BOLETÍN Nº 187 - 21 de septiembre de 2026

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Aprobación definitiva de plantilla orgánica del Ayuntamiento de para el año 2026. Recursos de reposición

«Vistos recursos de reposición interpuestos, frente al Acuerdo de Pleno de fecha 15 de enero de 2026 (2/CP) que aprueba definitivamente la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Pamplona de 2026 y sus anexos, por las siguientes personas interesadas:

Doña Juana María Zaragüeta Urrutia, a los efectos de revisar el régimen jurídico de la plaza de la que es titular: profesora de escuela taller, nivel B,

Don Marcos Corral González, arquitecto técnico del Ayuntamiento de Pamplona a los efectos de que se revise el complemento de puesto de trabajo al puesto de arquitecto técnico municipal y se incremente de forma idéntica a lo efectuado en el puesto de arquitecto municipal,

Doña Sara Ieregi Madotz a los efectos de revisar una incongruencia en el acuerdo séptimo, ya que no se responde a la alegación presentada,

Don Jesús María Ezcurra Ilarregui, a los efectos de revisar la representación de su situación administrativa en la plantilla orgánica aprobada,

Don Joseba Otano Villanueva a los efectos de revisar los perfiles lingüísticos previstos en la misma, con incremento de los puestos en los que resulte preceptivo el conocimiento del euskera y/o su valoración,

Y visto informe jurídico y demás documentación obrante en el expediente,

SE ACUERDA:

Primero.–Corregir en el Anexo 1 de la Plantilla orgánica municipal, el régimen jurídico de la plaza 1 - 203300, profesor/a escuela taller, de la que es titular doña Juana María Zaragüeta Urrutia, que es funcionarial, y no laboral como se hizo constar erróneamente.

Segundo.–Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don Marcos Corral González, arquitecto técnico municipal, entendiendo que es conforme a derecho no equiparar las retribuciones complementarias entre arquitectos y arquitectos técnicos, al tratarse de puestos diferenciados con funciones diferentes.

Tercero.–Estimar el recurso planteado por la señora Ieregi en el sentido de que efectivamente la contestación dada a sus alegaciones a la plantilla orgánica provisional en el Acuerdo de Pleno de 15 de enero de 2026 presenta incongruencia, ya que responde a algo no alegado y por el contrario se omite respuesta a una de sus alegaciones (la de aplicación de un complemento salarial que salve la diferencia retributiva entre el puesto de auxiliar y el de oficial administrativo).

No obstante, tal incongruencia se debe a un simple error de transcripción del acuerdo, ya que el informe jurídico y técnico en el que el Acuerdo de Pleno de 15 de enero de 2026 basa la contestación sí resulta congruente, pasando por tanto a confirmar y motivar la desestimación a esta alegación en los términos del informe que a continuación se reproducen:

"cabe señalar que la promoción de nivel y los conceptos retributivos del Ayuntamiento de Pamplona tienen que estar basados en lo que la normativa de función pública navarra establece al respecto. No existe, de esta forma, un complemento retributivo para la situación descrita, y la forma en la que una plaza de auxiliar administrativo puede pasar a ser de oficial administrativo no es otra que la que se prevé en el artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: una promoción interna restringida por reconversión a la que pueden optar las personas que cumplen los requisitos establecidos y que deberán superar las pruebas correspondientes.

Así las cosas, procede desestimar esta alegación en cuanto a que el proceso de promoción se desarrollará durante el ejercicio 2026 conforme a la normativa, no estando vinculado este proceso al reconocimiento anterior de ningún derecho retributivo".

Cuarto.–Corregir la situación administrativa de don Jesús María Ezcurra Ilaregui para que quede reflejado en la plantilla orgánica la situación administrativa de servicios especiales respecto de la plaza de su titularidad como funcionario, que es la 1-307200-2, encargado de mantenimiento de Conservación Urbana, y adscripción temporal respecto de la plaza que ocupa en situación de servicios especiales para la formación y el perfeccionamiento, que es la 1-307500-28, oficial inspector de Conservación Urbana.

Quinto.–Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don Joseba Otano Villanueva, confirmando las determinaciones lingüísticas en relación con el euskera previstas en la plantilla orgánica aprobada por Acuerdo de Pleno de 15 de enero de 2026 (2/CP)».

Contra este acuerdo cabe interponer uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo.

c) Recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo contencioso del Tribunal de Instancia de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Pamplona, 4 de junio de 2026.–El alcalde, Joseba Asirón Sáez.

Código del anuncio: L2611588

Hace cien años

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