BOLETÍN Nº 21 - 29 de enero de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE BASE
DE ULTZAMA

Calendario laboral para 2026

La Junta de vocales de la Mancomunidad, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2025, aprobó el calendario de días festivos entre semana durante el año 2026 para el personal al servicio de la Mancomunidad de SS.SS. de la zona Ultzama, estableciendo como fiestas de carácter retribuido y no recuperable para el año 2026, las que a continuación se indica.

–1 de enero, jueves: Festividad de Año Nuevo.

–6 de enero, martes: Festividad de la Epifanía del Señor.

–17 de enero, sábado: Fiesta Local.

–19 de marzo, jueves: Festividad de San José.

–2 de abril: Jueves Santo.

–3 de abril: Viernes Santo.

–6 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo, viernes: Fiesta del Trabajo.

–15 de agosto, sábado: Festividad de la Asunción de la Virgen.

–12 de octubre, lunes: Festividad de la Virgen del Pilar.

–2 de noviembre, lunes: Día siguiente a la Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre, jueves: Fiesta de San Francisco Javier-Día de Navarra.

–8 de diciembre, martes: Festividad de la Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre, viernes: Festividad de la Natividad del Señor.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2026, todos los domingos y los días declarados festivos para las oficinas de la Mancomunidad.

La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en la Mancomunidad de SS.SS. de la zona Ultzama, fijado en 1592 horas efectivas de trabajo, tal y como establece el actual convenio de la Mancomunidad, se realizará de la siguiente forma:

La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, una duración de 7 horas y 20 minutos, en horario de 8:00 a 15:00, quedando los 20 minutos de horario restantes para su realización, a elección del empleado y con carácter flexible, entre las 7:40 y las 8:00 horas y entre las 15:00 y las 15:20 horas.

El personal, por su jornada parcial y/o por necesidades del servicio, así como por desarrollar tareas o trabajar en diferentes programas podrá realizar otros horarios.

Se intentará siempre llegar a acuerdos en los horarios laborales que permitan la posibilidad y faciliten la conciliación de la vida personal y laboral. Sobre todo, este tema se tendrá especialmente en cuenta cuando haya hijos/as menores, hijos/as discapacitados/as, personas de primer y segundo grado consanguinidad y afinidad enfermas, dependientes, etc. y estará justificado.

Con el fin de ajustar el horario al cómputo anual de la jornada, el personal tendrá 28 h, que se disfrutarán 1 día para unir a las vacaciones, pasando de 28 a 29 días, y 2 días y 6 horas para las fiestas patronales.

El disfrute de las vacaciones fijadas reglamentariamente se concederá por órgano administrativo competente, tal y como marca el propio convenio de la Mancomunidad.

Quedan pendientes del disfrute a elegir por parte del personal, 3 días de asuntos propios.

Así mismo, quedan pendientes del disfrute por parte de los/as trabajadores/as, los días correspondientes conforme a la Ley Foral 12/2023, de 29 de marzo, por la que se modifica el texto refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.

Se hace la salvedad de que en todo caso la duración de la jornada anual quedará condicionada a la que se establezca definitivamente para el año 2026 con carácter general para las Administraciones Públicas de Navarra. A tal efecto y en el caso de existir alguna variación se realizarán los ajustes necesarios.

Larraintzar, Ultzama, 23 de diciembre de 2025.–Jesús M.ª Larretxea Lazkano, presidente.

Código del anuncio: L2600475

Hace cien años

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