BOLETÍN Nº 183 - 15 de septiembre de 2026

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 345E/2026, de 28 de agosto, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se declara la improcedencia de llevar a cabo el proyecto de modificación presentado, por incumplimiento de la normativa en materia de ordenación zootécnica, según el informe de fecha 13/11/2024 emitido por el Servicio de Ganadería, cuya copia se adjunta en el anejo de la presente resolución; y acordar el archivo de las actuaciones.

Tipo de Expediente

Notificación de modificación de autorización ambiental unificada

Código Expediente

0001-0057-2026-000040

Fecha de inicio

21/4/2026

Unidad Gestora

Servicio de Economía Circular e Innovación

Teléfono

848426254-848427587

Correo-e

autprema@navarra.es

Clasificación

Legislación

Actividad

Ley Foral 17/2020, de 16-12

-

R.D.L. 1/2016, de 16-12

Anejo I / Centro no incluido

Directiva 2010/75/UE, de 24-11

Anejo I / Centro no incluido

Ley 21/2013, de 9-12

Instalación

Cebadero porcino

Titular

Maria Estela Arana Aicua

NIMA

3117808562

Emplazamiento

Polígono 10, parcela 135, paraje La Torre

Coordenadas

UTM-ETRS89, huso 30N, x: 618311,000 e y: 4689849,000

Municipio

Murillo El Cuende

Proyecto

Instalación porcina de cebo (ampliación desde 1.300 hasta 2.498 plazas)

Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental, por encontrarse incluida en el anejo 1, grupo 10.12, de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.

Con fecha 21/04/2026, el titular ha notificado el proyecto de modificación de su instalación para la implantación de instalación porcina de cebo (ampliación desde 1.300 hasta 2.498 plazas), consistente en la construcción de una nave para albergar 1.198 cerdos de engorde y una nueva balsa de purín.

A la vista de la notificación y documentos justificativos presentados en relación con el proyecto de modificación de la instalación industrial, este Servicio considera que constituye una modificación sustancial, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental, aprobado mediante el Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo, dado que implica incremento de más del 25% en la capacidad de producción de la instalación en unidades de producto, un incremento superior al 25% de las cantidades autorizadas en el consumo de agua, materias primas o energía, un incremento superior al 40% en la capacidad total de almacenamiento de productos químicos, sustancias peligrosas relevantes y residuos, expresada en unidades de materias y productos y cualquier ampliación de la instalación o establecimiento que, por sí sola, sea superior a 1.000 m² construidos.

Sin embargo, con fecha 25/06/2026, el Servicio de Ganadería, ha emitido un informe desfavorable sobre el proyecto de modificación de la instalación, cuya copia se adjunta en anejo a la presente resolución, motivado en el incumplimiento de las distancias mínimas exigibles.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Declarar la improcedencia de llevar a cabo el proyecto de modificación presentado, por incumplimiento de la normativa en materia de ordenación zootécnica, según el informe de fecha 13/11/2024 emitido por el Servicio de Ganadería, cuya copia se adjunta en el anejo de la presente resolución; y acordar el archivo de las actuaciones.

Segundo.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Tercero.–Trasladar la presente resolución a Arana Aicua, Maria Estela, a los efectos oportunos.

Pamplona, 28 de agosto de 2026.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Francisco Javier Larrañeta Nido.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - planta baja, Servicio de Economía Circular e Innovación; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/ConsultasAAU.html#/ConsultaAutorizacionesAmbientalesUnificadas.

Código del anuncio: F2611662

Hace cien años

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