BOLETÍN Nº 28 - 9 de febrero de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1721/2025, de 22 de diciembre, del director gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se establece un sistema de designación y sustitución de los miembros de las comisiones de investigación en el marco del protocolo de prevención e intervención frente al acoso sexual y/o por razón de sexo del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Mediante Resolución 750/2024, de 12 de julio, del director gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se designó a las personas integrantes de las Comisiones de Investigación en el marco del Protocolo de Prevención e Intervención frente al acoso sexual y/o por razón de sexo en cada uno de los respectivos ámbitos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (en adelante, SNS-O), publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 163, de 9 de agosto de 2024.

Posteriormente, por Resolución 402/2025, de 14 de abril, del director gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 96, de 16 de mayo de 2025, se modificó la composición de las citadas Comisiones de Investigación al objeto de acoger la sustitución de la persona propuesta por el Instituto Navarro para la Igualdad en el ámbito de igualdad.

El Protocolo de Prevención e Intervención frente al acoso sexual y/o por razón de sexo del SNS-O establece que la Comisión de Investigación debe contar con dos representantes de los sindicatos (una persona titular y una suplente). La Comisión de Personal del SNS-O, en su sesión de fecha 1 de julio de 2024, acordó que la designación de las personas (titular y suplente) que ostenten la representación sindical en las Comisiones de Investigación corresponderá al sindicato que, en cada momento, ostente la Presidencia de dicha Comisión.

Por tanto, considerando la propuesta de la Comisión de Personal del SNS-O, y por eficacia administrativa, se considera adecuado establecer un sistema de actualización de la representación sindical que no requiera la emisión continua de nuevas resoluciones de modificación de la composición de las Comisiones de Investigación. Para ello se establece que la Comisión de Personal deberá comunicar a la Dirección de Profesionales del Servicio Navarro de Salud, que lo trasladará a la Dirección de Profesionales de los demás ámbitos, los nombres de los representantes sindicales designados en cada periodo que formarán parte de las Comisiones de Investigación.

Asimismo, para garantizar la operatividad constante de las Comisiones de Investigación y evitar la carga administrativa que supondría la emisión de una nueva resolución para cada cambio de persona en determinados puestos (miembros por razón de su cargo o aquellos designados por su perfil profesional específico), resulta necesario establecer un sistema de designación y sustitución de las personas que integren las Comisiones, que solo necesitarán, cuando se produzcan, la comunicación a la Dirección de Profesionales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Por último, para garantizar la máxima transparencia del procedimiento y el derecho de las personas interesadas a conocer la composición del órgano encargado de la investigación, se considera fundamental establecer un mecanismo de comunicación formal. Por ello, una vez notificada una situación de conducta inaceptable o de la posible situación de acoso sexual o por razón de sexo, constituida, en su caso, la Comisión de Investigación del ámbito correspondiente, se informará de su composición a las personas que hayan instado el procedimiento, a la persona contra la que se dirija, y a otros interesados o unidades que se considere que deban tener conocimiento.

Visto el informe propuesta del director de Profesionales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y en virtud de las facultades conferidas por los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, aprobados por Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre,

RESUELVO:

1.º Establecer el sistema de designación y sustitución de los representantes sindicales de la siguiente manera:

1.–La designación de los representantes sindicales en las Comisiones de Investigación se realizará por el sindicato que, conforme al sistema rotatorio, ostente la Presidencia de la misma.

2.–La Comisión de Personal deberá comunicar a la Dirección de Profesionales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, que lo trasladará a la Dirección de Profesionales de los demás ámbitos, los nombres de los representantes sindicales designados en cada periodo que formarán parte de las Comisiones de Investigación.

3.–Los cambios de los representantes sindicales, derivados del sistema de rotación, no requerirán la modificación de la presente Resolución ni su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, siendo suficiente con la comunicación referida en el punto anterior para que la designación sea efectiva.

4.–Sin perjuicio de lo anterior, una vez que se inicie una comisión de investigación, se mantendrá al representante sindical correspondiente para dar continuidad al caso hasta su finalización. Una vez resuelto el caso, si correspondiera un cambio en los representantes sindicales, se haría efectivo.

2.º Establecer el sistema de designación y sustitución para los demás miembros de las Comisiones de Investigación de la siguiente manera:

1.–Para los miembros que forman parte de la Comisión por razón de su cargo (representantes de las Direcciones de Profesionales de cada ámbito), la designación recaerá automáticamente en la persona que ostente la titularidad del puesto en cada momento. El nombramiento en el cargo implicará la correspondiente actualización en la Comisión.

2.–Para los miembros designados por su perfil profesional específico (personal de psicología, jurídico y de igualdad), la designación de las personas concretas y sus sustituciones serán realizadas por el órgano o unidad que propuso inicialmente dicho perfil o que tiene la competencia sobre dicho personal (Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, Subdirección de Personal y Relaciones Laborales, Instituto Navarro para la Igualdad, respectivamente). Los cambios en las personas se comunicarán a la Dirección de Profesionales del Servicio Navarro de Salud, que lo comunicará a las Direcciones de Profesionales del resto de los ámbitos, y no requerirá la aprobación de una resolución.

3.º Conocimiento en materia de igualdad y violencia de género:

Con el fin de asegurar la constitución ágil y la operatividad continua de las Comisiones de Investigación, si bien es deseable que las personas integrantes cuenten con esta formación desde el momento de su designación, la participación de sus integrantes podrá iniciarse aun cuando la acción formativa específica ofertada por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, esté pendiente de realizarse o completarse.

4.º Comunicación de la composición de la Comisión de Investigación del ámbito correspondiente a las personas interesadas:

Una vez notificada una situación de conducta inaceptable o de la posible situación de acoso sexual o por razón de sexo, en el caso de que se constituya una Comisión de Investigación, la Dirección de Profesionales del ámbito correspondiente deberá notificar en un plazo máximo de cinco días hábiles la composición vigente de la Comisión a la persona que inste el inicio de las actuaciones y a la persona contra la que se dirija el procedimiento, y, en su caso, a otras personas interesadas o unidades que deban tener conocimiento.

5.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar esta resolución a las Direcciones de Profesionales de los ámbitos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea; al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, y al Servicio de Desarrollo Profesional y Participación del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea; al Instituto Navarro para la Igualdad, a la Comisión de Personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a la Dirección General de Función Pública, y a las personas integrantes de las Comisiones de Investigación, a los efectos oportunos, así como ordenar su difusión en Auzolan para su general conocimiento.

Pamplona, 22 de diciembre de 2025.–El director gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, Juan Antonio Guajardo Remacha.

Código del anuncio: F2516989

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