BOLETÍN Nº 28 - 9 de febrero de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 312/2025, de 24 de diciembre, del director general de Digitalización y Servicios Educativos, por la que, a solicitud del titular, se acuerda la extinción de la autorización del centro privado de Educación Secundaria Obligatoria "Santa Catalina - Santísimo Sacramento", de Pamplona, y se inscriben dichas enseñanzas en los datos registrales de los centros privados de Educación Infantil y Primaria "Santa Catalina Labouré" y "Santísimo Sacramento", de la misma localidad.

Vista la solicitud del titular del centro privado de Educación Secundaria Obligatoria "Santa Catalina - Santísimo Sacramento, de Pamplona, para que se extinga la autorización administrativa de este centro y se inscriban las enseñanzas que tiene autorizadas en los respectivos centros donde se imparten.

Conforme a lo dispuesto en el Título IV del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio, por el que se establece el procedimiento para la autorización de centros docentes privados que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias en la Comunidad Foral de Navarra.

Considerando lo establecido por la disposición derogatoria única del Decreto Foral 108/2024, de 11 de diciembre, que abroga lo dispuesto en el Decreto Foral 156/1995, de 26 de junio, por el que se dictan normas relativas a los conciertos educativos con centros de titularidad privada.

A la vista de lo dispuesto en la Resolución 722/1995, de 29 de mayo, y en la Orden Foral 497/1996, de 12 de diciembre, por las que se autorizan la apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Secundaria Obligatoria " Santa Catalina-Santísimo Sacramento " de Pamplona, y en aplicación de lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se determinan los requisitos mínimos de los centros docentes que impartan enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, y a propuesta del Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas,

RESUELVO:

1.º Acordar, a instancia del titular y con efectos del 31 de agosto de 2026, la extinción de la autorización del centro privado de Educación Secundaria Obligatoria "Santa Catalina-Santísimo Sacramento" de Pamplona, con código de centro 31008591.

2.º Modificar, con efectos del 1 de septiembre de 2026, los datos registrales del centro de Educación Infantil y Primaria "Santa Catalina Laboure", de Pamplona, que pasan a ser los siguientes:

Titular: Compañía de las Hijas de la Caridad, CIF R3100011J.

Código de centro: 31004470.

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y de Formación Profesional.

Denominación específica: "Santa Catalina Laboure ".

Dirección: calle Abejeras, número 5.

Localidad: Pamplona, CP 31007.

Municipio: Pamplona.

Enseñanzas autorizadas: Segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional.

Capacidad máxima autorizada:

–Educación infantil: 3 unidades en Educación Infantil, con el número máximo de puestos escolares por unidad que se establezca normativamente.

–Educación Primaria: 6 unidades, con un máximo de 25 puestos por unidad y un total de 150 puestos escolares.

–Educación Secundaria Obligatoria: 4 unidades, con un máximo de 30 puestos por unidad y un total de 120 puestos escolares.

–Formación Profesional de Grado D:

O Grado Básico de la especialidad "Servicios Administrativos", de la familia profesional de "Administración y Gestión", 2 unidades, una en primero y otra en segundo curso, con un máximo de 12 alumnas y alumnos de nuevo acceso más el alumnado repetidor, hasta un máximo de 14 puestos por unidad y un total de 28 puestos escolares.

O Ciclo Formativo Profesional Especial de la especialidad de "Auxiliar en operaciones de tratamiento de datos, ofimática y archivo", 1 unidad, con el número máximo de puestos por unidad que se determine normativamente.

3.º Modificar, con efectos del 1 de septiembre de 2026, los datos registrales del centro de Educación Infantil y Primaria "Santísimo Sacramento", de Pamplona, que pasan a ser los siguientes:

Titular: Congregación Religiosas MM. Santísimo Sacramento, CIF R3100205H.

Código de centro: 31004822.

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Denominación específica: "Santísimo Sacramento".

Dirección: calle Abejeras número 22.

Localidad: Pamplona, CP 31007.

Municipio: Pamplona.

Enseñanzas autorizadas: 2.º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad máxima autorizada:

–Educación Infantil: 3 unidades, con el número de puestos escolares por unidad que se establezca normativamente.

–Educación Primaria: 6 unidades en Educación Primaria, con un máximo de 25 puestos por unidad y un total de 150 puestos escolares.

–Educación Secundaria Obligatoria: y 4 unidades, con un máximo de 30 puestos por unidad y un total de 120 puestos escolares.

4.º Dar traslado de los nuevos datos registrales de estos dos centros, recogidos en los apartados 2.º y 3.º de esta resolución, al Registro Estatal de Centros, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio.

5.º Recordar a los titulares de ambos centros que, ante cualquier cambio que pretendan realizar en la configuración de los mismos que suponga la modificación de sus instalaciones o de los datos registrales establecidos en los apartados 2.º y 3.º de esta resolución, deberán solicitar la oportuna autorización al Departamento de Educación, conforme a lo establecido en el Título III del Decreto Foral 251/1992, de 6 de julio, que regula el procedimiento de autorización de los centros docentes no universitarios de régimen general en Navarra.

6.º Señalar que las autorizaciones de ambos centros podrán extinguirse o ser revocadas en los supuestos y por los procedimientos establecidos en el Título IV del mencionado Decreto Foral.

7.º Notificar la presente resolución a las entidades titulares de los dos centros indicando que, contra la misma, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

8.º Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

9.º Dar traslado de la misma al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio Infraestructuras Educativas, al Servicio de Estudios Económicos y Financiación de Centros, al Servicio de Sistemas de Información de Educación, a la Sección de Financiación de Centros Escolares y a la Sección de Gestión de la Información Escolar.

Pamplona, 24 de diciembre de 2025.–El director general de Digitalización y Servicios Educativos, Luis Calatayud Yuste.

Código del anuncio: F2517139

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