BOLETÍN Nº 26 - 5 de febrero de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LARRAUN

Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por la publicación en los periódicos por parte del ayuntamiento de los anuncios de las personas físicas y jurídicas

El pleno del Ayuntamiento de Larraun, en la sesión celebrada el 5 de noviembre de 2024, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por la publicación en los periódicos por parte del Ayuntamiento de Larraun de los anuncios de las personas físicas y jurídicas.

Finalizado el periodo de exposición pública, previa publicación en el Boletín Oficial de Navarra número 240, de 26 de noviembre de 2024, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, no se han presentado reclamaciones, reparos ni observaciones.

Por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo, procediéndose a la publicación de los artículos modificados en el Boletín Oficial de Navarra.

Mugiro (Larraun), 28 de abril de 2025.–El alcalde, Mikel Uharte Martija.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LA PUBLICACIÓN EN LOS PERIÓDICOS POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE LARRAUN DE LOS ANUNCIOS DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS

Artículo 1. Fundamento y naturaleza.

La presente tasa se establece en uso de las facultades otorgadas por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 7.ª del Capítulo IV del Título Primero de la Ley 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra y en virtud de la autorización contenida en el artículo 12 de la misma ley.

Artículo 2. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la inserción en prensa, por parte del Ayuntamiento de Larraun, de anuncios de personas físicas o jurídicas.

Artículo 3. Sujetos pasivos.

Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas promotoras de expedientes en el Ayuntamiento de Larraun para cuya tramitación sea necesaria la publicación de anuncios en prensa.

Artículo 4. Devengo.

La tasa por publicación de anuncios se devengará cuando el ayuntamiento presente la solicitud de publicación. El pago se realizará una vez efectuada la publicación y determinada la cuantía exacta que corresponda.

Artículo 5. Tarifas.

La tasa será exigida de acuerdo con las siguientes tarifas:

CONCEPTO

EUROS

1. Publicación de anuncios en prensa

Coste del anuncio

Artículo 6. Liquidación e ingreso

El pago de la tasa, que será nominal e individualizado por cada anuncio que se publique, se efectuará mediante ingreso en la cuenta bancaria del ayuntamiento cuando éste remita al promotor la liquidación de la tasa.

Disposición final única.–Esta ordenanza entrará en vigor y surtirá todos sus efectos jurídicos el día 1 de enero de 2025, y tras su completa publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Código del anuncio: L2600505

Hace cien años

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