la capacidad productiva máxima de la instalación de un 49,33%, aumentando desde 150 plazas de vacas adultas a 224 plazas de vacas adultas. Este incremento se tendrá en cuenta a los efectos acumulativos de la capacidad de producción de futuras modificaciones con el fin de dictaminar una modificación sustancial.
La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,
RESUELVO:
Primero.–Dictaminar que el proyecto de modificación para adecuación de instalaciones existentes, pavimentación e instalación de un separador, de la explotación de ganado vacuno de leche, cuyo titular es SAT Número 616 NA Bezenartea, ubicada en término municipal de Baztan, constituye una modificación no sustancial, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo.
Segundo.–En consecuencia, según lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, el titular podrá llevar a cabo el proyecto previsto, sin perjuicio de la tramitación de la correspondiente licencia de obras u otras autorizaciones que fueran necesarias.
Tercero.–Actualizar el Plan de Producción y Gestión de Estiércoles de la instalación ganadera, con el número 0500370498/2/4, incluido en el anejo II de la presente resolución.
Cuarto.–Este dictamen tiene una validez de diez meses a partir de la fecha de la presente resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre.
Quinto.–Modificar el texto de la autorización ambiental unificada de la instalación, introduciendo los cambios detallados en el anejo de la presente resolución.
Sexto.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, en aplicación de lo previsto en el artículo 39 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, aprobado por el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo.
Séptimo.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.
Octavo.–Trasladar la presente Resolución a SAT N.º 616-NA Bezenartea y al Ayuntamiento de Baztán, a los efectos oportunos.
Pamplona, 21 de enero de 2026.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Francisco Javier Larrañeta Nido.
Nota: los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular e Innovación; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/ConsultasAAU.html#/ConsultaAutorizacionesAmbientalesUnificadas.
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